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JUSTICIA

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA VILLARES MARIANA

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1575-D-2018

Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES A LA MINISTRA DE SEGURIDAD DE LA NACION, LICENCIADA PATRICIA BULLRICH, Y AL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION, DOCTOR GERMAN CARLOS GARAVANO, SOBRE LA INICIATIVA DE CONSTRUIR UNA CARCEL FEDERAL EN LA LOCALIDAD DE FRAY LUIS BELTRAN, PROVINCIA DE SANTA FE.

Fecha: 28/03/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo para que ordene la inmediata concurrencia de la Ministra de Seguridad Lic. Patricia Bullrich y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos Dr. Germán Carlos Garavano, en los términos de los artículos 71 de la Constitución Nacional y 204 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, para ser interpelados ante el pleno de esta Cámara sobre la iniciativa de construir una cárcel federal en la localidad de Fray Luis Beltrán, provincia de Santa Fe en el predio donde funcionaba el ex Batallón de Arsenales 603, declarado como centro clandestino de detención y parte del circuito “Sitio de la Memoria” junto a otros predios del Gran Rosario.
En atención por la inminente construcción de una cárcel federal dictaminada por el gobierno nacional, los/as funcionarios/as deberán responder:
1. Informen sobre el proyecto de construir una cárcel de máxima seguridad en la localidad de Fray Luis Beltrán: fundamentos, objetivos y plazos;
2. Explicitar el contenido de la Ley Nacional 26691 y el decreto de la provincia de Santa Fe N° 0481/2013 y detallar si se ha considerado dicha legislación: ¿cómo se relaciona la iniciativa de emplazar una cárcel federal con el artículo 2° de la Ley 26691 que estipula la preservación de los Sitios de Memoria?
3. Fundamentar con las leyes nacionales la compatibilidad de establecer una cárcel federal donde funcionó un centro clandestino de detención.
4. Informar la situación de los distintos Sitios de la Memoria de la provincia de Santa Fe y en particular del Gran Rosario;
5. Informar los gastos económicos empleados para el emplazamiento de una cárcel federal, y justificar los mismos sabiendo de la situación económica y productiva de Fray Luis Beltrán;
6. Explicitar los objetivos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en lo contendiente al proceso de Memoria, Verdad y Justicia llevado adelante en nuestro país, y en particular con la declaración de “Sitio de la Memoria” del predio mencionado;
7. Explicitar la cantidad de efectivos policiales, personal de seguridad, y presos que alojará semejante proyecto.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sr. Presidente, por medio del presente proyecto solicitamos la inmediata y urgente respuesta ante la iniciativa de transformar el predio donde funcionó el Batallón de Asenales 603 en una cárcel federal, dejando de lado la legislación vigente en materia de derechos humanos y el proceso de memoria, verdad y justicia que lleva adelante nuestro país, el repudio generalizado de la población de Fray Luis Beltrán, y la desatención a las potencialidades productivas y económicas del lugar.
El día 13 de marzo distintos funcionarios nacionales, representantes del Ministerio de Seguridad, Justicia y Defensa, personal del Servicio Penitenciario, y funcionarios de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, visitaron la localidad de Fray Luis Beltrán; dicho encuentro aconteció para proyectar una cárcel federal en el predio donde funcionó el Batallón de Arsenales 603. Desde el año 2015 es una base de Apoyo Logístico denominada “San Lorenzo” y funcionan dos establecimientos educativos.
El Batallón, predio perteneciente al Ejército Argentino, integró un circuito represivo junto con centros clandestinos de detención del Gran Rosario como La Calamita (Granadero Baigorria), la Intermedia (la Ribera) y Quinta de Funes. Todos ellos dependientes del Comando del Segundo Cuerpo de Ejército, responsable de la represión ilegal en Santa Fe y el Noreste de la Argentina. Nos preguntamos entonces: ¿cómo es posible la utilización de este sitio para la detención de personas? ¿No es contradictorio con el proceso de memoria, verdad y justicia que lleva adelante nuestro país desde la recuperación de la democracia?
