DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión Permanente 
													
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Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
Miércoles 10.00hs
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2076-D-2015
Sumario: GARANTIA DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS Y CIUDADANOS. REGIMEN.
Fecha: 22/04/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 34
	        PROYECTO DE LEY  DE GARANTIA DE 
LOS DERECHOS
	        
	        
	         DE LOS USUARIOS Y 
CIUDADANOS
	        
	        
	        ARTÍCULO 1º.: Las empresas 
prestadoras de servicios públicos y privados deberán remitir semestralmente un 
registro de los reclamos realizados por los usuarios al Ministerio de Economía y 
Producción, el cual estará a disposición en caso de ser requerido, por las 
Asociaciones de Consumidores reconocidas en el marco de la legislación 
vigente.
	        
	        
	        ARTÍCULO 2º.: El Poder Ejecutivo 
Nacional, deberán publicar en forma semestral, en los medios de prensa 
nacionales de mayor tiraje, discriminando por cada uno de los Ministerios, la 
estadística de los reclamos realizado por los ciudadanos en referencia a:
	        
	        
	        El funcionamiento y calidad de los 
Servicios Públicos.
	        
	        
	        Situaciones que los ciudadanos se 
sientan perjudicados por mala atención, demora o falta de resoluciones de 
cuestiones planteadas ante los Ministerios dependientes del Estado Nacional.
	        
	        
	        En todos los casos, la información de 
los reclamos realizado por los ciudadanos, estará a disposición de las Asociaciones 
y Entidades reconocidas que dentro del marco de la legislación vigente.   
	        
	        
	        ARTÍCULO 3º.: DE FORMA.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Los servicios que ofrecen las 
empresas públicas y privadas deben tener como uno de los objetivos prioritarios el 
bienestar de los usuarios y en el caso del Estado, el de los ciudadanos en su 
conjunto.
	        
	        
	        En el caso de los servicios públicos, 
estos  deben ofrecer celeridad en la atención, porque todo usuario necesita una 
atención eficiente acorde a sus necesidades y demandas, sabiendo que el tiempo 
del usuario es tan valioso como el tiempo de quien lo atiende. Otro de los atributos 
universales de los servicios públicos es que deben ser visibles y comprobables en 
el presente y en el futuro mediato e inmediato. Estando asimismo su calidad  
relacionada con su utilidad,  pues este es un valor intrínseco a ellos.
	        
	        
	        Estos objetivos generalmente se 
desdibujan, por  intereses económicos o de diversa índole. Se trata de  ser claros y 
contundentes para poder afrontar el impacto que producen las nuevas 
modalidades y las nuevas tecnologías que se van incorporando, atendiendo  a las 
necesidades propias de la realidad laboral y social de la población.
	        
	        
	        Se debe tener un punto en común 
cuando se plantean estas situaciones: y es otorgar calidad y respuestas. Si 
entendemos el significado de calidad como el conjunto de propiedades y 
características de un servicio, producto o proceso, que satisface las necesidades 
establecidas por el usuario, consumidor o el ciudadanos, se podrá avanzar y 
respetar a los actores que intervienen y reclaman  por mejores servicios, por un 
mejor e igualitario trato, y por cambios en lo que no está bien y es comprobable 
en los hechos.
	        
	        
	        En el caso particular de los usuarios 
de los servicios de empresas prestatarias públicas y privadas, se crea una relación, 
algunos la consideran de dependencia mutua;   el usuario necesita del servicio y el 
servicio tiene razón de ser por esa necesidad  que demanda el usuario. Pero, 
cuando el usuario o consumidor  carece de importancia para el prestador, 
entonces,  es ignorado en sus reclamos o sus demandas son perdidas en la 
burocracia administrativa. Es en estas circunstancias que deben fijarse reglas que 
le otorguen una garantía de su derecho a reclamar,  y exigir en los casos que 
correspondan un cambio  concreto y positivo.
	        
	        
	        	A partir de 1994, con la Reforma de 
la Constitución Nacional, los derechos de los usuarios y consumidores alcanzaron 
reconocimiento constitucional mediante el siguiente texto: "Artículo 42.- Los 
consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de 
consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una 
información adecuada y veraz; a la libertad de elección, y a condiciones de trato 
equitativo y digno. Las autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a 
la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma 
de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales, al 
de la calidad y eficiencia de los servicios públicos, y a la constitución de 
asociaciones de consumidores y de usuarios. La legislación establecerá 
procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos, y los marcos 
regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la 
necesaria participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las 
provincias interesadas, en los organismos de control. "
	        
	        
	        El marco legal que regula la relación 
de consumo y los derechos y deberes de los actores involucrados en esa relación 
se estructura a partir del precepto contenido en el artículo 42 de la Constitucional 
Nacional. La norma constitucional constituye un verdadero estatuto de derechos y 
obligaciones que se complementa, básicamente, con la Ley de Defensa del 
Consumidor N° 24.240. 
	        
	        
	        Si bien la Ley Nacional 24.240 de 
Defensa del Consumidor ha tomado una significativa importancia en estos últimos 
años, existen factores y situaciones sobre los cuales debemos avanzar para que los 
usuarios y consumidores puedan gozar del pleno  derecho establecido en nuestra 
Constitución. 
	        
	        
	        En el caso del  Estado Nacional,  
cualquiera sea el área ejecutiva,  el objetivo será siempre el mismo: proporcionar 
atención y servicios que generen un valor que contribuya al bienestar general. Con 
una mejora constante que como ciudadanos esperamos,  dejando a un lado la 
soberbia que no permite corregir rumbos ni plantear modificaciones en lo que a 
diario reclama la población.
	        
	        
	        Es por las razones expuestas que 
solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley. 
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| VALDES, GUSTAVO ADOLFO | CORRIENTES | UCR | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia) | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA |