JUSTICIA

Comisión Permanente


Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 423

Secretario administrativo DRA VILLARES MARIANA

Miércoles 16.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2418 Internos 2418/17

cjusticia@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0100-D-2008

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA RESOLUCION 12/2007 Y LA DISPOSICION 67/2008, EMITIDAS POR EL MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS QUE SUSPENDEN LOS PROCESOS DE SELECCION PARA LA COBERTURA DE DIVERSOS CARGOS EN LA "OFICINA ANTI CORRUPCION".

Fecha: 03/03/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para solicitarle información referida a la Resolución 12/2007, y a la Disposición 67/2008, emitidas ambas por el Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, a saber:
1. Motivos reales por la cual la Resolución 12/2007, establece dejar sin efecto, los procesos de selección para la cobertura de diversos cargos con funciones ejecutivas en la Oficina Anticorrupción, del Ministerio.
2. Informar detalladamente en cada caso, las causales que motivaron la anulación de dichos concursos ganados por los cinco principales investigadores del organismo que debe velar por la transparencia del Poder Ejecutivo, que se encuentran ahora, sin estabilidad ni autonomía, su permanencia depende de la decisión de un funcionario, que con su sola firma y sin pago de indemnización puede dejarlos cesantes.
3. Se solicita se explicite la motivación de nulidad en las designaciones de los concursos a los cuales se refiere el presente pedido, dado que para la Oficina Anticorrupción comenzaron a implementarse en 2003 durante la gestión de Gustavo Beliz en el Ministerio de Justicia y Néstor Kirchner en la Presidencia. El concurso implica una estabilidad ajena a decisiones personales. La estabilidad posibilita la independencia del investigador.
4. El proceso de los concursos incluyó el cotejo de antecedentes, pruebas escritas, análisis externo de especialistas, evaluación del Gobierno y de representantes sindicales. En noviembre pasado, el entonces Ministro de Justicia Alberto Iribarne firmó las designaciones y las elevó para que sean avaladas por la Secretaria Legal y Técnica de la Nación y publicadas en el Boletín Oficial. Ahora el nuevo Ministro las deja sin efecto por dicha Resolución Ministerial. Detallar si existieron actos administrativos en la Administración anterior que incumplieron las normas vigentes del Ministerio que han obligado a la anulación de los concursos. En este último caso que acciones se han tomado para calificar las decisiones de aprobación de los mismos.
5. Detallar los fundamentos que han establecido con otra disposición del Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, que lleva el número 67/2008: todo pedido de informes a cualquier dependencia del Poder Ejecutivo tiene que llevar la firma del titular de la OA, Abel Fleitas Ortiz de Rozas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La embestida oficial contra un organismo de control fue publicada en el Boletín Oficial, pocos lo pudieron advertir, quizá por la fecha elegida por el Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, para divulgar su primera decisión como flamante titular del área de Justicia: 24 de diciembre, víspera del feriado de Navidad. Quizá también por la apariencia técnica e inofensiva de la resolución 12/2007 que ordena: "Déjense sin efectos los procesos de selección para la cobertura de diversos cargos con funciones ejecutivas de este Ministerio".
Nada mas y nada menos se trata de la Oficina Anticorrupción encargada de investigar las conductas de los funcionarios en las decisiones que adoptan en la gestión de administración de áreas de gobierno. Ahora queda el camino libre para lo que sea, no se investigará nada porque los encargados de hacerlo están a disposición de lo que dispongan sus superiores, llegando a su posible cesantía
Todo un ejemplo de anti - Democracia y respeto a los derechos más elementales que han sido avasallado por dicha Resolución.
La misma ha dejado sin efecto los procesos de selección para la cobertura de diversos cargos con funciones ejecutivas en la Oficina Anticorrupción, las designaciones por concurso en la Oficina Anticorrupción comenzaron a implementarse en 2003 durante la gestión de Gustavo Beliz en el Ministerio de Justicia y Néstor Kirchner en la Presidencia. El concurso implica una estabilidad ajena a los vientos políticos. Y la estabilidad posibilita la independencia del investigador.
El proceso incluyó el cotejo de antecedentes, pruebas escritas, análisis externo de especialistas, evaluación del Gobierno y de representantes sindicales. En noviembre pasado, el todavía ministro de Justicia Alberto Iribarne firmó las designaciones y las elevó para que sean avaladas por la Secretaria Legal y Técnica de la Nación y publicadas en el Boletín Oficial. Fue el principio del fin de los concursos
El Gobierno Nacional anuló los concursos ganados por los cinco principales investigadores de la Oficina Anticorrupción. Estos funcionarios pierden así la garantía de estabilidad y dependen de la voluntad del Ministro, que con su sola firma y sin pago de indemnización puede dejarlos cesantes.
Otra disposición del ministro Fernández, la que lleva el número 67/2008: todo pedido de informes a cualquier dependencia del Poder Ejecutivo tiene que llevar la firma del titular de la OA, Abel Fleitas Ortiz de Rozas. Hasta esa resolución, los investigadores disponían de autonomía para avanzar sobre indicios de corrupción en el Poder Ejecutivo. Podían requerir precisiones, documentos y hasta expedientes, sin pasar por el "filtro" del jefe de la Oficina.
Como se aprecia el único Control de las conductas de los funcionarios conseguidos a través de una normativa que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION mediante la Ley de Ministerios (t.o.1992) y sus modificatorias creó la OFICINA ANTICORRUPCION en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS con el cometido de elaborar y coordinar programas de lucha contra la corrupción y ejercer las competencias y atribuciones establecidas en los artículos 26, 45 y 50 de la Ley Nº 24.946.
Que, además, la Ley de Ministerios reconoce al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS la potestad de entender en los programas de lucha contra la corrupción e intervenir como parte querellante en los procesos en que se encuentre afectado el patrimonio del Estado.
Que, la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 99 incisos 1) y 2) de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 17 de la Ley Nº 25.064.
Por todas estas consideraciones solicitamos a los señores legisladores la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GALVALISI, LUIS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
AMENTA, MARCELO BUENOS AIRES RECREAR PARA EL CRECIMIENTO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)