COMERCIO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 9033-D-2014
Sumario: CIRUELAS. SE FIJA EL CERO POR CIENTO - 0 % - EL DERECHO DE EXPORTACION COMPRENDIDO EN LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA "NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR - NMC -".
Fecha: 13/11/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165
Promoción del cultivo de Ciruelas
Artículo 1º - Fíjese el CERO POR CIENTO
(0%) el Derecho de Exportación a Ciruelas comprendido en las posiciones arancelarias de
la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.M.C.):
08094000 01 Ciruelas y endrinas frescas
080940000 01 Ciruelas y endrinos fres-
cas
08132010 01 Ciruelas secas,c/carozo
081320100 01 Ciruelas secas,en envases=
a 1kg.
08132020 01 Ciruelas secas s/carozo
081320900 01 Ciruelas secas,en envases > a
1kg.
Artículo 2º - De Forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene como objeto elimi-
nar las retenciones a las exportaciones de la ciruela que actualmente, según las disposi-
ciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, oscila entre el 2.50 y el
5%.
El 90% de la producción se destina históri-
camente a la exportación. Sin embargo, la falta de competitividad sumado a los altos cos-
tos de producción y empaque y factores climatológicos adversos, generaron un drástico
retroceso de los cultivos.
De acuerdo a las estadísticas difundidas por
el Instituto de Desarrollo Rural (IDR), sólo en la provincia de Mendoza, el volumen de co-
secha estimado de ciruela industria 2013/2014 fue de 29.995 toneladas, lo que representó
una disminución del 50,3% en relación a lo estimado en noviembre de 2013.
Por lo expuesto, es que solicito el rápido tra-
tamiento y aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
COMERCIO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |