DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA
Comisión Permanente 
													
Of. Administrativa:  Piso P03  Oficina 301 
Jefe SR. GUANCA JAIME FERNANDO FABIO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 9815-D-2014
Sumario: CONEXION DE LA GENERACION ELECTRICA PROPIA DE FUENTES RENOVABLES A LA RED INTERCONECTADA NACIONAL ESTABLECIENDO UN SISTEMA DE MEDICION NETA PARA EL COBRO DEL SUMINISTRO. REGIMEN.
Fecha: 19/12/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 189
	        Artículo 1º- Todas las 
empresas distribuidoras eléctricas del territorio argentino deberán, a 
solicitud del usuario, permitir la conexión de la generación eléctrica propia 
de fuentes renovables a la red interconectada nacional estableciendo un 
sistema de medición neta para el cobro del suministro.
	        
	        
	        Artículo 2º- Definiciones. A 
efectos de esta ley, se entenderá por:
	        
	        
	        Medición Neta: sistema de 
medición de consumo eléctrico que plantea el cobro de la diferencia entre 
consumo y generación de un usuario que produce electricidad de fuentes 
renovables en su domicilio y la inyecta a la red pública, existiendo la 
posibilidad de transferir los excedentes de energía medidas en kilovatios 
hora, al período de facturación siguiente en el caso de superávit.
	        
	        
	        Energía eléctrica de fuentes 
renovables: energía eléctrica generada por energía eólica, solar, 
geotérmica, hidráulica y biomasa.
	        
	        
	        Empresa Distribuidora: 
cualquier entidad o empresa concesionaria de suministro eléctrico de 
acuerdo a lo establecido por la Ley N° 24.065,sus normas reglamentarias y 
complementarias.
	        
	        
	        Excedente: exceso o superávit 
de energía de un consumidor generador medido en kilovatios hora al final 
de un período de facturación.
	        
	        
	        Artículo 3° - Beneficiarios. 
Todos los usuarios regulados del sistema eléctrico nacional.
	        
	        
	        Artículo 4°- Autoridad de 
Aplicación. La autoridad de aplicación de esta ley será determinada por el 
Poder Ejecutivo Nacional, conforme a las respectivas competencias 
dispuestas por la Ley N° 22.520, sus normas reglamentarias y 
complementarias.
	        
	        
	        Artículo 5°- Contratos -Los 
contratos de medición neta deberán celebrarse entre la empresa 
distribuidora y el usuario, y deberán ser de fácil y ágil aplicación. Dichos 
contratos no deberán representar ningún costo adicional para el usuario, 
ya sea de conexión como de tarifa diferenciada.
	        
	        
	        Artículo 6°- Costos. La 
responsabilidad, la propiedad y los costos de la conexión al sistema 
interconectado nacional y del medidor o medidores, y su mantenimiento 
serán exclusivos de las empresas distribuidoras.
	        
	        
	        Artículo 7°- Excedentes. 
Los excedentes generados por el usuario serán trasladados al próximo 
período de facturación del mismo.
	        
	        
	        Artículo 8°- Seguridad. 
Toda instalación de generación eléctrica domiciliaria deberá estar 
debidamente habilitada por el organismo que la autoridad competente 
designe y estará sujeto a inspecciones periódicas.
	        
	        
	        Artículo 9°- Desconexión. 
Toda instalación deberá incluir un mecanismo de desconexión automática 
del flujo hacia el sistema interconectado nacional, de fácil y rápido 
acceso.
	        
	        
	        Artículo 10°- Capacidad 
Máxima Instalada por Sistema. La capacidad máxima total instalada por 
micro-generación conectada a la red nacional deberá ser menor o igual al 
1% de la demanda pico de potencia del sistema durante los primeros 10 
años de la implementación de esta ley.
	        
	        
	        Artículo 11°- Fondo. El 
Poder Ejecutivo Nacional, a través de la autoridad de aplicación, creará un 
Fondo para financiar la adquisiciónde equipos de generación domiciliaria 
de energías de fuentes renovables.
	        
