COMERCIO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4308-D-2014
Sumario: "DECLARACIONES JURADAS DE ANTICIPO DE IMPORTACIONES (DJAI)": SE ESTABLECE LA EXIMICION DE SU APROBACION CUANDO SE GENEREN POR ACTIVIDADES ECONOMICAS PROMOVIDAS POR LA LEY 19640 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, DE REGIMEN ESPECIAL ADUANERO, EN LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Fecha: 04/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 59
Artículo 1º - Exímase del requisito de
aprobación de las Declaraciones Juradas de Anticipo de Importaciones (DJAI), a
las actividades económicas promovidas por Ley 19640 y sus normas
complementarias en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico
Sur.
Artículo 2º- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Resolución 3252/2012 (AFIP),
publicada en el Boletín Oficial del 10/01/2012, establece la obligación para que los
importadores, en forma previa a la emisión de la Nota de Pedido, Orden de
Compra o documento similar utilizado para concertar sus operaciones de compras
en el exterior, generen una Declaraciones Juradas de Anticipo de Importaciones
(DJAI). Como es sabido, esta información es luego puesta a disposición de la
Secretaría de Comercio Interior.
Esta disposición está trabando la
cadena productiva en varios de sus eslabones, ya que la producción nacional
depende de infinidad de insumos importados. Para el caso de la Provincia de Tierra
del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, ha detenido casi por completo a
varios sectores de la industria promovida por la Ley 19640 y sus normas
complementarias.
Teniendo en cuenta que la restricción
en las aprobaciones de las Declaraciones Juradas de Anticipo de Importaciones
(DJAI) ha alcanzado el 20% y en orden a la importancia del régimen de promoción
industrial previsto en la ley 19640 en la economía y desarrollo social de la Provincia
de Tierra del Fuego, entendemos que resulta imprescindible eliminar todo tipo de
restricción para la supervivencia del propio régimen de promoción.
Conforme lo manifestado por algunos
empresarios que nos han planteado que dichas restricciones afectan la importación
de los insumos necesarios para la elaboración de los productos acogidos bajo el
citado régimen, es que ya observamos un freno casi total en la producción
industrial local. Esta situación ha generado una merma importante en los puestos
de trabajo y una fuerte incertidumbre en toda la economía fueguina.
En muchos casos, para resolver estos
trámites, los propios empresarios deben viajar a Buenos Aires mientras sus plantas
están paralizadas. Por otra parte, si los industriales hubieran tenido tiempo para
preparase y hacer planes de inversión, la medida hubiera tenido un impacto
menor.
En este momento, en nuestra
provincia se han caído más de 8000 puestos de trabajo, solo en el sector de la
industria. Resulta evidente que para el caso particular de nuestra provincia, el
desacierto de la Resolución por la cual se aplican las Declaraciones Juradas de
Anticipo de Importaciones (DJAI), ha redundado en la desnaturalización de todo
estímulo a la actividad industrial prevista en el Régimen Especial y aduanero
creado por la Ley 19640.
Por todo lo mencionado
precedentemente, solicitamos a nuestros pares, que acompañen el presente
proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BOYADJIAN, GRACIELA EUNICE | TIERRA DEL FUEGO | MOV POP FUEGUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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