COMERCIO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2685-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SECRETARIO DE COMERCIO, GUILLERMO MORENO, A LA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, ANA MARIA EDWIN Y AL DIRECTOR DEL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR EN EL SENO DE LAS COMISIONES DE COMERCIO, DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y PRESUPUESTO Y HACIENDA SOBRE LAS METODOLOGIAS UTILIZADAS PARA EL INDICE DE PRECIOS AL CONSUMIDOR.
Fecha: 29/05/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57
Convocar al Señor Secretario de
Comercio Interior Guillermo Moreno, a la Directora del Instituto Nacional de
Estadística y Censos, Ana María Edwin y al Director del Índice de Precios al
Consumidor, para que concurran al plenario de las Comisiones de Comercio,
Defensa del Consumidor y Presupuesto y Hacienda, a fin de dar explicaciones
sobre el funcionamiento de dicho Instituto, en particular sobre los siguientes
puntos:
1- Metodologías vigentes para el
cálculo de los indicadores y las modificaciones introducidas respecto de las
anteriores metodologías.
2- Metodología utilizada para el
relevamiento de datos y las modificaciones introducidas respecto de las anteriores
metodologías.
3- Listado de productos que
utilizan para elaborar el Índice de Precios al Consumidor. Variedades consideradas
con relación a cada producto y sus respectivas ponderaciones.
4- Cómo se valoran en el Índice
de Precios al Consumidor (IPC) los acuerdos de precios firmados por el gobierno.
En caso de tomarse los precios de los acuerdos para la elaboración de dicho índice,
informe sobre el grado de cumplimiento de los mismos, detallando el nivel de
accesibilidad de dichos productos por parte de los consumidores.
5- Medidas Judiciales que
involucran al INDEC, detallando el contenido de los expedientes, juzgados en que
se encuentran radicados, autos y el estado de las causas.
6- Si se han recibido
observaciones o recomendaciones de organismos internacionales vinculadas con la
metodología utilizada.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto fue presentado
el año pasado y fue clasificado con el número de expediente 5246-D-08, pero al no
haber sido tratado en el año parlamentario caducó. Si bien la situación vinculada
con el índice de precios al consumidor no es la misma en virtud de la caída del
consumo, se siguen verificando incongruencias con las cifras informadas y los
aumentos que se experimentan al consumir, por eso resulta necesario renovar la
citación de los funcionarios mencionados en el proyecto de Resolución.
El Instituto Nacional de Estadísticas y
Censos (INDEC) es el organismo público de carácter técnico que unifica la
orientación y ejerce la dirección superior de todas las actividades estadísticas
oficiales que se realizan en el territorio de la República Argentina. Tuvo su origen
en el año 1968 a partir de la sanción de la ley 17.622. Después de un largo
recorrido por diversas dependencias del Poder Ejecutivo, se encuentra actualmente
como parte de la estructura del Ministerio de Economía de la Nación. La ley le
confiere responsabilidad directa en el diseño metodológico, organización y
dirección de los operativos nacionales de relevamiento a través de censos y
encuestas, la elaboración de indicadores básicos de orden social y económico y la
producción de otras estadísticas básicas.
Las estadísticas oficiales son un
elemento esencial en el sistema de información y proporcionan al Gobierno y a
toda la sociedad datos sobre la situación económica, demográfica y social. La
Comisión de Estadística de las Naciones Unidas, adoptó ciertos principios de
estadísticas oficiales en el entendimiento que la información estadística oficial es
una base indispensable para el desarrollo de país y para el conocimiento y el
mutuo comercio entre los Estados y los pueblos del mundo. Quiero señalar
especialmente el principio número 7, por vincularse con el objetivo del presente
proyecto, el cual menciona que "Se han de dar a conocer al público las leyes,
reglamentos y medidas que rigen la operación de los sistemas
estadísticos".
El INDEC es el responsable de
elaborar, entre otros indicadores, el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el cual
se utiliza para conocer la variación de precios entre dos períodos y mide la
evolución de precios de un conjunto de bienes y servicios representativos de los
gastos de consumo de los hogares de una región. Dicho índice sirve como
referencia para el dictado de un sin número de medidas, tanto en la faz pública
como en la privada y para calcular otros indicadores que publica el INDEC.
El IPC se utiliza habitualmente para
construir el Indicador de inflación (sólo es un indicador de la inflación, ya que en
su cálculo no se incluye la variación de otros precios de la economía, como los
precios de exportación, consumos de las empresas, etc.). También, como indicador
para la actualización de deudas o montos judiciales. Es una herramienta para
discusión salarial, un buen elemento para calcular la necesidad de ajuste de
salarios es la variación de precios de la canasta de consumo de los trabajadores.
Asimismo, las mediciones sobre pobreza e indigencia se toman a partir de
comparar los ingresos de las familias con una canasta básica de alimentos. Esa
canasta, varía en consonancia con la variación del IPC. Por lo tanto, una variación
de los ingresos de las familias superior a la variación del IPC hace que haya menos
pobres, y menos indigentes, y una variación inferior produce el efecto inverso.
En el último año, y coincidentemente
con la intervención sufrida por dicho organismo por parte de la Secretaría de
Comercio, se viene cuestionando el resultado obtenido de este indicador, ya que el
mismo no refleja, ni siquiera aproximadamente, el aumento de precios que las
personas sufren y verifican en su cotidianeidad.
La falta de credibilidad parece ser
resultado de distintas medidas adoptadas que se vinculan con la remoción del
personal de carrera, la falta de publicación de los listados de productos para la
elaboración del indicador, la sospechas sobre la violación del secreto estadístico y
la utilización como precio de referencia de aquéllos que se encuentran en los
acuerdos de precios y no los precios que los consumidores encuentran en las
góndolas de los supermercados.
Todos los meses, los
argentinos se ven desorientados al informarse sobre los índices que publica el
INDEC. Al no poder contar con índices veraces se presentan situaciones en las
cuales las partes de los contratos acuerdan ajustes por inflación más elevados que
los estadísticos y muchas veces los plazos de los contratos son más cortos que los
que se habituaba contando con índices confiables para la ciudadanía. Resulta
ilustrativa la nota publicada en el diario Clarín, el 12 de Septiembre de 2008,
titulada "Para el INDEC, creció el poder de compra y no hay indigentes", en
la cual se señala que un día después de haber publicado datos sobre la inflación
que fueron cuestionados, el INDEC dio a conocer otras estadísticas que siguen
alimentando la polémica: " ...Se habría dado una fuerte mejora en el poder
adquisitivo de los sueldos, que derivaría en una caída muy pronunciada
de la pobreza y la indigencia en los últimos doce meses. Así, los salarios
habrían sacado una enorme ventaja con relación al valor de la canasta
básica alimentaria porque en doce meses los alimentos que la integran
habrían caído 0,7 %. En tanto, la canasta básica total subió 2,1 en un
año, según el INDEC".
La percepción de los argentinos es
contraria a los índices que reciben todos los meses, que muchas veces indican que
el poder de compra de los salarios crece en una proporción inusitada respecto de
los precios que según el INDEC crecen moderadamente en comparación. Ello
provoca alteraciones en las relaciones comerciales, contractuales en general, en la
administración domestica de los ingresos familiares y corroe la credibilidad en la
información de las fuentes oficiales.
Ante la solicitud del señor Fiscal de
Investigaciones Administrativas, el 12 de Septiembre de 2008, el Defensor del
Pueblo de la Nación dictó la Resolución 91/08, en la que recomienda al señor
Ministro de Economía y Producción que proceda a la reorganización y
normalización del INDEC, de manera que restablezca los fines para los que ha sido
creado; garantice la credibilidad de las estadísticas públicas, asegurando que los
datos sean relevados conforme a una metodología adecuada y fielmente reflejados
en las estadísticas, evite la intromisión en las funciones del Instituto de organismos
ajenos al mismo, como es el caso de la Secretaría de Comercio Interior,
restableciendo la autoridad de la Secretaría de Política Económica.
Asimismo, la sala V de la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó al
Ministerio de Economía que informe, los cambios introducidos en el cálculo del
índice de precios al consumidor del área Metropolitana que elabora el INDEC.
Dicha medida es en virtud de una acción de amparo presentada en agosto del año
pasado por la Asociación de Derechos Civiles por falta de acceso a la información
pública contra el INDEC. La Medida para mejor proveer, ordena al Ministerio de
Economía que informe sobre: a) Todas y cada una de las modificaciones
introducidas al método de cálculo de precios al consumidor " Metodología 13",
publicado por el Ministerio de Economía, Secretaría de política económica, Instituto
Nacional de Estadística y Censo, en particular las vinculadas con los capítulos,
divisiones, grupos, subgrupos y productos y sus respectivas ponderaciones
contenidas en el Anexo I de la mencionada metodología Nº 13, asimismo deberá
consignar las variedades consideradas con relación a cada producto y sus
respectivas ponderaciones.
Todas estas medidas, sumadas al
desconocimiento de la población en general sobre los "cambios" que se realizaron
tanto en la metodología de cálculo del índice, como en las formas de recolección
de datos por parte del organismo, hace necesario que quien reviste la figura de
jefe político del organismo, su Directora y la Directora del índice de Precio al
Consumidor, concurran al plenario de las comisiones con competencia en la
materia, para explicar los cambios y respondan las preguntas que los Señores
Diputados quieran formular.
En vista a la relevancia que reviste el
indicador mencionado, a la necesidad de volver a dotar de credibilidad al
organismo responsable de su cálculo y difusión, y la gran sensibilidad que
despierta hoy la sospecha de manipulación del indicador en gran parte de la
sociedad, es que solicito a mis pares su voto favorable a la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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IBARRA, VILMA LIDIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMERCIO (Primera Competencia) |