	        
	        Artículo 12°- Promoción. El 
Poder Ejecutivo Nacional, a través de la autoridad de aplicación, realizará 
acciones de difusión a fin de comunicar la posibilidad de la contratación 
de medición neta y la existencia de un fondo exclusivo para la financiación 
de la compra de equipos para generación domiciliaria.
	        
	        
	        Artículo 13°- Invitación. 
Invítase a las provincias y a la CiudadAutónoma de Buenos Aires a adherir 
a la presente ley y a dictar, en sus respectivas jurisdicciones, su propia 
legislación destinada a promover la producción domiciliaria de energía 
eléctrica a partir de fuentes renovables.
	        
	        
	        Artículo 14°- 
Reglamentación. El poder Ejecutivo Nacional deberá reglamentar la 
presente ley dentro de los noventa (90) días de promulgada la misma.
	        
	        
	        Artículo 15°- Comuníquese 
al Poder Ejecutivo.
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Si bien en los últimos años la 
República Argentina ha desarrollado importantes avances en cuanto a 
inversiones y a políticas de fomento en la generación de electricidad de 
fuentes renovables y uso racional de la energía, sigue teniendo una deuda 
pendiente: la microgeneración eléctrica domiciliaria a partir de fuentes 
renovables conectada a la red pública. Este tipo de generación es conocida 
en elmundo como medición neta o net metering, ya que el usuario produce 
energía en su domicilio, y conectado a la red, solo abona el consumo neto 
de electricidad a la distribuidora. 
	        
	        
	        Es decir, abona la diferencia 
entre lo consumido de la red pública y lo inyectado a la misma. Con la 
ayuda de un medidor bidireccional o dos medidores independientes, la 
distribuidora y el usuario son capaces de netear el consumo de energía del 
usuario, llegándose a remunerar los excedentes en algunos países. Los 
beneficios principales de la microgeneración con energías renovables son 
la diversificación de la matriz energética con fuentes autóctonas, 
disminución de pérdidas en la distribución, la protección del 
medioambiente, y la promoción del desarrollo y el conocimiento a través de 
la generación de empleo calificado. Como elemento adicional, la instalación 
de un sistema de microgeneración ayuda a generar una conciencia social 
en cuanto al uso eficiente de la energía, ya que permite ver de modo más 
cercano la cantidad de recurso necesario para generar la misma.
	        
	        
	        Nuestro país tiene un sistema 
eléctrico centralizado, con una matriz energética diversificada pero 
mayormente térmica con una oferta nacional que no alcanza a abastecer 
su demanda interna, con costos reales de generación cinco veces 
superiores a los valores de venta y con una demanda eléctrica por 
habitante en alza.
	        
	        
	        Según el Informe Anual 2010 
publicado por CAMMESA, la capacidad instalada de la Argentina estaba 
compuesta al 31/12/2010 por 28.665MW de los cuales 11.036 MW (38%) 
de centrales hidroeléctricas,16.624 MW (58%) de centrales térmicas 
convencionales y 1.005 (4%) de centrales nucleares. La energía generada 
en 2010 y destinada al servicio público fue de 115.735 GWh (111.333 Gwh 
en 2009); y tuvo en un 57.4% origen térmico (55% en 2009), 34.7% 
hidráulico (36,2%en 2009), 5,8%nuclear (6.8 % en 2009) y 2% procedió de 
la importación (1,8% en 2009). Si comparamos cifras de la composiciónde 
la oferta de energía por fuente a través de los años (1992- 2010), 
observamos que la generación térmica tiende a incrementarse (de46% en 
1992 a 57.4 % en 2010), siendo el principal combustible parala generación 
térmica el gas natural.
	        
