COMERCIO

Comisión Permanente


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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4471-D-2012

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIMENTAR LAS ASOCIACIONES DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR PARA FUNCIONAR, SEGUN LO NORMADO EN LA RESOLUCION 47/12 DE LA SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR.

Fecha: 28/06/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Nación, con el objeto de solicitarle que, por medio del organismo que corresponda, se expida sobre los siguientes puntos respecto de la resolución 47/2012 concerniente a la Secretaría de Comercio Interior y a las Asociaciones Civiles de Consumidores y Usuarios.
Enumere:
1.-Requisitos previos y posteriores a la inscripción que deben cumplimentar las asociaciones de defensa del consumidor para funcionar apropiadamente.
2.-Criterios que establece y utiliza la Secretaría de Comercio Interior para aceptar o rechazar la inscripción de Asociaciones de Defensa del Consumidor.
3.-Causales que podrían originar una baja o sanción de cualquier índole a una Asociación de Defensa del Consumidor en consideración a la nueva resolución 47/2012 de la Secretaría.
Informe:
4.-Bajo qué supuestos la Secretaría de Comercio Interior podría revocar la legitimación conferida por el artículo 55 y sus beneficios de la Ley 24.240.
5.-Qué criterios utiliza la Secretaría de Comercio Interior para evaluar y determinar que las Asociaciones de Consumidores y Usuarios cumplen efectivamente con los fines establecidos en el artículo 56 de la Ley 24.240.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Motiva el siguiente pedido de informes la resolución 47/2012, publicada en Boletín Oficial de fecha 14 de Junio de 2012, respecto de la reglamentación concerniente al reconocimiento, inscripción y registro de las Asociaciones Civiles cuyo objeto es la defensa de los intereses de los consumidores y de los usuarios.
Resulta necesario que las Asociaciones de Consumidores y Usuarios puedan contar con criterios claros y transparentes, como así pretende la letra de la Constitución y de la Ley N° 24.240, respecto de los criterios operativos que establece y utiliza la Secretaría de Comercio interior para aceptar o rechazar la inscripción de Asociaciones, las causales que podrían originar una baja o sanción de cualquier índole a una Asociación, los supuestos bajo los cuales la Secretaría de Comercio Interior podría revocar la legitimación conferida a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios acorde al Art. 55 de la Ley 24.240.
Por último, es particularmente importante saber qué indicadores establece la Secretaría de Comercio Interior para evaluar y determinar que las Asociaciones de Consumidores y Usuarios cumplen efectivamente con los fines establecidos en el artículo 56 de la Ley N° 24.240
Respuestas a estos interrogantes que han surgido a partir de la resolución 47/2012, que actualiza y modifica las facultades de la Secretaría de Comercio Interior otorgadas previamente por la Resolución 461/1999, son fundamentalmente importantes para establecer criterios funcionales lo más transparente y democráticos posibles para el funcionamiento de dichas Asociaciones y la protección integral tanto de sus derechos como los consumidores y usuarios.
Por lo expuesto, solicito el acompañamiento de mis pares para su aprobación
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BARBIERI, MARIO LEANDRO BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMERCIO (Primera Competencia)