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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2359 Internos 2359/2355/2352

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 4614-D-2009

Sumario: RECARGO DEL SEIS POR MIL SOBRE EL PRECIO DE VENTA DE LAS TARIFAS VIGENTES APLICADAS A CONSUMIDORES FINALES DE ENERGIA ELECTRICA - LEY 23681 -. DEROGACION.

Fecha: 23/09/2009

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123

Proyecto
ARTICULO 1º Derogase la ley 23.681 del 13 de julio de 1989, y demás normas complementarias, que estableció un recargo del seis por mil (6%o) sobre el precio de venta de las tarifas vigentes de cada período y en cada zona del país aplicada a consumidores finales de energía eléctrica, que afrontaron solidariamente dicho recurso para ayudar a los habitantes de la Provincia de Santa Cruz, encontrándose conectada dicha provincia al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), que dio origen a la sanción de la ley.
ARTICULO 2º - La Secretaría de Energía de la Nación deberá informar al Congreso de la Nación, en un plazo no mayor de 120 días, los montos recaudados anualmente, que hayan sido percibidos y transferidos al "Fondo Provincia de Santa Cruz Ley 23.681"; los intereses devengados por los fondos recaudados desde la fecha de su implementación y hasta la actualidad; las cuentas y a la orden del organismo a que fueron transferidos dichos fondos; los presupuestos de gastos de la obras proyectadas y los montos efectivamente ejecutados por aplicación de la Ley 23681 y el Decreto 1384/2001, para la interconexión de la Provincia de Santa Cruz al Sistema Argentino de Interconexión (SADI).
ARTICULO 3º Invitase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a crear su propio fondo de infraestructura, destinado a financiar las obras necesarias para mejorar la prestación de servicio energético dentro de su provincia.
ARTICULO 4º de Forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Durante 20 años nuestra provincia (Chaco) como todas las provincias del país ha aportado solidariamente para que los habitantes de la Provincia de Santa Cruz, tengan una tarifa adecuada de su consumo energético. Nuestra provincia, una de las provincias más pobres del país, y con uno de los índices más altos de desocupación, debe subsidiar a una de las jurisdicciones con menos índices de pobreza y mayor crecimiento económico, con tarifas especiales de luz, gas, y naftas que paga el resto del país-. Debemos tener en cuenta también que la provincia sureña se ve beneficiada por su riqueza petrolera y su patrimonio turístico explotado a pleno con reconocimiento internacional, generando estas actividades una importante y efectiva fuente de ingresos de divisas.
La propia presidenta Cristina Kirchner estuvo el día 1/05/08 en la localidad de Pico Truncado inaugurando la conexión de alta tensión de la ciudad de Puerto Madryn, la primera localidad santacruceña en conectarse a la línea nacional. Lo extraño es que se hizo diecinueve (19) años después de recibir esos aportes y el Fondo que los acumuló aportó un mínimo de recursos que no tienen relación con su cuantía y no cumplen con su verdadero objeto, sin embargo, los habitantes del país, que fueran incluidos en la ley 23.681 han contribuido y lo siguen haciendo a lo largo de los últimos 20 años con el seis por mil (6 o/oo) de cada factura de electricidad, a valores actualizados en cada período, como recargo establecido por la ley 23.681 del año 1989. Los fondos recaudados por la implementación de la ley rondarían los $500 millones y es el producto de 20 años de recaudación de un impuesto que pagan todos los usuarios del país del servicio eléctrico. Con ese dinero debía financiarse la inclusión de la provincia al sistema interconectado nacional. Sin embargo, las obras fueron financiadas por el Estado Nacional y no se sabe con claridad cómo fueron utilizados esos fondos.
Paradójicamente la empresa energética de mi provincia, analiza la implementación de un cargo fijo en la factura mensual destinada a fondo de infraestructura. Otra vez el que financie estas obras, responsabilidad del Estado, será el ciudadano común, aquel que ya contribuye para sostener el sistema y que aun no recibe los beneficios de tener un buen servicio eléctrico y una tarifa adecuada a su situación económica. No será el momento que empecemos a ser solidarios con nosotros mismos, ya lo fuimos durante 20 años con la hermana provincia de Santa Cruz, nuestra situación, según los directivos de la empresa eléctrica, es muy complicada, amerita fuertes inversiones destinadas a obras infraestructura y no estamos en condiciones de cargar mas costos en las facturas de los usuarios comunes , por lo tanto solicitamos a través de este proyecto, derogar la Ley 23681 y ocuparnos en nuestra provincia de nuestra realidad, recuperar estos fondos que por imperio de esta norma se están yendo hacia otros destinos, aplicarlo para paliar nuestra necesidades y aliviar el costo energético que mensualmente aporta cada ciudadano chaqueño.
Por lo expuesto solicito la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
URLICH, CARLOS CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA