Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Justicia »

JUSTICIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 423

Secretario Administrativo DRA VILLARES MARIANA

Miércoles 16.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2418 Internos 2418/17

cjusticia@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 1185-D-2016

Sumario: CREACION DE DOS JUZGADOS FEDERALES DE PRIMERA INSTANCIA CON COMPETENCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL, EN LA CIUDAD DE ROSARIO, PROVINCIA DE SANTA FE.

Fecha: 31/03/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 21

Proyecto
ARTÍCULO 1: Créase DOS (2) JUZGADOS FEDERALES DE PRIMERA INSTANCIA con competencia en lo criminal y correccional federal, en la ciudad de Rosario, Provincia de SANTA FE.
ARTÍCULO 2: Competencia Territorial. Los juzgados federales que por la presente se crean, tendrán competencia en los departamentos de BELGRANO, CASEROS, CONSTITUCIÓN, GENERAL LÓPEZ, IRIONDO, ROSARIO Y SAN LORENZO todos ellos pertenecientes a la provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 3: Créase DOS (2) FISCALÍAS DE PRIMERA INSTANCIA y DOS (2) DEFENSORÍAS PÚBLICAS OFICIALES DE PRIMERA INSTANCIA, que actuarán ante cada uno de los Juzgados Federales que se mencionan en el art. 1 de la presente ley.
ARTÍCULO 4: Créase para cada uno de los Juzgados los cargos de magistrados, funcionarios y empleados a que se refiere el Anexo I que forma parte de la presente ley.
ARTÍCULO 5: Luego de la creación de los Juzgados a que hace referencia la presente ley, serán remitidas las causas que por competencia le corresponden y de acuerdo a lo que resuelva al respecto la Corte Suprema de Justicia de la Nación y/o el Consejo de la Magistratura.
ARTÍCULO 6: La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario con asiento en la ciudad de Rosario (Santa Fe), será el tribunal de alzada de los juzgados que por intermedio de la presente se crean.
ARTÍCULO 7: Para la debida instalación y funcionamiento de los juzgados creados por esta ley, la Corte Suprema de Justicia de la Nación y/o el Consejo de la Magistratura dispondrán de lo necesario. En el mismo sentido la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación dispondrán de lo necesario para el funcionamiento de las fiscalías y las defensorías.
ARTÍCULO 8: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene como objeto la creación de dos (2) Juzgados Federales de Primera Instancia con competencia en lo correccional y criminal, en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
La provincia de Santa Fe se conforma de 19 departamentos repartidos a lo largo y ancho de su extensión territorial. La cantidad de habitantes, según el censo del año 2010, es de 3.369.365, sin embargo, cuenta solamente con 8 juzgados federales, a saber: un juzgado federal en Reconquista, uno en Rafaela, dos Juzgados en Santa Fe y cuatro en Rosario (dos de competencia plena menos penal y dos con competencia penal -criminal y correccional-).
En consonancia con lo expuesto, creemos necesaria la creación de otros dos juzgados federales ya que los que se encuentran en funcionamiento actualmente en la ciudad de Rosario con la competencia normada en la ley Nº 24.050 de "Competencia e integración del poder judicial de la Nación en materia penal", no logran cubrir el cúmulo de demandas que se presentan día a día, teniendo en cuenta que los mismos tienen competencia material en causas de Derechos Humanos, en causas sobre narcotráfico, demás delitos federales y en materia civil, comercial, laboral, tributaria, contencioso administrativo, leyes especiales y seguridad social. La función social que cumplen dichos juzgados es de suma importancia ya que nos encontramos con causas judiciales que se configuran como políticas de Estado, reconocimiento de derechos, memoria y verdad en las causas de Derechos Humanos, como asimismo, causas que velan por el desmantelamiento del crimen organizado de narcotráfico que tanto ha crecido en los últimos años en la ciudad de Rosario y en la provincia de Santa Fe.
La carencia de juzgados genera el incumplimiento del precepto de afianzamiento de la justicia y de las garantías constitucionales de los habitantes del pueblo como lo establece el artículo 18 CN que prescribe la inviolabilidad de la debida defensa en juicio.
En este sentido de acuerdo al artículo 75 inciso 20 de la Constitución Nacional, es competencia del Congreso "establecer tribunales inferiores a la Corte Suprema de Justicia; crear y suprimir empleos, fijar sus atribuciones, dar pensiones, decretar honores, y conceder amnistías generales.", y es por ello que en el ejercicio de las funciones legislativas que nos competen debemos analizar el funcionamiento de los tribunales existentes y la conveniencia de la creación de nuevos que satisfagan las necesidades sociales y efectivicen el cumplimiento de los derechos y garantías antes mencionados.
Es dable destacar que el mandato establecido por nuestra Constitución puede ser interpretado hoy en día, como motor impulsor del acceso a la justicia entendido en un sentido amplio y no solamente como acceso a la jurisdicción. Siguiendo esta interpretación se promueve un modelo de Estado que asuma los derechos de las personas como obligaciones y se compromete a remover todos aquellos obstáculos que impiden el ejercicio pleno y efectivo de los derechos fundamentales. Es por ello que la creación de nuevos juzgados, cuando los existentes no cubren las demandas sociales, se configura como una medida que promueve y garantiza el acceso a la justicia.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de Ley para su aprobación.
Proyecto

ANEXO

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS
Juez Federal de Primera Instancia: 1
Secretario de Juzgado: 2
PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO.
Prosecretarios Administrativos: 2
Jefes de Despacho: 2
Escribientes Auxiliares: 3
PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES, OBRERO Y MAESTRANZA
Ayudante (Ordenanza): 1
MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS
Fiscal de Primera Instancia: 1
Secretarios: 2
PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO
Prosecretarios Administrativos: 2
Jefes de Despacho: 2
Oficiales: 2
Escribientes Auxiliares: 3
PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES, OBRERO Y MAESTRANZA
Ayudante (Ordenanza): 1
MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA
MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS
Defensor Oficial: 1
Secretario: 1
PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO
Prosecretario Administrativo: 1
Jefe Despacho: 1
Oficial Mayor: 1
Oficial: 1
Escribientes Auxiliares: 2
PERSONAL DE SERVICIOS GENERALES, OBRERO Y MAESTRANZA
Ayudante (Ordenanza): 1
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CLERI, MARCOS SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RAMOS, ALEJANDRO SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SEMINARA, EDUARDO JORGE SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CARRIZO, NILDA MABEL TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARLETTA, MARIO DOMINGO SANTA FE UCR
GONZALEZ, JOSEFINA VICTORIA SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0793-D-18