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ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 309

Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS

Miércoles 9.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2308/2309 Internos 2308/09/11

cacym@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 7009-D-2006

Sumario: FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS, LEY 25765: MODIFICACION DEL ARTICULO 1 (INCORPORACION DE DELITOS VINCULADOS AL NARCOTRAFICO Y DE HOMICIDIO DOLOSO).

Fecha: 21/11/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 178

Proyecto
Artículo 1. Sustitúyase el artículo 1 de la ley 25.765 por el siguiente:
“Artículo 1: Créase el Fondo Permanente de Recompensas que funcionará en jurisdicción del Ministerio del Interior, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que, sin haber intervenido en la comisión del delito, brinden datos útiles para lograr la libertad de la víctima o la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la ejecución de los delitos de privación ilegal de la libertad calificada (artículo 142 bis del Código Penal), secuestro extorsivo (artículo 170 del Código Penal), sustracción de menores (artículo 146 del Código Penal), violación (artículo 119 y subsiguientes del Código Penal), homicidio (artículo 79 y artículo 80 del Código Penal), delitos tipificados en los artículos 5, 6, 7 de la ley 23.737 y robo a entidades bancarias o en el encubrimiento de éstos (artículo 277 del Código Penal).
El Poder Ejecutivo nacional incluirá anualmente en el Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración nacional, la partida pertinente para el funcionamiento de dicho Fondo.”
Artículo 2. De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por objeto incorporar al Fondo Permanente de Recompensas algunos delitos tipificados en la ley de estupefacientes y los homicidios dolosos.
Tal incorporación encuentra su fundamento en virtud de que las figuras delictivas propuestas son de una gravedad tal que justifican por sí mismas el ofrecimiento de una recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en el delito, brinden datos útiles para lograr la libertad de la víctima o la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la ejecución.
La ley 25.765 fue promulgada el 7 de agosto de 2003 y contemplaba únicamente los delitos de privación ilegal de la libertad calificada, secuestro extorsivo y el respectivo encubrimiento.
Posteriormente, por decreto 225/2005 se incluyen nuevas figuras tipificadas en el Código Penal, a saber, la violación, la sustracción de menores y el robo a entidades bancarias.
En virtud de la trascendencia que importa el esclarecimiento de los delitos relacionados al narcotráfico y los homicidios, es imprescindible la respectiva inclusión en el artículo 1 de la ley 25.765.
Asimismo el Ministerio del Interior es el responsable del Programa para la Administración del Fondo Permanente de Recompensas y de su organización, así como de la administración de los recursos humanos, materiales y financieros que demande la organización y funcionamiento del Programa.
Dado que por los Decretos Nº 1066 y 1067, ambos de fecha 20 de agosto de 2004, se transfirió al Ministerio del Interior, la competencia en materia de Seguridad Interior, por lo cual se respeta en la redacción del articulado propuesto dicha jurisdicción.
Por todo lo expuesto, solicito a los Sres. Diputados me acompañen con su voto favorable en el presente proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CESAR, NORA NOEMI BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Giro a comisiones en Senado
Comisión
JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/06/2007 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
15/08/2007 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
21/08/2007 DICTAMEN Aprobado con modificaciones con disidencias
21/04/2009 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
04/08/2009 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
02/09/2009 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
15/09/2009 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
12/09/2007 25/09/2009
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2810/2007 CON MODIFICACIONES; CON 2 DISIDENCIAS PARCIALES 12/09/2007
Diputados Orden del Dia 2014/2009 LA COMISION ACONSEJA APROBAR LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL H. SENADO 25/09/2009
Senado Orden del Dia 0530/2008 CON MODIFICACIONES 15/08/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO -
Senado CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES MEDIA SANCION
Diputados VUELVE A DIPUTADOS -
Diputados MOCION SOBRE TABLAS (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE ALTERAR EL PLAN DE LABOR (AFIRMATIVA)
Diputados CONSIDERACION Y SANCION (ACEPTACION DE LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL H SENADO) SANCIONADO