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DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 301

Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6315-D-2018

Sumario: LEALTAD COMERCIAL - LEY 22802 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 9° BIS, SOBRE REDONDEO EN FAVOR DEL CONSUMIDOR.

Fecha: 09/10/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 138

Proyecto
Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 9° bis de la Ley Nº 22.802 LEY DE LEALTAD COMERCIAL, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 9º bis — En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a UN (1) peso y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor.
En todo establecimiento en donde se efectúen cobros por bienes o servicios será obligatoria la exhibición de lo dispuesto en el párrafo precedente, a través de carteles o publicaciones permanentes, cuyas medidas no serán inferiores a 15 cm por 21 cm.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los argentinos, letrados en crisis, han sumado a nuevo concepto a su vocabulario popular: pass through. Así llaman los economistas al impacto que tiene el tipo de cambio en los precios. El pass through es, entonces, la nueva pesadilla de Argentina, que ve cómo el Gobierno pierde día a día la batalla contra la inflación.
Que los ahorristas argentinos “piensan en verde” es ya un lugar común que pretende explicar la dependencia que tienen con el dólar. Ante la menor turbulencia, compran dólares para protegerse. Y la cotización sube: el 1 de agosto bastaban 28 pesos para comprar un dólar; hoy se necesitan casi 40. El peso ha perdido desde agosto el 28% de su valor y más de 50% desde enero. La caída del peso se traduce inmediatamente en una mayor inflación, un poco por razones técnicas y otro poco por miedo.
Los empresarios suben sus precios “por la dudas”, temerosos de que el tipo de cambio haga subir la inflación. Es la profecía autocumplida. La tormenta la completan los exportadores, que intentan igualar en el mercado local las ganancias extraordinarias en pesos que ahora obtienen con sus ventas en dólares en el exterior, y todos aquellos que producen con insumos importados.
Por ahora, no ayudará a la supuesta guerra que el Presidente Mauricio Macri lleva contra la inflación desde que llegó al poder, en diciembre de 2015. El año pasado cerró con una subida del IPC de 24,7%, un 46% más que las previsiones oficiales. Para este año, el Gobierno estimó 15%, pero pronto tuvo que abandonar la meta por inalcanzable.
En junio, Macri acordó con el FMI un rescate financiero que previó, en el peor de los escenarios posibles, una inflación para todo 2018 de 32% . Esa cifra, muy pesimista, saltó por los aires en pocas semanas. La inflación de este año rondará, si nada malo vuelve a pasar en el mercado cambiario, el 44%.
El hundimiento del peso se concentró en la última semana de agosto, pero su efecto inflacionario se potenció con subidas en combustibles, electricidad y alimentos. La suma de factores terminó por cerrar el mes con mayor inflación del año.
Consultoras privadas como Ecolatina afirman que este año está perdido en la batalla contra la inflación y Macri ha prometido que todas las esperanzas se trasladan al año que viene. Los argentinos debemos esperar sin ver acciones que den esperanzas de salida a la crisis.
Es inconstitucional e ilegal que los consumidores tengan que hacerse cargo de los redondeos como consecuencia de la devaluación del peso.
El monto actual del artículo 9° bis de la ley N°22.802 Ley de Lealtad Comercial, que es de CINCO (5) centavos, quedo absolutamente atrasado en relación con la realidad económica Argentina.
Se imposibilita por falta de “cambio” circulante en monedas las devoluciones previstas en el artículo mencionado en el párrafo anterior.
Siendo el monto de UN (1) peso, como esta propuesto en este proyecto de Ley, un monto más real y adecuado, tanto para el consumidor como para el comerciante, es que se propone que toda diferencia igual o menor a UN (1) peso, en el caso de imposibilitarse su devolución, sea a favor del consumidor.
Por las razones expuestas es que solicito a nuestros pares que me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VALLONE, ANDRES ALBERTO SAN LUIS UNIDAD JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL