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COMERCIO

Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3577-D-2015

Sumario: REINTEGRO DEL 10 Y DEL 12 POR CIENTO A LAS EXPORTACIONES DE PERAS Y MANZANAS ENVASADAS.

Fecha: 24/06/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 76

Proyecto
Artículo 1°. Fijase en DOCE POR CIENTO los reintegros a las exportaciones de los productos comprendidos en la posición arancelaria 0808.10.00 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) cuando sean en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kilogramos;
Artículo 2°. Fijase en DIEZ POR CIENTO los reintegros a las exportaciones de los productos comprendidos en la posición arancelaria 0808.10.00 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) cuando sean en envases inmediatos de contenido neto superior a 2,5 kilogramos e inferior o igual a 20 kilogramos;
Artículo 3°. Fijase en DIEZ POR CIENTO los reintegros a las exportaciones de los productos comprendidos en la posición arancelaria 0808.20.10 de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) cuando sean en envases inmediatos de contenido neto superior a 2,5 kilogramos e inferior o igual a 20 kilogramos;
Artículo 4º. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La situación que atraviesa el sector frutícola de las peras y las manzanas es terminal.
Los problemas que deben enfrentar los productores son diversos: a la falta de competitividad por el retraso en el tipo de cambio, se le suma un alza de costos (básicamente por tener mano de obra intensiva, pues prácticamente el 70% del costo de producción está compuesto por el valor de la mano de obra).
Nuestros competidores están exportando las cajas a mejor precio que nosotros (por ej. Chile), como consecuencia de lo cual, en el último año las exportaciones cayeron un 30% , mientras que el precio sufrió una baja de entre 5 y 7 USD.
Esta situación ha puesto en serio peligro, no solamente la continuidad de muchos pequeños productores, sino de toda la cadena productiva de las peras y las manzanas, concentrada en al Alto Valle de Río Negro. Así, hay aproximadamente setenta mil trabajadores que corren riesgo de perder su empleo, lo que traería consecuencias devastadoras para gran parte de la región.
Lamentablemente, la realidad de las peras y las manzanas no es muy diferente a la de muchas economías regionales lo largo y a lo ancho de nuestro país. Tal es el caso, por citar solo algunos ejemplos, de los productores de caña de azúcar, de tabaco y de citrus, en el Norte.
En este contexto, cabe preguntarse cuál es el rol del Estado para ayudar a una verdadera recomposición de la situación: ¿solamente limitarse a entregar subsidios o prometer líneas de crédito preferenciales, a pesar que sabemos que nunca serán otorgadas a los productores que realmente las necesiten? O, por el contrario, el Estado debe hacerse responsable de tomar las medidas de fondo que resultan necesarias, y diseñar políticas de Estado sustentables, y de largo plazo.
Indudablemente, la respuesta es la segunda. Para ello, hace falta sincerar la macroeconomía del país, y de esa forma poder priorizar la asignación de recursos para impulsar el crecimiento del interior de nuestro territorio, y apoyar a los trabajadores y empresarios de sectores como el frutícola, que es ejemplo de avanzada a nivel internacional (Vale recorda, que nuestro país llego a ser primer exportador mundial de peras y tercero de manzanas).
Este proyecto propone retomar el nivel de reintegros de impuestos internos a la exportación de estas mercaderías, de modo de retornar a las alícuotas vigentes antes de la crisis de 2001.
En este sentido, vale recordar que en septiembre de 2001, por medio de la Resolución 470/2001 del Ministerio de Economía se establecieron los reintegros de los productos que aquí se tratan, en los mismos valores que nosotros proponemos retomar. Sin embargo, en enero de 2002 la Ley N° 25.561, declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, hasta el 31 de diciembre de 2004 (luego fue prorrogada sucesivamente hasta el 31 de diciembre de 2015, según Ley N° 26.896).
Con fundamento en la emergencia económica, el Ministerio de Economía de la Nación, dictó la Resolución N° 56/2002 mediante la cual redujo en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) la alícuota correspondiente a los Reintegros a la Exportación (R.E.) de todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).
Esta Resolución, que sigue vigente hoy, ya no se condice con la realidad de la producción frutícola, motivo por el cual corresponde retomar los valores anteriores a la declaración de emergencia.
Simultáneamente, hemos presentado un proyecto para que se eliminen los derechos de exportación a estos productos, identificándolos por su Nomenclatura Común del Mercosur, a fin de desahogar las exportaciones de este sector.
Estas medidas, servirán solo de paliativo ante la urgente necesidad de respuestas, pero en modo alguno pueden reemplazar la impostergable necesidad de emitir medidas de fondo y de largo plazo de todas las economías regionales en nuestro país.
Por todo lo expuesto solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente Proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO TUCUMAN UCR
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
BALDASSI, HECTOR W. CORDOBA UNION PRO
ALEGRE, GILBERTO OSCAR BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
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