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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1876-D-2016

Sumario: REGIMEN DE TARIFA ABIERTA PARA EL TRANSPORTE PUBLICO. CREACION.

Fecha: 21/04/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36

Proyecto
REGIMEN DE TARIFA ABIERTA PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO
ARTICULO 1°- Créase un Régimen de Tarifa Abierta para el Transporte Público, mediante el cual se pagará una tarifa diferenciada utilizando el Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.) que dará acceso a los servicios de transporte público automotor y ferroviario de superficie de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional.
ARTICULO 2°- La tarifa diferenciada para acceder al Régimen de Tarifa Abierta para el Transporte Público funcionará por el plazo de 3 horas pudiendo utilizarse de forma ilimitada la totalidad de los servicios de transporte público automotor y ferroviario de superficie de carácter urbano y suburbano de jurisdicción nacional.
ARTICULO 3° - La autoridad de aplicación será determinada por el Poder Ejecutivo Nacional.
ARTICULO 4° - La autoridad de aplicación tendrá facultades para firmar los convenios que sean pertinentes con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a fin de incluir a los Subterráneos en el régimen de Tarifa Abierta para el Transporte Público.
ARTICULO 5° - La presente Ley será reglamentada dentro de los SESENTA (60) días de su promulgación.
ARTICULO 6°- Invitase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones de la presente Ley.
ARTICULO 7° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Señor Presidente:
El presente proyecto de Ley tiene por objeto la implementación de una tarifa abierta por el lapso de tres horas para la utilización de servicios de transporte público urbano y suburbano cuando la misma sea abonada utilizando el sistema único de boleto electrónico.
En el marco del último aumento de transporte, definido por el propio Poder Ejecutivo, del 100% en las tarifas de colectivos y de trenes en el área metropolitana; considero que al no tomar las medidas tendientes a reducir su impacto en los sectores más postergados, es menester implementar mecanismos complementarios y relativamente de sencilla aplicación.
En este sentido, la persona que suele tomar 2 o 3 medios de transporte para llegar a su trabajo, tiene un mayor porcentaje de gastos en transporte que el resto y a veces se moviliza de las zonas más periféricas. Este sistema disminuiría el costo general para esas familias y generaría una mayor equidad entre las personas que viven en los barrios o localidades que tienen menor accesibilidad de transporte a las personas que viven en zonas que si la tienen.
Los efectos esperados de la implementación de una medida de esta naturaleza son: en primer lugar, una disminución de los gastos destinados al transporte por las familias que viven lejos de su trabajo y requieren de la combinación de varios medios de transporte para poder movilizarse, en segundo lugar un subsidio cruzado a la demanda, que reconoce la responsabilidad del estado en garantizar el acceso a los servicios públicos por parte de toda la ciudadanía y en tercer lugar un incentivo al uso del sistema de transporte público en un escenario de creciente movilidad motorizada con sus consecuentes efectos negativos sobre el medio ambiente.
El crecimiento constante de la población urbana, en un patrón difuso y territorialmente expandido impone a los habitantes de la región metropolitana desplazamientos cada vez más largos (en tiempo y distancia) y costosos (tanto por mayores distancias como por los trasbordos que deben realizarse).
De acuerdo a la investigación de Andres Gartner (UTN- Centro Tecnológico del Transporte, Transito y Seguridad Vial, junio 2012) un 26% de los pasajeros realiza 1 trasbordo o más.
Tabla descriptiva
Fuente: Elaboración propia en base a Andres Gartner – UTN – INTRUPUBA - 2012
Por otro lado, la Encuesta de Movilidad Domiciliaria (ENMODO, 2010) los viajes realizados en la región requieren en un 11% de al menos un transbordo para poder completarse.
Tabla descriptiva
Fuente: Elaboración propia en base a ENMODO – 2010-
De lo anterior se desprende que bajo el esquema actual una tarifa abierta que permita realizar trasbordos sin costo adicional beneficiaría como mínimo a un 11% de los usuarios del transporte público de la AMBA, teniendo en cuenta que otros estudios plantean hasta un 26%.
