COMERCIO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1935-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, LICENCIADO AMADO BOUDOU, Y AL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR, LICENCIADO MARIO GUILLERMO MORENO, ANTE LA COMISION DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES, SOBRE INTIMIDACIONES DENUNCIADAS POR DIVERSAS CONSULTORAS DE INFORMACION DE ESTADISTICA ECONOMICA.
Fecha: 19/04/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 32
Citar en los términos del artículo 71
de la Constitución Nacional y el artículo 204 del Reglamento de la Cámara de
Diputados de la Nación al Sr. Ministro de Economía y Finanzas Públicas, el
Lic. Amado Boudou y al Secretario de Comercio Interior, el Lic. Mario Guillermo
Moreno a concurrir a la Comisión de Asuntos Constitucionales, a fin de brindar
explicaciones vinculadas con las intimidaciones denunciadas por diversas
consultoras que ofrecen información estadística económica.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Es de público conocimiento que la
Dirección de Lealtad Comercial bajo la conducción de Adalberto Gabriel
Rotella, envió el 1ero de Febrero del año en curso una carta en la cual se
intimaba a varias consultoras privadas a responder dentro del plazo de 48
horas un cuestionario de 19 preguntas relacionadas con el modo de
elaboración del índice de precios por ellas realizado.
Dicha dirección depende
directamente de la Secretaría de Comercio Interior encabezada por el
cuestionado Guillermo Moreno, quien en reiteradas ocasiones realizó
manifestaciones y expresiones prepotentes e intimidatorias hacia sectores
observados con recelo desde el Gobierno Nacional.
La actual credibilidad otorgada a los
índices de precios realizados por consultoras privadas cobra preponderancia a
partir de la infame intervención realizada al Instituto Nacional de Estadísticas y
Censos (INDEC) en el transcurso del año 2007. La misma provocó que una
institución de reconocido prestigio a nivel internacional fuera desarticulado y
deslegitimado generando un gran descreimiento por parte de la sociedad y
serias denuncias por irregularidades por parte de los mismos trabajadores,
algunos de los cuales fueron injustamente relevados de sus puestos, aún con
años de trayectoria en los mismos.
Las intimidaciones denunciadas por
las consultoras ameritan, desde nuestro carácter de representantes del pueblo
de la nación, desarrollar todas las acciones necesarias con el fin de evitar, por
parte de autoridades nacionales, acciones que impliquen censuras a las
libertades individuales y colectivas.
A nuestro entender, resulta casi
innecesario traer a la luz los derechos que nos asisten como ciudadanos, a
desempeñar libremente la profesión que cada uno elige. Nadie podría negar
que cada persona está en su derecho de desempeñar libremente la actividad
profesional que haya elegido y que el resto de la ciudadanía reclame la
información que estime más apropiada.
Sin embargo actos como los
descriptos hacen entrever que todavía existen en nuestra sociedad rasgos de
autoritarismo y de omnipotencia que implican censura y acallamiento de las
voces que difieren del discurso oficial. La censura no sólo implica un daño
directo a la libertad que tanto costó a esta República conseguir, sino que
también trae aparejado un temor ciudadano que conllevará inevitablemente a
futuras autocensuras.
Resulta imprescindible citar a los
responsables políticos directos de tal controvertida decisión. Tanto el artículo
71 de la Constitución Nacional, como el artículo 204 del Reglamento de la
Cámara de Diputados, nos otorgan la potestad de citar a los ministros del
Poder Ejecutivo y los respectivos Secretarios a los efectos de proporcionar las
explicaciones pertinentes.
Por los motivos expuestos es que
solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR | ENTRE RIOS | UCR |
JURI, MARIANA | MENDOZA | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
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