	        
	        En cuanto a la oferta y a la 
demanda energética, en 2010, Argentinaimportó energía de Brasil (1.203 
GWh), de Paraguay (437 GWh) de Uruguay (711 GWh) por un total de 
2.351 GWh y exportó una total de359 GWh mayormente a Uruguay (342 
GWh) y poco a Brasil (17GWh). Es decir, importó un total neto de 1.992 
GWh, o un 2% de su energía eléctrica. Desde el año 2002, este porcentaje 
no ha variadoen promedio. Lo que sí cabe destacar es la importación de 
gas que la Argentina ha incrementado en los últimos años. De ser un país 
exportador de hidrocarburos, en 2009 se convirtió en importador. 
Conrespecto al parque generador, en 2010 la generación ingresante, 
incluyendo los 97 MW de generación distribuida de ENARSA, estuvo en el 
orden de los 1100 MW (en 2009 fueron 800 MW). 
	        
	        
	        Como podemos observar, este 
incremento en la potencia instalada de 3.8% no alcanza a cubrir el 
incremento de la tasa de crecimiento de demanda eléctrica de 5.8% según 
afirma CAMMESA. Y finalmente, otro dato que nos indica la tendencia en 
la demanda, según la Comisión de Integración Energética Regional (CIER), 
nuestro país tiene un consumo por habitante de 3.175 Kwh/hab (2009). 
Donde el consumo por habitante ha crecido de 2.438 KWh/hab en el año 
2000,a 2.871 en el año 2005 a 3.174 en 2009. Por todo lo expuesto 
podemos afirmar que la oferta crece, con grandes esfuerzos por parte del 
estado que lidera inversiones en el parque generador, en líneas de 
transmisión, y que promueve las energías de fuentes renovables(ENARSA), 
pero no alcanza a cubrir la demanda, que además tiene una tendencia a 
incrementarse más allá del crecimiento poblacional.
	        
	        
	        Con respecto al costo de la 
energía y su precio de comercialización, podemos afirmar que la energía 
cuesta 5 veces aproximadamente más de lo que vale. Según el informe 
anual 2010 de CAMMESA, el precio monómico representativo de costo 
total de operación del MEM alcanzó los 256$/MWh, frente a los 179 
$/MWh del año anterior; y el precio monómico estacional, representativo 
de lo recaudado de los agentes distribuidores fue del orden de 55 a 61 
$/MWh. De la misma forma que el año anterior los pagos de los 
demandantes no alcanzaron a nivelar los costos reales de generación y 
fueron cubiertos por aportes del tesoro nacional.
	        
	        
	        En resumen, vemos que 
nuestro país puede ser beneficiado al incorporar generación eléctrica 
distribuida de fuentes renovables ya que la misma aumentaría la oferta 
energética, ayudaría a evitar las pérdidas de transporte, elevaría el 
porcentaje de oferta de energía de fuentes renovables que es uno de los 
objetivos trazados pornuestro país (Ley N° 26.190), ayudaría a crear fuente 
de trabajo calificado, y contribuiría a concientizar a la población sobre los 
costos reales de la energía y sobre el uso racional de la misma.
	        
	        
	        Además sería tributario del 
combate real al cambio climático ya que se sabe que los combustibles 
fósiles son una de las principales causas de esa amenazante 
mutación.
	        
	        
	        La microgeneración con el 
sistema de medición neta ha sido implementada en el mundo con 
asombrosos resultados. Atento adiferentes realidades energéticas y precios 
de mercado, países de Europa, América, Asia y Oceanía han implementado 
este sistema.
	        
	        
	        Algunos remuneran los 
excedentes, otros simplemente lo computan como crédito para la próxima 
factura (roll-over); otros discriminan los usuarios y diferencian los límites 
de potencia y los beneficios, otros limitan el porcentaje de energía 
proveniente de microgeneración en el sistema eléctrico estatal o nacional; 
pero todos, absolutamente todos, tienen un común denominador: un 
sistema simplificado para la adhesión al sistema, e incentivos fiscales y 
crediticios para promover la inversión privada y convertir la 
microgeneración en apetecible económicamente para el usuario.
	        
	        
	        La medición neta se encuentra 
altamente consolidada en los Estados Unidos; en algunos estados desde 
hace más de 30 años. Los casos emblemáticos son los del estado de 
Oregon, California, Colorado y Texas. Un aspecto a destacar enla 
regulación norteamericana es que muchos estados han diferenciado entre 
pequeños y grandes clientes, lo cual ha funcionado bien para disminuir las 
barreras de entrada a clientes residenciales.
	        
	        
	        Además, diferencias a los 
pequeños clientes que operan con equipos certificados y los que no, 
exigiendo a los primeros menos requerimientos técnicos. En Europa la 
situación es un tanto distinta. Si bien los países europeos se encuentran 
liderando el campo de las energías renovables, la experiencia en cuanto a 
medición neta se refiere es distinta entre los diferentes países. Italia ha 
demostrado tener éxito debido a su legislación detallada y a medida del 
mercado.
	        
	        
	        En cuanto a Latinoamérica, El 
Salvador, Panamá, México, Uruguay ya tienen un sistema de medición 
neta y en Chile está en vías de ser aprobado por el Senado.
	        
	        
	        En Uruguay, fue aprobado el 
Decreto 173/10, el cual habilita la conexión a la red de baja tensión de 
generadores de fuentes renovables de energía eólica, solar, biomasa y 
minihidráulica, entrando en vigencia a partir del 1 de julio de 2010. Este 
decreto se enmarca en la Política Energética Nacional 2005-2030 y su 
correspondiente Plan Estratégico de Implementación, tendiente a fomentar 
la utilización de fuentes autóctonas de energía, renovable, no 
tradicionales, siendo Uruguay pionero en Sudamérica en liberar la 
conexión de generación eléctrica de fuentes renovables en la red pública de 
distribución. Cabe destacar que con la creación de la Comisión 
Multipartidaria del Sector Energético en el año 2010, se alcanzó un 
consenso de la Política Energética 2005-2030 con todos los partidos 
políticos del país con representación parlamentaria constituyendo una 
verdadera política de Estado en el sector energético.
	        
	        
	        Este proyecto de ley pretende 
permitir y regular la microgeneración eléctrica domiciliaria conectada a la 
red bajo el sistema de medición neta en nuestro país. Como se aprecia en 
el articulado; los beneficiarios son todos los usuarios regulados en el 
territorio nacional, que por definición son los que tienen menos de 30 KW 
de potencia. La idea es plantear un sistema de roll-over para los 
excedentes. Es decir, los excedentes de energía que pudiere tener un 
usuario, se computarían como crédito en KWh en el próximo período de 
facturación; pero no se remunerarían. Los excedentes serían convenientes 
que caduquen en algún momento, pero se decidió dejarlo para la 
reglamentación. En cuanto a las cuestiones técnicas y de seguridad se 
menciona dos temas importantes dejando el resto a la
	        
	        
	         reglamentación; uno el tema 
de fácil y rápida desconexión y el otro tema es referido al porcentaje 
máximo de participación en la generación de electricidad para evitar 
inconvenientes de tensión en la red nacional. 
	        
	        
	        Los países que utilizan el 
sistema de medición neta plantean un máximo del 5%. Por último, se 
propone la creación de un fondo para financiar la adquisición de la compra 
de equipos para la microgeneración ya que sin incentivos crediticios, 
además de los tributarios que el estado pudiera sumar, la viabilidad de 
esta iniciativa se vería truncada.
	        
	        
	        Estoy convencido que este 
proyecto de ley, inspirado en el expediente S- 638/12 del ex senador Fabio 
Biancalani, contribuirá a construir una solución acertada al problema 
energético actual de la Argentina, y que ayudará a encaminar a nuestro 
país hacia un futuro energético más sostenible y limpio.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) | 
| DEFENSA DEL CONSUMIDOR, DEL USUARIO Y DE LA COMPETENCIA | 
| PRESUPUESTO Y HACIENDA |