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ECONOMIA

Comisión Permanente

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Jefe CPN. SILVA SANDRA BEATRIZ

Jueves 11.30hs

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 6793-D-2013

Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA RESTITUCION A LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE LAS ZONAS FRANCAS DE RIO GALLEGOS Y CALETA OLIVIA.

Fecha: 01/10/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 145

Proyecto
Beneplácito por la restitución a la provincia de Santa Cruz, en cumplimiento del convenio de adhesión celebrado entre la citada provincia y el Estado Nacional el 5 de diciembre de 1994, las zonas francas de Río Gallegos y Caleta Olivia.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Decreto 1388/2013 que se publicó en el Boletín Oficial establece la restitución de zonas francas para Río Gallegos y Caleta Olivia.
Con la zona franca se podrán realizar operaciones de venta al por menor de mercaderías de origen extranjero en la Zona Franca de Río Gallegos mientras que la de Caleta Olivia será exclusivamente industrial.
El objetivo de estas zonas es fomentar el comercio y la actividad industrial exportadora a través de la reducción de costos y la simplificación de los procedimientos administrativos, ofreciendo, además, incentivos fiscales.
Las zonas francas comerciales son un sinónimo de bienestar económico para los residentes de un lugar. Los impactos directos que genera el régimen en el área promovida: mayor empleo y mayor nivel de actividad económica
Son espacios en los cuales la mercadería no es sometida al control habitual del servicio aduanero y tanto su introducción (importación) como su extracción (exportación) no están gravadas con tributos -salvo las tasas retributivas que pudieran establecerse- ni alcanzadas por prohibiciones de tipo económico. (Ley 22415 - Código Aduanero - Art. 590).
En 90 días, el Estado Provincial deberá realizar el llamado a Licitación para la adjudicación de la construcción y delinear el espacio territorial de los predios donde se ubicarán los nuevos capitales privados que operarán comercialmente.
Para disponer de la medida, entre otras razones, dice el Decreto, se destaca la baja de la densidad poblacional y la lejanía de la Provincia respecto de los grandes centros urbanos del país, situación que conspira contra la posibilidad de radicación de nuevas industrias, con consecuencias negativas con relación a la creación de fuentes de trabajo. Así como tampoco puede dejar de considerarse la influencia que, en la economía local, produce la cercanía de la Zona Franca Punta Arenas, en la República de Chile. Y que además de ello, con la construcción de las represas Presidente Néstor Carlos Kirchner y Gobernador Jorge Cepernic, el futuro excedente energético que se genere podrá aprovecharse para la nueva puesta en funcionamiento de las referidas zonas francas.
Las zonas francas a Santa Cruz tendrán un carácter comercial en Río Gallegos e industrial en Caleta Olivia. Al respecto, en el Decreto de restitución, el Poder Ejecutivo Nacional establece que "convendrá con los gobiernos provinciales el establecimiento de estas áreas que estarán ubicadas en regiones geográficas cuya situación económica sea crítica o que por su vecindad con otros países así lo requieran"
En 1996 el gobierno nacional dejó sin efecto el Decreto 520/95, por el cual se habilitaba la instalación de zona franca en la provincia de Santa Cruz.
Nuestra presidenta Cristina Fernández de Kirchner expresó que las zonas francas y el interconectado proveerán a la región y a la provincia, un importante desarrollo energético y comercial que es histórico y único en la Patagonia.
Con las represas hidroeléctricas, zona franca y la usina de Río Turbio, se fomentará el desarrollo industrial, la competitividad y la capacidad productiva de la provincia.
Resulta ineludible disponer la restitución de las Zonas Francas de Río Gallegos y de Caleta Olivia a la Provincia de Santa Cruz, propugnado así su definitiva puesta en funcionamiento, en un todo de acuerdo con la política de crecimiento nacional, en la que el desarrollo regional y federal se constituye como un objetivo primordial.
Por las razones expuestas, solicito la aprobación del presente proyecto de declaración
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
METAZA, MARIO ALFREDO SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ELORRIAGA, OSVALDO ENRIQUE ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SOLANAS, JULIO RODOLFO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
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