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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

cdconsumidor@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 0766-D-2020

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE SE GARANTICE A LOS USUARIOS Y CONSUMIDORES ADQUIRIENTES DE PASAJES, UN SERVICIO AL PASAJERO DE ASESORAMIENTO INTEGRAL CON UN 0800 LAS 24 HORAS.

Fecha: 13/03/2020

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 10

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que la Secretaría de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, a través de los órganos de control, garantice a los usuarios y consumidores, adquirentes de pasajes aéreos, terrestres, ferroviarios, marítimos, fluviales y de paquetes de servicios al pasajero, el asesoramiento integral sobre sus derechos, y a cuyos efectos habilite un 0800 las 24 hs del día, hasta tanto se normalice el tránsito libre de personas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A nadie escapa que la hoy declarada Pandemia del coronavirus, no sólo hace estragos entre la población que la padece o puede contagiarse, sino que trae consecuencias económicas, en muchos casos graves, en desmedro de los consumidores.
Uno de los problemas más urgentes es clarificar a quienes adquirieron pasajes, para viajar al exterior o interior, por cualquier medio (terrestre, aéreo o acuático) cuales son los derechos que tienen cuando no son ellos los que solicitan la rescisión del contrato sino la línea de transporte , quien va a prestar el servicio o la empresa que intervino en la contratación deciden per se suspender la prestación.
Muchos consumidores son estafados en su buena fe cargando sobre ellos el costo de la suspensión cuando en realidad fue el prestador o intermediario quien decidió por si o por decisión gubernamental no prestar el servicio contratado.
Asociaciones de Consumidores reciben diariamente denuncias o reclamos en donde las empresas aéreas, terrestres o de vías navegables, prestadores de servicios o intermediarios se desligan del problema y tratan, en caso de suspender el viaje o cambiar el destino , que sea el consumidor quien abone una multa para cambiar la fecha del pasaje, cuando éste nada tuvo que ver con esa interrupción , pagando por desconocimiento y falta de información sobre los derechos que le corresponden.
Por ello, y como primera medida, es preciso que el Estado asista a quienes desconocen sus derechos para que no se vean sorprendidos en su buena fe.
Este principio también incluye la responsabilidad de quien vendió un paquete de servicios (alojamiento, excursiones, comidas,) y quien debe prestarlo, siendo responsable el vendedor de la oferta turística de dar a conocer los derechos que le asisten como usuario, conforme art. 42 de la CN.
En consonancia con lo manifestado es necesario y urgente se habilite un 0800 para que los usuarios y consumidores sean asesorados responsablemente sobre sus derechos, debiendo también difundirse por todos los medios posibles las normas y garantías que los asisten
Es por los motivos expuestos, que solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SCHWINDT, MARIA LILIANA BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
MARTINEZ, MARIA ROSA BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE DE TODOS
VESSVESSIAN, PAOLA SANTA CRUZ FRENTE DE TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)