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ASUNTOS MUNICIPALES

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 153

Secretario Administrativo SR. ORDOÑEZ ALDO

Jefe BALLESTER MIRIAM

Jueves 10.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2129 Internos 2129/28

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 5225-D-2009

Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LAS PRACTICAS VIOLENTAS, ILEGALES Y PARAESTATALES DE LAS ACTIVIDADES QUE REALIZA LA "UNIDAD DE CONTROL DE ESPACIO PUBLICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES", DEPENDIENTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.

Fecha: 26/10/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145

Proyecto
Su más enérgico rechazo a las prácticas violentas, ilegales y paraestatales con que realiza sus actividades la Unidad de Control de Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires perteneciente al gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, considerando que dicha Unidad, en función de la gravedad de la situación, debe disolverse.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Unidad de Control de Espacio Público de la Ciudad de Buenos Aires (UCEP), como se conocieran en medios de comunicación (1) y redes de información virtual, se caracteriza por ejercer prácticas violentas en las tareas que realiza desde su creación. La gravedad de los hechos, las denuncias perpetradas y su persistencia y continuidad hasta el día de la fecha han derivado en la elaboración de un informe general por parte del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Defensoría General de la Ciudad en el cual exigen la disolución de tal unidad como así también se realicen investigaciones de los hechos para aplicar las sanciones administrativas y penales que correspondan a los integrantes de la UCEP quienes "llevaron adelante acciones abusivas como de los responsables de la unidad"*.
En dicho informe se documentan las irregularidades e ilegalidades del accionar de la UCEP que producen "graves violaciones a derechos fundamentales de personas que habitan en la Ciudad de Buenos Aires", en particular, personas en situación de calle a quienes se amedrenta, golpea, insulta y expulsa con amenazas quitándoles las pertenencias.
El Decreto 1232/08 (B.O. 29/10/08) crea la UCEP como unidad fuera de nivel dentro de la órbita del Ministerio de Ambiente y Espacio Público del GCABA. En su origen, esta unidad dependía directamente de la Subsecretaría de Espacio Público y en marzo de 2009 pasa a depender de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público. (Decreto 145/09)
Entre los objetivos que tiene esta Unidad, que figuran en el decreto 1232/08 se encuentran los de:
"- Mantener el espacio público libre de usurpadores por vía de la persuasión y la difusión de la normativa vigente y las sanciones correspondientes.
- Intervenir en tareas operativas destinadas a la preservación de la vía y el espacio público, remoción de obstáculos en aceras, calzadas y espacios verdes.
- Colaborar operativamente con el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en desalojos del Espacio Público.
- Colaborar en todos aquellos operativos o acciones que lleven adelante otras dependencias del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que así lo requieran, en caso de que el Ministro de Ambiente y Espacio Público lo autorice.
- Colaborar operativamente en mantener el orden en el espacio público.
- Colaborar operativamente en el decomiso y secuestro de mercadería de vendedores ilegales en el espacio público".
Estas funciones habilitan a la UCEP a intervenir contra sujetos ("vendedores" y "usurpadores") que aún no "han sido encontradas responsables de una contravención o delito por un órgano judicial", contradiciendo al sistema acusatorio determinado por la Constitución Nacional, de la Ciudad y los instrumentos internacionales de derechos humanos.
El pretendido encuadre legal de esta Unidad, sus funciones, funcionarios y fondos que percibe, no alcanzan para sopesar el hecho comprobado por estas Entidades de que "el Gobierno de la Ciudad se vale clandestinamente de ella para amedrentar, amenazar y golpear a personas en especial condición de vulnerabilidad, como son quienes se encuentran en situación de calle, de modo tal de que abandonen los lugares donde pernoctan".
Las entidades que elaboraron el informe, detallan que de acuerdo a las denuncias registradas en la Defensoría del Pueblo de la Ciudad (catorce en total), las características de los procedimientos llevados a cabo por la Unidad de Control del Espacio Público tienen en común la franja horaria de actuación (por la noche, en la madrugada), los vehículos que utiliza el personal (sin inscripciones identificatorias de la UCEP acompañados de camiones recolectores de basura), el modo en que se presenta ante las personas en situación de calle (sin identificarse), etc.
