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ASUNTOS MUNICIPALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 153

Secretario Administrativo SR. ORDOÑEZ ALDO

Jefe BALLESTER MIRIAM

Jueves 10.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2129 Internos 2129/28

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1606-D-2007

Sumario: CRIANZA, TENENCIA Y ADIESTRAMIENTO DE PERROS CONSIDERADOS DE RAZAS PELIGROSAS: LISTADO DE RAZAS PELIGROSAS, OBLIGACION DEL USO DE BOZAL Y CORREA, INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO MUNICIPAL.

Fecha: 19/04/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33

Proyecto
Artículo 1º : Crease en el ámbito de la Nación, la regulación de la crianza, tenencia y adiestramiento de perros considerados de razas peligrosas, de animales que por su especial conformación física, de peso, tamaño, complexión, fuerza, mandíbula, pueden ser susceptibles de causar daños a las personas o al entorno, también se incluyen los que por su temperamento agresivo den muestra o indicios de violencia.
Artículo 2º : Las razas calificadas como peligrosas para la sociedad son: Rottweiler, Pit Bull; Doberman; Mastin Napolitano; Burdeos; y el Dogo Argentino; Bull Terrier; American Staffordshire Terrier; Fila Brasileiro; Tosa Inu; Akita Inu.
Artículo 3º : Los canes que realicen paseos en la vía publica, tendrán la obligación de llevar puesto, un bozal y una correa acorde con el peso del animal.
Artículo 4º : Los propietarios de los perros, tendrán que inscribirse en un registro público municipal en sus lugares de residencia y sus dueños recibirán un carnet que los acredita para la tenencia , criaza y desplazamiento por la vía publica .
El otorgamiento de la licencia administrativa será otorgada cumpliendo requisitos como ser mayor de edad, no tener sanciones o condenas anteriores, adquirir un certificado de aptitud psicológica.
Artículo 5º : Los propietarios deberán firmar un contrato de seguros contra daños, que el can pueda ocasionar a terceros de cuantía elevada.
Artículo 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Así como la ley no permite que cualquier ciudadano compre una arma de fuego, tampoco se debería aceptar la tenencia irresponsable de perros potencialmente peligrosos, tal como sucede en otros países como en Europa y en algunos estados norteamericanos.
Es así como a diario vemos en los medios de comunicación de ataques de perros peligrosos causando la muerte a niños y ancianos por la agresión o ferocidad de perros peligrosos y en ocasiones desfiguraciones por las huellas de los ataques de este tipo de perros.
El fenómeno de los perros peligrosos no es exclusivo de países como el nuestro, pero en Chile o en Estados Unidos, donde solo en 1996, 25 personas murieron por ataques de este tipo y algunas naciones de Europa disponen de legislación adecuada para resguardar a los ciudadanos de estos ataques. En España por ejemplo un decreto obliga a todos los municipios a identificar las razas de perros consideradas peligrosas y para adquirirlos se necesita una licencia que debe ser renovada cada cinco años. Además se exige mayoría de edad, no tener antecedentes penales por delitos graves y tener facultades físicas y síquicas apropiadas para su manejo y custodia.
Así mismo, hace algunas semanas un jurado de San Francisco, Estados Unidos, declaró culpable de asesinato a la propietaria de un perro que mato a una mujer, por estima que la dueña del can no sabia que el perro era un asesino potencial.
Pero no solo se requieren de cambios legales. El otro gran problema lo constituyen en alto porcentaje de casos de los propios dueños, muchos de los cuales llevan animales peligrosos a sus hogares, o lo entrenan de manera de estimular su agresividad. El uso de perros para fines de seguridad es legítimo. Pero así como el interesado en adquirir un arma de fuego debe rendir determinados exámenes, quien quiera proteger su hogar con uno de estos perros, que para estos efectos también representan un arma, debe demostrar aptitud sicológica y física.
Por que aun si el animal ha sido entrenado, tampoco puede empleárselo para cualquier fin o ubicarlo en lugares donde podría representar un riego. Sin embargo muchos amos no lo saben ni se preocupan tampoco de averiguar que clase de perros pueden o no llevar a su casa. En un alto porcentaje de casos, los accidentes ocurren precisamente en el interior de sus hogares, con perros supuestamente entrenados. Y en un 80% de los ataques a nivel mundial, las victimas son niños.
Una legislación moderna es indispensable para proteger a la ciudadanía no tanto de los animales como de la irresponsabilidad de muchos dueños. Entre otras cosas debe haber registros públicos de propietarios de estos perros, seguros por los daños que estos puedan ocasionar a terceros y normas que obliguen a pasearlos amarrados y con bozal. Ante todo, el gran desafió es promover en la ciudadanía una tenencia responsable sobre aquellas razas que, sin un adiestramiento adecuado, efectivamente representan una amenaza.
Por lo expuesto señor Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
URTUBEY, JUAN MANUEL SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
ASUNTOS MUNICIPALES
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE ADHESION DEL DIPUTADO VANOSSI (A SUS ANTECEDENTES)