DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión Permanente 
													
Of. Administrativa:  Piso P03  Oficina 301 
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6070-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA RESOLUCION 100/2010, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, QUE DICTA LA CADUCIDAD DE LA LICENCIA DE LA EMPRESA FIBERTEL.
Fecha: 23/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 117
	        Solicitar al Poder Ejecutivo de la 
Nación, a través de los organismos que correspondan, tenga a bien de informar a 
la brevedad a éste Honorable  Cuerpo, sobre lo siguientes ítems referentes  a la 
Resolución 100/2010 emanada del Ministerio de Planificación Federal Inversión 
Pública y Servicios, que dicta la caducidad de la licencia otorgada a la empresa 
prestadora de servicios de Internet FIBERTEL:
	        
	        
	        1.	Fundamento Jurídico. ¿En base a 
qué norma jurídica se ha tomado dicha medida? ¿se han tomado medidas 
similares sobre dichos fundamento? ¿Se cumplió con el procedimiento 
administrativo correspondiente, con la apertura de un expediente, resolución firme 
de autoridad competente y garantizando el derecho a descargo?
	        
	        
	        2.	Lucha contra oligopolios. ¿Qué 
otras medidas se han tomado contra estos mercados altamente concentrados? 
(mercado de telefonía fija, celular, Internet y tv por cable)
	        
	        
	        3.	Derechos de los Usuarios. ¿Cómo 
se  garantizarían los derechos de los usuarios? ¿Existe algún plan estratégico 
para la migración de prestador de servicios? 
	        
	        
	        4.	¿Se sabe si las demás empresas 
están preparadas para recibir de manera compulsiva nuevos usuarios? ¿Cómo se 
garantizará que las telefonías u otros operadores que absorberán un millón de 
nuevos usuarios no se interrumpirá, será de  una similar calidad  y no producirá 
saturaciones sobre otros clientes? ¿Como se piensa financiar el daño sobre los 
usuarios del servicio? ¿90 días para que realicen el traspaso a otra compañía es 
suficiente? ¿Quién será responsable por los gastos de instalación si los 
hubiere?
	        
	        
	        5.	Derechos de los trabajadores. ¿Qué 
ocurrirá con los trabajadores de la empresa? ¿Serán reubicados por el 
gobierno?
	        
	        
	        6.	Algún otro tema de interés que se 
crea de importancia para comprender la necesidad de la medida.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Traemos a consideración de esta 
Honorable Cámara una preocupación que, entendemos, exige una inmediata 
respuesta por parte del Poder Ejecutivo.   El día 22 de Agosto el Gobierno  publicó  
en el Boletín Oficial la RES. 100/2010  de la Secretaría de Comunicaciones, que 
es de público conocimiento, la misma declara la caducidad de la licencia otorgada 
para la prestación de servicio de Internet a la  empresa Cablevisión a través de de 
la marca Fibertel. 
	        
	        
	        La misma dice: "Declárase la 
caducidad de la Licencia para la prestación de los servicios de Transmisión de 
Datos en el ámbito nacional, Aviso a Personas, Videoconferencia, Repetidor 
Comunitario, Transporte de Señales de Radiodifusión, Valor Agregado, 
Radioeléctrico de Concentración de Enlaces, Telefonía Local y Telefonía Pública 
otorgada a la Empresa Fibertel por Resolución N 83 de fecha 7 de febrero de 
2003", sostiene la resolución. 
	        
	        
	        Esta medida tendrá vigencia y será  
retroactividad al 15 de enero de 2009,  disponiendo un plazo de 90 días, que 
comenzarán a ser contados a partir de la notificación de la presente resolución  
para  de esta manera implementar, las medidas que sean necesarias, a los fines 
que los usuarios de dicha empresa cambien de prestador de servicio. La 
resolución lleva la firma  del Secretario de Comunicaciones, Carlos Salas 
dependiente del Ministerio de Planificación Federal Inversión Publica y 
Servicios.
	        
