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COMERCIO

Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4059-D-2014

Sumario: PROGRAMA NACIONAL PARA LA PROMOCION Y DESARROLLO DE LA PRODUCCION DE CARNE EQUINA: CREACION.

Fecha: 27/05/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53

Proyecto
Programa Nacional para la promoción y desarrollo de la producción de carne equina
Artículo 1°: Créase el Programa Nacional para la Promoción y Desarrollo de la Producción de Carne Equina, de aplicación en todo el territorio de la República Argentina.
Artículo 2º: El Programa Nacional para la Promoción y Desarrollo de la Producción de Carne Equina tiene como objetivo la promoción y el desarrollo de la producción de carne equina y demás subproductos y derivados.
Artículo 3°: Las medidas que el Programa podrá adoptar son las siguientes:
1) Promocionar préstamos y subsidiar tasas de interés.
2) Establecer regímenes de exenciones y de devolución de impuestos.
Artículo 4°: Serán beneficiarios del presente programa las personas físicas y jurídicas que realicen las actividades objeto de la presente ley y cumplan con los requisitos que establezca la reglamentación.
Artículo 5°: Desígnese como autoridad de aplicación al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, el cual tendrá la facultad de descentralizar funciones en los ministerios de la producción de las provincias adheridas o en los organismos que éstas establezcan.
Artículo 6°: Crease el Fondo Nacional para la Promoción y Desarrollo de Carne Equina que se integrará con recursos provenientes de las partidas anuales presupuestarias del Tesoro Nacional, recursos provenientes del valor de las exportaciones de productos,
subproductos y derivados de la especie equina y donaciones, aportes de organismos internacionales, provinciales y de los productores.
Artículo 7º: La Autoridad de Aplicación establecerá el criterio de distribución de los fondos dando prioridad a las zonas agro-ecológicas del país en las cuales la actividad de producción de carne equina tenga una significativa importancia para el arraigo de la población rural.
Artículo 8º: Créase el Registro Nacional de equinos, en el ámbito del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación en el que deberán registrarse todo tipo de equinos de manera individual y por categorías. El Registro será implementado administrado y actualizado por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) en todo el territorio de la Nación. Los registros provinciales ya existentes deberán informar al Registro Nacional de Caballos la cantidad registrada de caballos hasta la fecha en el plazo de tres (3) meses a partir su publicación.
Artículo 9°: Las transferencias de titularidad que se realicen deberán inscribirse en el Registro Nacional de Caballos, conforme a los requisitos que establezca la reglamentación de la presente.
Artículo 10º: Dentro del año de entrada en vigencia de la presente ley, los propietarios que aún no lo hubiesen hecho, deberán proceder a registrar los caballos de su titularidad en el Registro Nacional Único de Caballos. En caso de incumplimiento se aplicarán las sanciones que correspondan según lo establezca la reglamentación de la presente ley.
Artículo 11°: La presente ley entra en vigencia a los 90 (noventa) días de su publicación.
Artículo 12º: Se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
Artículo 13°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este expediente es reproducción del Exp. 7839-D-2012.-
En la República Argentina, la carne equina es exportada prácticamente en su totalidad y su consumo interno es casi nulo. Nuestro país es uno de los principales productores mundiales de este tipo de carne. Si bien es una actividad que no deja amplios márgenes de ganancias, como si ocurre en cambio con la ganadería vacuna, permite aumentar el ingreso de divisas al país.
En la Argentina, la producción de carne de caballo comenzó a tomar vuelo a partir de 1995, año en que se promulgó la ley 24.525 que reguló la actividad. En las últimas décadas se ha exportado carne equina por un valor promedio de 50 millones de dólares anuales. El promedio de cabezas faenadas por año es aproximadamente de 190.000. Si bien estas cifras distan enormemente de los 3,5 billones de dólares que reporta en nuestro país la exportación de soja, es una cifra lo suficientemente significativa como para que se justifique la iniciativa de promocionar e incentivar la producción de caballos para carne. Además el mercado internacional está demandando mayores cantidades de carne de caballo que la que se faena en la actualidad, lo cual demuestra el potencial de crecimiento que tiene esta actividad.
El principal destino de las exportaciones de carne equina argentina (según datos del año 2006 de la ex Secretaria de Agricultura Ganadería, Pesca y Alimentos -SAGPYA-) es Rusia, que importa el 49% de la producción de nuestro país. Le siguen Holanda con el 21%, Francia 12%, Japón 7% y finalmente Italia, comprador del 4% de las exportaciones de carne equina producida en nuestro país (Nueva Zelanda, Uruguay,
Alemania, España, Paraguay, Brasil, China, Chile, Estados Unidos, Indonesia, Suiza y Bélgica conforman otro 4% del mercado). En los últimos años, el valor promedio de la tonelada exportada ha rondado los u$ 2.750, siendo los cortes principalmente exportados los cuartos delanteros, cuartos pistola, nalga de adentro, cuadril y lomos. Según el informe de la ex SAGPYA, Argentina mantiene desde el año 2002 una evolución que le permitió elevar sus ventas de carne fresca en unas 2.400 toneladas, lo cual representa un aumento en los ingresos de divisas por 33 millones de dólares. Este incremento es consecuencia directa, además de la calidad y el precio, del valor agregado con que cuenta el sector gracias al nivel de perfeccionamiento logrado en las plantas frigoríficas.
Como parte de la actividad equina, también nuestro país es el sexto productor de caballos de carrera del mundo y el primer productor de caballos de Polo, una actividad muy requerida en el país. Los caballos más valiosos de Polo son caballos de carrera, lo que aumenta aun más la necesidad de crear herramientas para mantener a los reproductores en nuestro país, única manera de seguir creciendo cuantitativa y cualitativamente.
La industria hípica es ante todo una actividad heterogénea, es decir, está conformada por segmentos de negocio, que si bien tienen en común al caballo como centro de la actividad, presentan parámetros de funcionamiento totalmente disímiles. No obstante puede afirmarse que se caracteriza por una fuerte tendencia a la concentración y a las economías de escala; por ser una industria con alta utilización de mano de obra intensiva que genera 73.200 empleos directos y 110.000 indirectos. El Turf y la cría y explotación del caballo SPC representan el 70 % del producto bruto de la industria hípica. Asimismo existe una gran difusión del caballo en actividades de tiempo libre o recreativas.
Además de estas actividades, la utilización del caballo como faena es una buena alternativa ya que hay zonas específicas de nuestro país en donde se realiza la faena con gran eficiencia. En la actualidad, la faena se distribuye mayormente entre la Provincia de Buenos Aires, Córdoba y Entre Ríos. En el país no son muchos los frigoríficos habilitados por SENASA para la faena, procesamiento y exportación de carne equina. Buenos Aires es la provincia que más aporta a la faena total para exportación.
A través de la creación del Programa Nacional para la Promoción y Desarrollo de la producción de carne Equina se busca alcanzar la promoción y el desarrollo de la producción de carne equina y sus subproductos y derivados. A su vez, se busca lograr la adecuación y modernización de dicha producción de forma tal que permita su sostenibilidad y consecuentemente mantener e incrementar las fuentes de trabajo, la radicación de la población rural y el fomento a la participación de pequeños y medianos productores de producción de carne equina.
Para llevar adelante esta actividad resultan necesarias un conjunto de medidas que resguarden y transparenten la actividad en el país. Es por eso que la trazabilidad es condición necesaria para la sanidad y seguridad de un animal. Lo que se busca con un buen sistema de trazabilidad es la "seguridad alimentaria", entendida como un atributo de calidad. Esto permite conocer los lugares por los que ha transitado el animal y obtener la garantía de salubridad de la carne que luego se va a faenar. La trazabilidad es pedida por todos los países en el mundo ya que es la condición necesaria para certificar el buen estado del animal. Lamentablemente en Argentina no se cumplen los requisitos solicitados a nivel mundial, tanto en lo sanitario como en lo que al control de titularidad del animal respecta. Es por ello que proponemos un programa con todos los mecanismos necesarios para hacer de este negocio una actividad respetada y eficiente.
En razón de ser la industria de la carne de caballo un producto de exportación y generador de divisas, es necesario extremar los controles sanitarios e identificar el
origen de los animales que se envían a faena, organizando la provisión de animales para evitar la disminución sensible de la población equina en nuestro país.
El bajo nivel de trazabilidad argentina repercute negativamente en la posición del país como exportador ya que el mercado no puede ampliarse a países con elevados controles de trazabilidad.
Si bien el volumen de exportación de carne equina no es muy alto, es importante un control de calidad riguroso, tal como el que se aplica a los vacunos.
En el último tiempo la Unión Europea (UE) ha endurecido sus controles y reclama una mayor transparencia y control en los productos que desea adquirir. Otros países que se ocupan de la actividad han implementando las medidas que se necesitan para mejorar los controles, tal es el caso de Uruguay, quien a su vez a crecido de manera notable en el mercado, desplazando un poco a nuestro país. La iniciativa que Uruguay implementó al respecto se basa en que en el establecimiento de origen de los animales faenados se mantendrá la identificación grupal, pero incluyendo junto a la planilla de control interno, un documento sanitario específico. Esta mejora en su sistema de trazabilidad le ha permitido a Uruguay aumentar sus exportaciones. En nuestro caso el SENASA solamente ha implementado algunas medidas de "carácter provisorio" para mejorar la situación de faena.
Lamentablemente nos permitimos dudar de la eficiencia de estas medidas, ya que por ejemplo, fuentes periodísticas nos han demostrado que muchos frigoríficos de carne equina se verían obligados a cerrar sus puertas ante las medidas emitidas por SENASA. Si bien nosotros reclamamos medidas, consideramos que las mismas deben ser progresivas y acordes a la situación de los productores del país, buscando propender a la mejora de la producción y no a la aplicación de más trabas al mercado.
Por otra parte, otra medida satisfactoria que el presente proyecto de ley propone es la creación de un Registro Nacional de Caballos en el ámbito del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación, en el que se registrarán todos los tipos de caballos de manera individual y por categorías. El Registro será implementado administrado y actualizado por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) en todo el territorio de la Nación. Además, los registros provinciales ya existentes deberán informar al Registro Nacional de Caballos la cantidad registrada de caballos, siendo ello un avance en materia de control de equinos que permitirá establecer un orden en el sector.
Con respecto a toda la legislación que hoy en día regula la actividad, podemos destacar que en la Argentina no se observa una política oficial que estimule la producción de carne de caballo (nótese que solo se han reglamentado algunos aspectos a fin de satisfacer a los países importadores). La comercialización interna, que no es otra cosa que el abastecimiento del producto a los frigoríficos, es muy simple y precaria. Comienza en los acopiadores o "yegüeros", que recorren establecimientos por cuenta propia o por cuenta de los frigoríficos, comprando los equinos lesionados, de descarte y/o cuya existencia supera las necesidades del establecimiento, concentrándolos en un campo destinado a ese fin para cumplir con la Resolución 617/06. Los animales permanecen durante 5 días allí a los efectos de realizar un control sanitario, de identificación y de estado general, y luego son enviados a faena. Esto último se reglamentó a fin de satisfacer los requerimientos de trazabilidad de la UE, pero no es una real trazabilidad, pues allí se acopian caballos de distinta procedencia. A futuro es posible que esto traiga problemas para la exportación, ya que en realidad no se conocen todos los datos referidos al pasado del caballo (lugar de origen, sanidad efectuada a lo largo del tiempo, etc.), información fundamental para delinear seriamente la trazabilidad.
En líneas generales nuestro país presenta grandes ventajas para el negocio de la producción de carne equina como ser una gran experiencia exportadora del sector industrial; bajo costo de producción y alimentación de la actividad. Se permite faenar a cualquier edad sin variar la calidad de la carne y se comercializa a un buen precio internacional. La carne equina argentina es demandada para su exportación porque los caballos argentinos son reconocidos por su calidad, sanidad y no tienen problemas de encefalopatía espongiforme bovina, comúnmente llamado el mal de vaca loca.
Desde nuestra visión la actividad no es lo suficientemente explotada y controlada, por ejemplo aún no se ha llegado al pico máximo de productividad, hay una falta de innovación tecnológica, de trazabilidad en el mercado real e inexistencia de un plan nacional de producción de equinos para carne.
Consideramos importante que esta actividad crezca y se abran nuevos mercados. En el marco de la realidad productiva de nuestro país, la producción de caballos para carne como actividad primaria o secundaria no existe. Es por ello que no hay una oferta constante a los frigoríficos que, en algunas ocasiones, no tienen materia prima para cumplir con los compromisos internacionales, y deben recurrir entonces a la importación de ganado equino para faenar, en general desde el Uruguay. Es necesario crear una cultura de pequeños y medianos productores que participen en el negocio. Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AGUILAR, LINO WALTER SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
COMERCIO
PRESUPUESTO Y HACIENDA