La ley Nacional 26.691 que declara sitios de memoria del terrorismo de estado a los lugares que funcionaron como centros clandestinos de represión ilegal, destaca en su artículo 2: “El Poder Ejecutivo Nacional garantizará la preservación de la memoria de lo acontecido durante el terrorismo de Estado en nuestro país” ¿Está el gobierno nacional incumpliendo una ley? ¿cómo se preserva la memoria de lo acontecido si se busca re utilizar este predio para otros fines? En su Art. 5, inciso C: “transmitir la memoria histórica de los hechos ocurridos durante el terrorismo de Estado y especialmente las violaciones a los derechos humanos cometidas en los Sitios”: ¿cómo se continúa el proceso de transmisión de la memoria? Por otro lado el Art. 5 inciso G: “Solicitar a los entes nacionales en cuya jurisdicción revistan los inmuebles enunciados en el artículo 3°, la cesión provisoria de espacios adecuados para el desarrollo de las actividades de difusión, promoción, preservación e investigación”; ¿cómo se seguirán llevando adelante las investigaciones pertinentes a lo acontecido bajo la represión ilegal y la tortura?
En su artículo 6, inciso A se determina que cada Sitio, disponga una marca que lo determine como Sitio acompañada de una leyenda alusiva de repudio a los hechos que acontecieron en dicho lugar; el repudio generalizado de la sociedad argentina, de los órganos nacionales, y de los organismos internacionales a lo acontecido durante la última dictadura militar es permanente y los juicios a represores continúan. El repudio a lo acontecido en este circuito del Gran Rosario es parte del proceso de re construcción de nuestra historia y fortalecimiento de nuestra memoria, por lo que la instalación de una cárcel federal no nutre al mismo. La fortaleza de la Ley 26.691 se vislumbra vehementemente en su art. 8: “se invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley, para abrir paso a la reconstrucción de nuestro pasado y en un símbolo de lo que nunca más debe repetirse”.
Este lugar, también fue señalizado como “Sitio de Memoria” bajo el Decreto de la provincia de Santa Fe N°0481/2013 que como la ley nacional antes mencionada y caracterizada, instaba a implementar las medidas necesarias a los fines de facilitar la investigación judicial de las graves violaciones a los Derechos Humanos que acontecieron en los Sitios.
Entendemos fundamental que el Estado Nacional consolide el proceso de Memoria Verdad y Justicia que se viene llevando adelante en nuestro país, generando a través de los sitios de memoria una mayor capacidad de nuestra población para reconstruir el pasado y que no vuelva a suceder como decía el primer informe de la CONADEP, Nunca Más. La última dictadura militar vino a nuestro país a modificar la estructura económica y con ello desarrolló un plan sistemático de terror y ataque a las organizaciones políticas, sociales, y sindicales, utilizando sus predios para la tortura, las violaciones, el despojo humano. El rol de nuestro gobierno nacional es utilizar estos sitios para dar a conocer a nuestra población dichas violaciones a los derechos humanos, y condenar estos hechos cotidianamente.
El establecimiento de una cárcel federal va en contra también de la situación económica, laboral y social que viven en el Rosario y particularmente en la localidad de Fray Luis Beltrán. En el año 2016, la producción local sufrió el cierre de la química Ar Zinc, donde 400 familias quedaron sin trabajo; y un contingente de trabajadores/as que fueron cesanteados en Fabricaciones Militares.
La preocupación de los vecinos de Fray Luis Beltrán aumentó y se realizó un abrazo simbólico y solidario bajo el lema “No a la Cárcel” con el apoyo del personal civil dentro del predio. Colindante funcionan dos escuelas. En reemplazo como sitio de la memoria y teniendo en cuenta la situación educativa, el gobierno nacional busca establecer una “megacárcel” destinada a personas con hechos delictivos graves e incluso ligados al narcotráfico. En este contexto la población de Fray Luis Beltrán y los medios de comunicación locales, fueron amedrentados por las fuerzas de seguridad por “buscar mayor información” “difundir la noticia” o “manifestarse en contra de la decisión nacional”. Por último cabe destacar que el intendente Cominelli sentenció: “la influencia de una penitenciaría también alcanzaría a las ciudades de San Lorenzo y Capitán Bermudez”.
Entendemos fundamental que el Poder Ejecutivo nos otorgue la información necesaria y justifique la decisión de comenzar el proyecto de construir una cárcel federal sin considerar los despidos, la situación de la producción local, la movilización de la población local, las leyes nacionales y los decretos provinciales, y por sobre todo el proceso de memoria, verdad y justicia.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE PERONISMO PARA LA VICTORIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
SEGURIDAD INTERIOR
JUSTICIA