Una integración tarifaria de tipo horario permitirá a los usuarios realizar combinaciones entre distintos modos de transporte y en direcciones hasta ahora evitadas por los altos costos que los trasbordos implican fuera de los corredores tradicionales. Debe recordarse que los datos que se analizaron corresponden a encuestas realizadas en el transporte público, por lo tanto solo fueron capaces de captar demanda satisfecha, pudiendo existir mejores opciones de transporte y combinaciones que no son utilizadas por el costo de las mismas.
Respecto de la participación del gasto en transporte respecto del ingreso de los hogares, es importante destacar que, según análisis de INTRUPUBA – Investigación del Transporte Urbano Publico de Buenos Aires - , para el quintil de ingresos más bajos el gasto en transporte representa un 16,8% del gasto de los hogares, y presenta una tendencia decreciente hasta alcanzar un 5,8% para el quintil más alto. De esta manera resulta evidente observar que esta medida beneficiaría en mayor medida a las familias trabajadoras de menores ingresos que hacen uso intensivo del medio de transporte público.
Desde el punto de vista del desarrollo y extensión que ha tenido el uso del sistema electrónico de pago debe recordarse que el Sistema Único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.), además de representar un sistema tecnológico y de información, tiene como objetivo el mejoramiento de la calidad de vida de los usuarios del sistema de transporte público como se desprende del Decreto N° 84 del 4 de febrero de 2009.
Respecto del desarrollo tecnológico requerido para la implementación de una medida como la propuesta se debe recordar que el convenio marco suscripto ente la Secretaria de Transporte de la Nación y el Banco de la Nación Argentina como operador del sistema, ratificado mediante el Decreto 1479/2009 especifica como requerimientos funcionales y específicos que el sistema básico contemple:
• “La flexibilidad tarifaria para la distinción de tarifas especiales por horarios, grupos diferenciales de usuarios, eventos especiales, días feriados y/o festivos y otros hechos o acontecimientos, de acuerdo con lo que disponga LA SECRETARIA u otra autoridad competente.”
• “Preveer la transferencia intra e intermodal de manera de permitir una futura integración tarifaria, posibilitando la determinación de viajes combinados. El equipamiento deberá ser el adecuado para permitir dicha modalidad.”
• “Asociar los boletos vendidos por la validadora y la máquina monedera, con la hora de ocurrencia y el posicionamiento geográfico del evento, tomando el último registro del GPS.”
En cuanto a las características de las tarjetas utilizadas para el pago, el mencionado convenio expresa que las mismas deberán poder almacenar las últimas tres transacciones realizadas.
Por otro lado, cabe destacar que las resoluciones 296/15 y 1169/15 del Ministerio de Interior y Transporte muestran la extensión que ha tenido la implementación de la SUBE, dado que ambas plantean cronogramas de implementación en capitales de provincia e instan a los municipios de entre 100.000 y 200.000 habitantes a instalar el mismo en los transportes de jurisdicciones provincial y municipal.
Por ello, se visualiza que es factible que este proyecto de tarifa abierta pueda llevarse adelante no solo en el área metropolitana, que sin duda es donde mayor impacto tiene, sino también proyectarse en todo el país.
En definitiva, considero que el presente proyecto puede convertirse en una pequeña modificación, de sencilla aplicación y de importante beneficio para los trabajadores, especialmente para aquellos que están obligados a realizar largos trayectos para llegar al trabajo por medio del transporte público.
Por lo expuesto, les solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RODRIGUEZ, MATIAS DAVID TIERRA DEL FUEGO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CABANDIE, JUAN CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRIZO, NILDA MABEL TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ESTEVEZ, GABRIELA BEATRIZ CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BRITEZ, MARIA CRISTINA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DI STEFANO, DANIEL MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, SANDRA MARCELA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASTAGNETO, CARLOS DANIEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SANTILLAN, WALTER MARCELO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GUERIN, MARIA ISABEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GUERIN (A SUS ANTECEDENTES)