AGRICULTURA Y GANADERIA
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3896-D-2015
Sumario: FONDO NACIONAL DEL TE - FONATE - PARA LAS PROVINCIAS DE MISIONES Y CORRIENTES. CREACION.
Fecha: 15/07/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 87
	                                         FONDO 
NACIONAL  DEL TÉ (FONATÉ)
	        
	        
	        Artículo 1°: Créase el Fondo 
Nacional del Té -FoNaTé-  para las Provincias de Misiones y Corrientes.-
	        
	        
	        Artículo 2 El FoNaTé creado 
tendrá como destino:
	        
	        
	        Mejorar la competitividad de los 
pequeños productores tealeros y fortalecer su sistema productivo asignándole 
a estos prioridad.
	        
	        
	        Desarrollar programas 
específicos para el sector.  
El soporte del sector productivo, en situaciones de emergencias climáticas o 
fitosanitarias, debidamente declaradas por la autoridad de aplicación y la 
creación de capacidades en los productores para dar respuesta ante este tipo de 
contingencias. 
La realización de inversiones en las producciones de Té existentes con el 
objetivo de incrementar su rendimiento productivo, realizar la transferencia de 
tecnología necesaria para introducir cambios genéticos y varietales, aumentar 
la calidad intrínseca y las condiciones fitosanitarias de la producción, 
modernizar el parque de maquinarias.
	        
	        
	        Artículo 3: El Fondo 
Nacional del Té se integrará con el  50 % de lo recaudado en concepto de 
aranceles a la exportación  de todos los productos hechos con Té.-  
	        
	        
	        Artículo 4: : La distribución 
de lo recaudado a través del FoNaTé se llevara a cabo según la siguiente 
polinómica:
	        
	        
	        0.6 productores
	        
	        
	        0.3 según superficie 
productiva
	        
	        
	        0.1 según volumen de 
producción 
	        
	        
	        Artículo 5: El total de fondos 
recaudados de acuerdo a lo establecido en el artículo precedente, será remitido 
bimestralmente a una cuenta bancaria especial, abierta al efecto a nombre del 
Ministerio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de la Nación -Fondo 
Nacional del Té- en el Banco de la Nación Argentina. 
	        
	        
	        Artículo 6: La autoridad de 
aplicación será el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos de 
la Nación. Para cumplir con los objetivos de la presente Ley, los productores 
que accederán a los beneficios deberán estar debidamente registrado en listas 
confeccionados por los Ministerios de las provincias beneficiarias. A los fines 
de la utilización del Fondo pudiéndose 
	        
	        
	        remitir las partidas que se 
correspondan en función de los proyectos aprobados, cuyos destinos se 
encuentren previstos en el artículo 2º de esta Ley. 
	        
	        
	        Artículo 7 : La autoridad de 
aplicación se encargará de evaluar el cumplimiento de los objetivos fijados, 
según tiempo y forma, en cada proyecto que hubiese sido seleccionado para su 
financiamiento.
	        
	        
	        Artículo 8 : Los fondos que 
se giren a cada entidad, deberán depositarse en una cuenta bancaria única y 
específica abierta a tales efectos en el Banco de la Nación Argentina.
	        
	        
	        Artículo 9: Comuníquese al 
Poder Ejecutivo.-
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El presente proyecto tiene como 
motivación principal la regulación en materia de exportación abogando en la 
protección de los intereses de los eslabones más débiles de la cadena 
productiva del té, buscando impulsar la economía regional y de este modo 
seguir generando fuentes de empleo. 
	        
	        
	        Argentina ocupa el primer 
puesto en América Latina y el séptimo en la exportación mundial de té; 
producto que se cultiva en más de cincuenta países del mundo. Así nuestro 
país ocupa el dos por ciento de la producción mundial.
	        
	        
	        Por lo expuesto este sector de la 
economía regional representa un gran caudal de ingreso de divisas e ingreso 
fiscales a través de la exportación a los recursos fiscales de la Nación.
	        
	        
	        El total de la producción tealera 
de nuestro país se concentra en la provincia de Misiones y el norte de la 
provincia de Corrientes. Contando con 37.945,6 
	        
	        
	        hectáreas de producción en 
Misiones y 1.772,80 hectáreas de producción en Corrientes.  
	        
	        
	        Según registros oficiales desde el 
año 2003 al años 2014 la variación anual que tuvo el precio promedio de 
exportación de té en Argentina descendió un 2,2 %, bajando de U$D 1.500,1 a 
U$D 1.466,4 por tonelada, en cambio el descenso que tuvo el precio del brote 
de té pagado al productor por tonelada fue claramente más drástico, pasando 
así de U$D 111,68 en el año 2013 a U$D 101,19 en 2014, lo que representa 
una baja del 9,3 % y según datos registrados a Enero de 2015 el precio actual 
ronda los U$D 94,12 por tonelada,  significando el 6,9 % menos que el año 
anterior, representando casi un 16 % en el descenso del precio desde el año  
2013 a lo que va del año 2015.
	        
	        
	        Teniendo en cuenta que al 
productor se le paga por cada kilogramo de brote de té U$D 0,094, teniendo 
en cuenta que para producir un kilogramo de té para la exportación es 
necesario 5 kilogramos de brote de té, lo que equivale a U$D 0,47 centavos de 
dólar.
	        
	        
	        Un pequeño productor tealero es 
aquel que no supera las 25 hectáreas de chacra y hasta 10 hectáreas de cultivo 
de té, con una producción de hasta 100 mil kilogramos de brotes de té anula. 
Lo que representa U$D 9.400 dólares 
	        
	        
	        anuales lo que representa U$D 
783 dólares al mes sin incluir los gastos ocasionados por la producción. 
	        
	        
	        Es importante aclarar que en la 
producción de té se encuentran claramente divididos dos sectores, el del 
productor primario que es atomizado y el sector industrial concentrado en 
cinco grandes exportadores, que concentran en ellos el 60% de las 
exportaciones. 
	        
	        
	        La creación del FONAté tiene 
como objeto fortalecer al sector primario que está representado por los 
pequeños productores que día a día labran la tierra y contribuyen a seguir 
haciendo crecer este sector de la economía regional tan representativo para 
nuestro país.
	        
	        
	        Esta iniciativa se desprende del 
espíritu de construcción colectiva que ha identificado a nuestro país en estos 
últimos años con el compromiso que ha mostrado el Estado con los sectores 
más vulnerados a través de la innumerable aplicación de políticas sociales; 
buscando acortar brechas de desigualdades, teniendo como horizonte la 
justicia social.
	        
	        
	        Con la convicción de que los  
antiguos intereses de beneficiar solamente a los sectores que más tienen 
configura una etapa superada para los argentinos, pido a mis pares que 
acompañen con su voto para seguir construyendo una Nación más justa.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| REDCZUK, OSCAR FELIPE | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| PASTORI, LUIS MARIO | MISIONES | UCR | 
| RUBIN, CARLOS GUSTAVO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| RISKO, SILVIA LUCRECIA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| LEVERBERG, STELLA MARIS | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| TOMASSI, NESTOR NICOLAS | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| GUCCIONE, JOSE DANIEL | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| ZIEGLER, ALEX ROBERTO | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| PERIE, JULIA ARGENTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| PERRONI, ANA MARIA | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
| FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) | 
| ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 
