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ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 309

Jefe SR. BAREIRO HECTOR LUIS

Miércoles 9.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2308/2309 Internos 2308/09/11

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 2057-D-2014

Sumario: DECLARAR DE INTERES PARLAMENTARIO EL "1 CONGRESO SANTAFESINO DE LAS COOPERATIVAS", A REALIZARSE EL 6 DE JUNIO DE 2014 EN LA CIUDAD DE SANTA FE.

Fecha: 04/04/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21

Proyecto
Declarar de interés parlamentario el 1º Congreso Santafesino de las Cooperativas, a realizarse en la ciudad de Santa Fe, el viernes 6 de junio del 2014.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través de los años, el movimiento asociativo, cooperativo y mutual, ha logrado un significativo desarrollo en toda la extensión geográfica de la Provincia de Santa Fe, siendo parte integrante de su identidad.
Tanto es así, que desde el Preámbulo de la Constitución se afirma que los representantes del pueblo de la Provincia de Santa Fe, se reunieron "en Convención Constituyente con el objeto de organizar los poderes públicos y consolidar las instituciones democráticas y republicanas para asegurar los derechos fundamentales del hombre, (...) fomentar la cooperación y solidaridad sociales;( ... ) impulsar el desarrollo económico bajo el signo de la justicia social";
El artículo 24 de la Constitución de la Provincia dispone que "el Estado promueve y coopera en la formación y sostenimiento de entidades privadas que se propongan objetivos científicos, literarios, artísticos, deportivos, de asistencia, de perfección técnica o de solidaridad de intereses". El artículo 26º también, "reconoce la función social de la cooperación en el campo económico, en sus diferentes modalidades. La ley promueve y favorece el cooperativismo con los medios más idóneos y asegura, con oportuna fiscalización, su carácter y finalidades". Asimismo, en el artículo 28º, "la Provincia promueve la racional explotación de la tierra", para lo cual la Constitución manda a estimular "la industrialización y comercialización de sus productos por organismos cooperativos radicados en las zonas de producción que faciliten su acceso directo a los mercados de consumo, tanto internos como externos, y mediante una adecuada política de promoción, crediticia y tributaria, que aliente la actividad privada realizada con sentido de solidaridad social", y asimismo a promover "la creación de entes cooperativos que, conjuntamente con otros organismos, al realizar el proceso industrial y comercial, defiendan el valor de la producción del agro de la disparidad de los precios agropecuarios y de los no agropecuarios";
En el mismo sentido, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en la Recomendación 193 sobre promoción de las cooperativas, destaca como objetivo principal "el logro del trabajo decente para los trabajadores", así como también, se hace especial referencia a la necesidad de lograr formas más enérgicas de solidaridad humana en el plano nacional e internacional para facilitar una distribución más equitativa de los beneficios del fenómeno de globalización mundial.
En la misma recomendación la OIT invita a los gobiernos a "establecer una política y un marco jurídico favorables a las cooperativas y compatibles con su naturaleza y función e inspirados en los valores y principios cooperativos...".
Por su parte, en la Declaración de los Ministros de Trabajo de los Estados partes del Mercosur en la Conferencia Intergubernamental "Hacia la internalización de la Recomendación 193 OIT Promoción de las Cooperativas", los mismos se comprometen a "respaldar las iniciativas que se produzcan a nivel de la región tendientes a promover encadenamientos productivos entre los sectores cooperativos y con otros actores productivos; patrocinar iniciativas de investigación, innovación y desarrollo de tecnologías socialmente adecuadas dirigidas al Sector Cooperativo; apoyar y fortalecer los programas de trabajo y empleo para grupos vulnerables, especialmente jóvenes, a partir de la formación y capacitación cooperativa, que mejoren las posibilidades de inclusión social y laboral, atendiendo los valores y principios de funcionamiento de las cooperativas".
Asimismo se establece el compromiso de "sugerir el diseño de políticas públicas de supervisión y fiscalización acordes a la naturaleza de las organizaciones cooperativas y que sirvan como herramientas de promoción de un sistema cooperativo genuino y al mismo tiempo evitar la utilización de cooperativas de trabajo como mecanismo de fraude laboral";
