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COMERCIO

Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3005-D-2010

Sumario: OBLIGACION DE PRESENTAR DNI PARA LA ADQUISICION DE TELEFONO CELULAR Y CHIP UNICO POR CELULAR.

Fecha: 06/05/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 49

Proyecto
REQUISITO DE PRESENTAR DNI PARA ADQUISICION DE TELEFONO CELULAR Y CHIP UNICO POR CELULAR.
Artículo 1.- El presente proyecto de ley tendrá vigencia en el ámbito de la República Argentina.
Artículo 2.- Será requisito ineludible para la adquisición de equipos celulares el Documento Nacional de Identidad.
Artículo 3.- Las empresas de telefonía celular en el país están obligadas a otorgar chip único por equipo vendido.
Artículo 4.- La autoridad de aplicación será la Secretaria de Comunicaciones.
Artículo 5.- de forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene 2 fines determinados para controlar la existencia de telefonos celulares `mellizos` lo que no permite su control.
Por una parte la presentación como requisito ineludible del DNI para la adquisición de equipos, y, por otra parte la entrega de chip único por equipo lo que no permite tener celulares mellizos.
El primer servicio de telefonía celular en Argentina fue prestado por la compañía Movicom Argentina a partir de 1989 en el Área Metropolitana de Buenos Aires.
Esta compañía prestó el servicio monopólicamente hasta 1993 cuando ingresó al mercado en la misma zona la empresa Miniphone, que era propiedad en un 50% de las dos operadoras de telefonía fija nacionales de la Argentina (Telecom Argentina y Telefónica de Argentina). Esta segunda licencia de telefonía celular para la zona de Buenos Aires había sido otorgada conjuntamente con la concesión de telefonía fija en 1990 pero no podía comenzar a operar hasta 1993 para permitir que Movicom (ganadora de la licitación de la primera licencia) se consolidara.
En el interior del país el proceso fue posterior pero similar. En 1994 la empresa CTI Móvil comenzó a operar la primera licencia para el resto del país. CTI Móvil también operó monopólicamente en esta zona hasta 1996 por las mismas razones que Movicom lo había hecho en Buenos Aires.
A partir de ese año (1996) Telefónica de Argentina y Telecom Argentina comenzaron a operar la segunda licencia de telefonía celular para el interior, pero en este caso lo hicieron independientemente (no formaron una empresa como Miniphone). Telefónica lo hizo en el sur del país a través de Unifón y Telecom Argentina en el norte del país a través de Personal.
En 1998 comenzó a operar Nextel, única empresa que utiliza el sistema de red mejorada digital integrada (iDEN).
A partir de 1999 las otras cinco compañías pudieron legalmente operar en todo el país, lo que llevó a la desaparición de Miniphone, que fue absorbida en partes iguales por sus dos propietarios (Unifón y Personal). Desde entonces el servicio de telefonía fue prestado en régimen de competencia por las cuatro empresas restantes en todo el país.
En 2003 la compañía América Móvil adquirió CTI Móvil pero siguió operando el servicio con la marca CTI.
En 2005 Telefónica Móviles (que operaba bajo el nombre comercial de Unifón) compró el 100% del paquete accionario de Movicom Argentina y comenzó a operar bajo el nombre comercial de Movistar para consolidar la marca en América Latina y España.
En marzo de 2008 América Móvil decidió modificar el nombre comercial bajo el cual operaba (CTI), reemplazándolo por Claro, para unificarlo con la marca que ya utilizaba en otros países de América Latina.
Actualmente, las 4 compañías operan con red propia. Claro, Movistar y Personal utilizan la tecnología GSM.
El Sistema Global para las Comunicaciones Móviles (GSM, proviene de "Groupe Special Mobile") es un sistema estándar, completamente definido, para la comunicación mediante teléfonos móviles que incorporan tecnología digital. Por ser digital cualquier cliente de GSM puede conectarse a través de su teléfono con su computador y puede hacer, enviar y recibir mensajes por e-mail, faxes, navegar por Internet, acceso seguro a la red informática de una compañía (LAN/Intranet), así como utilizar otras funciones digitales de transmisión de datos, incluyendo el Servicio de Mensajes Cortos (SMS) o mensajes de texto.GSM se considera, por su velocidad de transmisión y otras características, un estándar de segunda generación (2G). Su extensión a 3G se denomina UMTS y difiere en su mayor velocidad de transmisión, el uso de una arquitectura de red ligeramente distinta y sobre todo en el empleo de diferentes protocolos de radio (W-CDMA).
Por todos los argumentos expuestos ut supra, y por la importancia del objeto a legislar, es que solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
COMERCIO
SEGURIDAD INTERIOR