Obligando a las personas a abandonar los lugares donde pernoctan a la vez que les destruyen sus pertenencias (elementos de trabajo, personales y hasta documentación), la UCEP actúa sin existencia alguna de orden judicial o administrativa que justifique esas medidas a la vez que no deja constancia de las actuaciones ni las razones de las intervenciones que realiza.
Estas actuaciones enfatizan y agravan la situación de vulnerabilidad a la que ya están sometidas las personas en situación de calle, que en muchos casos son familias enteras, afectando su dignidad como personas y poniendo en riesgo su subsistencia. A su vez, existen rasgos discriminatorios y violatorios de derechos humanos con que la UCEP adquiere la información para su accionar (recabada por el Programa Buenos Aires Presente (BAP)), dando cuenta de una tendencia institucional que no emplea dicha información para asistir y contener a esta población vulnerable, sino para orientar las acciones de un grupo de patoteros.
Todo esto, sumado a lo que explaya el documento presentado por el CELS y las Defensorías, dan cuenta de la ilegitimidad de la actuación de la UCEP, en tanto sobrepasa lo que por decreto tiene facultado, aún considerando la vaguedad e imprecisión de los términos que emplea tal decreto. La UCEP excede "los supuestos en que la norma habilita su intervención", puesto que, por ejemplo, jamás puede ser justificado o encuadrado dentro de los "mecanismos de persuasión" el hecho de emplear la violencia física contra personas que no violan derechos de terceros ni generan perjuicio o peligro alguno.
Las acciones de la UCEP no pueden justificarse de ninguna manera, resultando constitucionalmente inaceptable la asignación de ciertas tareas como lo es la misión de mantener "el espacio público libre de usurpadores". Violando la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos, la UCEP viola incluso la norma que la crea; en este sentido, el informe citado enuncia que "en rigor de verdad cualquier interpretación del texto del decreto que crea la UCEP de la que se concluya que esta Unidad pueda ejercer violencia sobre las personas que se encuentran en situación de calle o destruir sus objetos personales de trabajo y/o abrigo, debe ser descartada por inconstitucional y contraria a principios fundamentales de derechos humanos y del Estado de derecho".
Las características que revisten el accionar de esta Unidad hacen que éste se encuadre dentro de lo prohibido puesto que se halla totalmente por fuera de todo marco legal, incluso su propia norma de creación. Coincidimos con las conclusiones finales a las que llega el documento mencionado en tanto entiende que la UCEP "actúa como una fuerza para-policial para amedrentar, estigmatizar, reprimir y echar de la Ciudad a las personas que se encuentran en las peores condiciones de vulnerabilidad social. El uso que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hace de la UCEP resulta violatoria de principios constitucionales básicos estructurales del Estado de derecho y afecta derechos humanos fundamentales de las personas vulnerables", debiendo el Gobierno reemplazar esta actuación por "políticas y programas públicos que atiendan las causas de la crisis así como sus consecuencias".
Finalmente hacemos propia la conclusión final del CELS y las Defensorías cuando afirman que ante lo descripto, resulta imprescindible exigir "que el Gobierno de la Ciudad (Autónoma Buenos Aires) disuelva esta unidad e investigue y sancione a los responsables de las vulneraciones de los derechos humanos perpetradas contra las personas en situación de calle". (2)
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares acompañen este Proyecto de Declaración que pretende reivindicar los derechos humanos y garantías constitucionales por sobre la actuación arbitraria, ilegal, violenta y paraestatal que tiene una Unidad administrativa como lo es la UCEP, para que no existan en nuestro país antecedentes tan graves como éste y que remiten a épocas nefastas de nuestra historia nacional.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BELOUS, NELIDA TIERRA DEL FUEGO PROYECTO PROGRESISTA
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI)
GORBACZ, LEONARDO ARIEL TIERRA DEL FUEGO PROYECTO PROGRESISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS MUNICIPALES (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 128 (2010), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996