Por otra parte, el año 2012 fue declarado Año Internacional de las Cooperativas por la Organización de las Naciones Unidas en su 64º Reunión General del 18 de diciembre de 2009. Así, la Resolución VII alienta "a todos los Estados Miembros ... a aprovechar el Año como una forma de promover las cooperativas, y erigir el reconocimiento de su contribución al desarrollo social y económico", además de reclamarles atención "para una más amplia acción promoviendo el crecimiento de cooperativas como negocio y empresas sociales que pueden contribuir al desarrollo sustentable, erradicación de la pobreza, y subsistencia en varios sectores económicos en áreas urbanas y rurales, y proveer ayuda para creación de cooperativas en áreas emergentes".
El impacto positivo de las acciones encaradas para celebrar el Año Internacional de las Cooperativas, llevó a la Alianza Cooperativa Internacional a aprobar un plan de celebración de una Década Cooperativa (2013/2020), declarada de Interés Provincial por Decreto Nº 1.651/13 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe.
Además, el Poder Ejecutivo Provincial - entre otras acciones - dictó los Decretos 2689/12, por el que crea el Consejo Provincial de Asociativismo y Economía Social; el Decreto 2690/12, por el cual se implementa el Sistema Provincial de Sellos Cooperativos; el Decreto 1650/13, por el cual declara de interés provincial el hermanamiento de Sunchales, Capital Nacional del Cooperativismo por Ley N° 26.037, y Nova Petrópolis, Estado de Río Grande do Sul (Brasil), Capital Nacional del Cooperativismo por Ley Federal N° 12.205; el Decreto 1651/13, por el cual se declara de Interés Provincial la Propuesta y Aspiraciones de la Década Cooperativa, así denominada por la Alianza Cooperativa Internacional (Congreso ACI, Manchester, octubre/2012), como asimismo las actividades que en ese marco se desarrollen en cumplimiento de sus objetivos; el Decreto 1652/13, por el cual se declara de interés provincial la Producción, Transformación y Comercialización de Nueces de Pecán, y actividades de la Cooperativa de Productores de Nueces Pecán del Litoral Limitada; el Decreto 2984/13, por el cual se declara de interés provincial el Proyecto de Agregado de Valor a la Producción de Pequeños Productores Apícolas de las Islas del Paraná de la Provincia de Santa Fe en Apicultura Orgánica, Comercio Justo, Diversificación y Certificación de Productos, implementado por la Cooperativa de Provisión de Servicios para Productores, Comercialización y Consumo "Centro de Comercio Solidario"; todos instrumentos que consagran una política pública de promoción del cooperativismo, tal como lo dispone el plexo constitucional.
En este marco histórico, conceptual, y de acciones concretas de promoción del asociativismo en el mundo y en Santa Fe, es altamente valorable el aporte al desarrollo económico y social que realizan las cooperativas.
Consolidar el desarrollo de las diversas expresiones de la Economía Social, así como propiciar su integración, perfeccionamiento y expansión, contribuye y facilita el desarrollo integral de las Provincias en general, y de la provincia de Santa Fe en particular.
En nuestra realidad, el movimiento asociativo canaliza una significativa masa de recursos humanos y económicos, abarcando un amplio espectro de servicios y desarrollando una actividad impregnada de un gran contenido social, lo que le otorga una gravitante importancia en el conjunto de la Nación.
Dentro de ese marco general, los emprendimientos asociativos se han convertido en promotores de una amplia participación ciudadana en el desarrollo económico y social, siendo también fundamentales en la creación de fuentes de empleo, en la movilización de recursos y en la generación de inversiones.
La generación de fuentes de trabajo bajo las formas de entidades solidarias de cooperación y ayuda mutua constituyen un valioso aporte para la recuperación y afianzamiento de la cultura del trabajo y su dignificación, la responsabilidad común, y la recompensa equitativa y justa para el trabajador.
Por todas estas razones, entre otras, debe ser reconocida la función social del asociativismo en el campo económico-social estableciéndose la necesidad de promoverlo a través de los medios más idóneos, sin perjuicio de asegurar mediante una adecuada fiscalización, su carácter y sus finalidades.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ZABALZA, JUAN CARLOS SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS COOPERATIVOS, MUTUALES Y DE ORG.NO GUBERNAMENTALES (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
06/05/2014 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
09/05/2014
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0042/2014 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 10/2014 09/05/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 04/06/2014 APROBADO