	        
	        Aún si se cumpliera tal como lo estipula 
la resolución ministerial, habrá un millón de usuarios en serias dificultades, según 
trascendió en comunicados por distintos medios de comunicación que la totalidad 
de proveedoras de Internet absorbieron a 200.000 nuevos usuarios en los últimos 
seis meses. Esto lleva a pensar que sería casi imposible redistribuir a un millón de 
usuarios a otras empresas; demás está decir que esto podría ocasionar perjuicio a 
los usuarios de estas últimas. Hay que distribuir un millón de módem, realizar 
nuevos tendidos de cables, adaptar los soportes técnicos que en la actualidad no 
superan las 30.000 consultas mensuales.
	        
	        
	        Horacio Bersten, titular de la Unión de 
Defensa de los Consumidores, dejó trascender por distintos medios de 
comunicación que la disposición oficial no debe generar ningún costo de 
transferencia ni recargo alguno.
	        
	        
	        Creemos que es grave también para 
aquellos clientes que desde hace varios años vienen contratando con la empresa 
FIBERTEL y que ahora tendrán que modificar su correo electrónico, sus bases de 
datos y  que deberán afrontar un perjuicio de tipo económico que todavía no pude 
ser evaluado ante la sorpresiva resolución.
	        
	        
	        Según en el consultor en 
comunicaciones Carrier, los únicos grandes proveedores de Internet del país son 
Speedy (de Telefónica), Arnet (de Telecom) y Fibertel, en cuanto a su cobertura 
del territorio nacional. Los otros competidores de cierto peso limitan su actividad a 
Capital Federal o localidades del conurbano. "En líneas generales, más allá de la 
General Paz, en la mayoría de las ciudades las únicas prestadoras globales son 
las telefónicas, que tienen a Fibertel como único competidor de peso. Existen otros 
proveedores de Internet, pero generalmente no cubren más que algunas pocas 
manzanas. Si evaluamos lo dicho por Carrier se estaría beneficiando a las 
grandes empresas de telefonía, ya que la empresa Fibertel funciona en 45 
localidades y es la única que competía contra estas grandes empresas. 
	        
	        
	        La empresa alega que es una medida 
arbitraria, que en realidad el dueño de dos empresas decidió la fusión, como es  
Cablevisión y Fibertel,  operatoria que fue aprobada por IGJ, y que en realidad no 
se produce la disolución de la empresa ni siquiera a aún, un traspaso de la 
empresa a terceros ya que pertenecían al mismo dueño. La misma acudirá a la 
justicia y mientras tanto los usuarios  podrían ser los únicos damnificados.    
	        
	        
	        La Sociedad Interamericana de Prensa 
(SIP) y la Asociación Internacional de Radiodifusión (AIR), como Organismos 
internacionales en defensa de la libertad de expresión manifestaron su real 
preocupación debido a la prohibición que recayera sobre la empresa FIBERTEL 
por la antes mencionada resolución (RES. 100/2010) del Ministerio de 
Planificación Federal Inversión Pública y Servicios,  alertando una escalada del 
gobierno argentino contra la libertad de expresión
	        
	        
	        Está claro también que el gobierno 
debió haber pensado un  plan estratégico en el cual se produzca la migración a 
otras empresas de manera ordenada y sin producir daños, de no ser así, esto 
conllevaría innumerables juicios contra el Estado Nacional y un presupuesto 
Millonario para la reparación de los mismos.
	        
	        
	        Por todo ello creemos que es de suma 
importancia de que el Poder Ejecutivo nos brinde toda la información requerida, lo 
antes posible, con el fin de poder evaluar, y de ser necesario,  la toma de medidas 
que este Honorable Cuerpo crea conveniente para garantizar en un Estado de 
derecho,  civilizado, con Instituciones un principio fundamental como es el de 
Justicia.
	        
	        
	        Por todo lo expuesto, solicito a mis 
pares la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) | 
| DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA |