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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 2638-D-2009

Sumario: DEFENSA DEL CONSUMIDOR - LEY 24240 -. SOBRE TERMINOS ABUSIVOS Y CLAUSULAS INEFICACES EN EL CONTRATO. MODIFICACION DEL ARTICULO 37 INCISO A)

Fecha: 27/05/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55

Proyecto
MODIFICACION DE LA LEY DEFENSA DEL CONSUMIDOR 24.240 EN SU ARTICULO 37 INC. A CAPITULO IX DE LOS TERMINOS ABUSIVOS Y CLAUSULAS INEFICACES.
Articulo 1.- Modificase el articulo 37 Inc. A de la ley 24.240 sobre ley defensa del consumidor que determina:
Artículo 37: Interpretación: Sin perjuicio de la validez del contrato se tendrán por no convenidas:
a) Las cláusulas que desnaturalizan las obligaciones o limiten la responsabilidad por daños. EN EL CASO ESPECIFICO DE GARAGE Y ESTACIONAMIENTOS ESTOS SERAN RESPONSABLES EN CASO DE ROBO, HURTO O DAÑOS PRODUCIDOS EN LOS VEHICULOS, Y, SON NULOS LOS EFECTOS DE LOS CARTELES DONDE LOS PROPIETARIOS DE ESTOS ESTABLECIMIENTOS ADVIERTAN QUE NO SE RESPOSABILZAN POR ROBO O HURTOS.
Articulo 2.- La autoridad de aplicación y policía quedara a cargo de la Secretaria de Defensa del Consumidor de la Nación y sus dependencias provinciales y municipales.
Articulo 3.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto que traigo a consideración no hace más que legalizar un hecho que se produce a diario en todos los estacionamientos y garajes de todo el país.
No queremos ser injustos con los propietarios de garajes y estacionamientos pero no podemos hacer oídos sordos a los múltiples reclamos que recibimos a diario de propietarios de automóviles que sufrieron hurtos, robo y daños mientras se encontraban estacionados en estas playas privadas.
No es menos cierto que en una cantidad de casos probados los propietarios están en conocimiento de la existencia de delincuentes que se dedican a robar automóviles que se encuentran estacionados cubiertos de responsabilidad por carteles que colocan en el ingreso donde se desresponsabilizan por cualquier daño o hurto.
Con este instrumento legal dotamos a los usuarios de una herramienta para reclamar por cualquier desperfecto que sufriera en su automóvil privado por ante la secretaria correspondiente contra el propietario de la playa de estacionamiento donde se produzco el siniestro.
Por todos los argumentos expuestos ut supra, y por la importancia del objeto a legislar, es que solicito a mis pares el acompañamiento del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL