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ECONOMIA

Comisión Permanente

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Jefe CPN. SILVA SANDRA BEATRIZ

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6149-D-2006

Sumario: PRORROGA DE LA VIGENCIA DE LOS REEMBOLSOS A EXPORTACIONES POR PUERTOS O ADUANAS AL SUR DEL RIO COLORADO, ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 1 DE LA LEY 23018, POR UN TERMINO DE DIEZ (10) AÑOS A PARTIR DE 1 DE ENERO DE 2007. DEROGACION DE LA LEY 24490.

Fecha: 13/10/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 152

Proyecto
Reembolso a exportaciones por puertos o aduanas al sur del Río Colorado
ARTICULO 1: Prorrógase la vigencia del reembolso adicional a la exportación de mercaderías del cual gozan los puertos y aduanas ubicados al sur del Río Colorado, establecido en el artículo 1º de la ley 23.018, por el término de diez (10) años a partir del 1º de enero de 2007.
ARTICULO 2: Los reembolsos adicionales de los cuales gozará la exportación de las mercaderías, se ajustarán, a partir de la presente, a los porcentajes establecidos en la siguiente enumeración:
PUERTOS – REEMBOLSO
Puerto San Antonio Este – 5%
Puerto Madryn – 5%
Puerto Comodoro Rivadavia – 6%
Puerto Caleta Paula – 7%
Puerto Deseado – 8%
Puerto Punta Quilla – 9%
Puerto Río Gallegos – 9%
Puerto Río Grande – 9%
Puerto Ushuaia – 10%
En caso de que alguna mercadería se exporte desde otro puerto ubicado al sur del Río Colorado, no mencionado explícitamente en la enumeración anterior, se le otorgará el reembolso correspondiente al que se exporte por el puerto de la lista precedente cuya ubicación geográfica resulte de mayor cercanía.
ARTICULO 3: El reembolso adicional establecido disminuirá a razón de un (1) punto porcentual por año a partir del décimo año de su vigencia, hasta su extinción paulatina.
ARTICULO 4: Derógase la ley 24.490
ARTICULO 5: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El objetivo de este proyecto es afianzar la estructura federal, promoviendo una creciente integración interna y externa de la región patagónica, prorrogando una medida de promoción económica, que en si misma ya es toda una política de desarrollo regional para los actores económicos de la región.
El modelo histórico de crecimiento y desarrollo espacial – geográfico de nuestro país es claramente diferenciado, entre un centro desarrollado con crecimiento (con actividades agroindustriales, complejos productivos y centros urbanos esparcidos) en la pampa húmeda, y una periferia conformada por el resto del país. Las asimetrías históricas demostraron ser enormes entre, una región pampeana que contiene la mayoría de la población, gran parte de la producción y del aparato productivo, como así también de los recursos culturales, y otra región extrapampeana cuyo rasgo dominante es la desarticulación de las actividades económicas, excepto en sus centros de crecimiento, basados en la explotación de productos regionales.
Este sistema, tal cual persiste en la actualidad, refuerza las inconsistencias del modelo de acumulación y desarrollo regional, vigente hasta la actualidad.
La ley 23.018, reformada por la ley 24.490, que establece el reembolso adicional para las mercaderías originadas en la región patagónica que se exporten por los puertos ubicados en su litoral marítimo, tuvo como objetivo primordial “lograr el desarrollo armónico de la zona patagónica, con especial concepción geopolítica específicamente sobre la económica, estableciendo regímenes razonablemente preferenciales y estables que favorezcan la radicación de población en dicha área”.
Asimismo, la intención de esta norma era establecer un marco de promoción de las actividades económicas, fomentando las economías regionales de la región patagónica, y propiciar la generación de herramientas que aseguren la competitividad de los productos de la región
De este modo se pretendía incentivar la radicación de empresas, el desarrollo de cadenas de valor en la región, y promover el desarrollo de actividades económicas y la generación de empleo, de modo que se promueva el desarrollo equilibrado de todas las regiones del país.
Desde 1984 las exportaciones efectuadas por los puertos y aduanas ubicados al sur del Río Colorado, gozaron del beneficio de reembolsos que en porcentajes iban del siete (7%) al doce (12%), recibiendo mayores reembolsos los puertos de las regiones más australes del país. La naturaleza de la medida implementada, tanto por la ley 23.018 como por la 24.490, no es de carácter definitivo sino transitorio, estableciendo ambas normas una fecha de extinción prevista.
El reembolso adicional a las exportaciones, es la única medida de promoción económica para el sector exportador con que las provincias patagónicas cuentan para llevar adelante y lograr la generación de asentamientos industriales y comerciales, para el desarrollo de verdaderos complejos productivos, destacándose la inexistencia de estímulos a la producción a pesar de las grandes desventajas de la región, merced de su extensión y dispersión geográfica.
Este incentivo, ha actuado como nivelador de las desigualdades económicas que deben afrontar las empresas radicadas en la Patagonia, a fin de cubrir los costos adicionales que normalmente tienen estas empresas en términos abastecimiento de insumos, logística, mano de obra, fletes y mantenimiento.
Esta iniciativa contribuyó a generar cambios de envergadura, que han impactado positivamente en toda la región, atrayendo inversiones productivas, y promoviendo que se generaran obras de infraestructura portuaria que permitieron aumentar y dinamizar el movimiento de buques por puertos patagónicos para la exportación de productos patagónicos.
Asimismo, favoreció la localización de actividades económicas y sociales, como así también el establecimiento de centros de crecimiento y la transmisión y extensión del desarrollo a otras áreas, y la concreción de estrategias de desarrollo regional para la consolidación de algunos complejos productivos de envergadura basados en la explotación de recursos propios de la región.
Esta situación comenzó a romper con una tendencia histórica, a partir de la cual los productos primarios de la Patagonia eran trasladados para su exportación hacia puertos de la provincia de Buenos Aires, desde los cuales se exportaban. Este fue un proceso que hace a la realidad histórica de nuestro país, y no se limita solamente a la región patagónica sino que se reproduce con todas las regiones del país, razón que permitió se consolidaran situaciones de tremenda desigualdad en términos demográficos y de distribución de la riqueza durante mucho tiempo.
Esta medida apunta a disminuir la brecha y asimetrías existentes entre las regiones del país, tratando de superar las relaciones centro – periferia que rigieron históricamente en nuestro país, en lo económico, social y cultural.
Entendiendo que es función del Congreso Nacional proveer al crecimiento armónico de la Nación y al poblamiento de su territorio, como así también promover políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar el desigual desarrollo relativo de provincias y regiones, la presente iniciativa pretende prorrogar la vigencia del reembolso a las exportaciones para los puertos y aduanas que se encuentran al sur del Río Colorado por un período de diez años.
Además de la prorroga establecida en el artículo 1, se propone que los reembolsos adicionales dispuestos sean inferiores a los que se establecían en las leyes 23.018 y 24.490, y que los porcentajes establecidos como reembolsos disminuyan a razón de un punto porcentual a partir del décimo año de vigencia hasta su extinción paulatina.
Esta iniciativa, que genera un gran beneficio para toda la región patagónica, y contribuye al objetivo de lograr un desarrollo armónico de la zona sur de nuestro país, no atenta contra la posibilidad de desarrollo de las demás regiones del país, como así tampoco perjudica las posibilidades comerciales de otros puertos y/o aduanas del país.
Si se pretende que se desarrolle una Argentina fuerte y verdaderamente integrada, es imperante generar herramientas de promoción económica que fomenten la generación de circuitos de inversiones que posibiliten aprovechar las potencialidades de las diferentes regiones del país. Esta es la naturaleza de este proyecto, que promueve generar condiciones para la búsqueda de un modelo de desarrollo equilibrado y sustentable a nivel federal.
Sin lugar a dudas este proyecto fomenta la realización de obras de infraestructura, la disminución de los costos de producción, y de este modo favorecen la concreción e instalación de nuevas actividades económicas. Esta dinámica es la que posibilitaría la acentuación de los procesos de acumulación en la región, y la concreción de estrategias de desarrollo regional para la consolidación de complejos industriales.
Por lo expuesto, y convencido de la importancia que acarrea esta iniciativa para toda la región patagónica, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CANEVAROLO, DANTE OMAR SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CORDOBA, JOSE MANUEL SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
INGRAM, RODDY ERNESTO CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GUTIERREZ, GRACIELA BEATRIZ SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DE BERNARDI, EDUARDO CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ECONOMIA (Primera Competencia)
COMERCIO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO DE BERNARDI (A SUS ANTECEDENTES)