JUSTICIA
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 1871-D-2018
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA REGLAMENTACION DE LA LEY 27210, DE CREACION DEL CUERPO DE ABOGADOS PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO.
Fecha: 11/04/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo reglamente la Ley 27.210, de creación de Cuerpo de Abogados para Víctimas de Violencia de Género.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley nacional 27.210 fue sancionada en el mes de noviembre del año 2015, tras años de lucha incansable de numerosas agrupaciones de mujeres. El colectivo Ni una Menos fue quien logró nuclear a diversas organizaciones y traccionó la sanción de la ley con una importante movilización social.
Esta norma aún no ha sido reglamentada y por lo tanto, tampoco se le ha asignado el presupuesto correspondiente para su puesta en práctica.
La ley establece la creación de un Cuerpo de Abogados que deben brindar patrocinio jurídico gratuito y asesoramiento en todo el territorio nacional a las víctimas de violencia de género en todos sus tipos y aspectos, así como en la que es ejercida “por razones de identidad de género u orientación sexual” de modo “de garantizar un acceso a una Justicia de manera oportuna y efectiva”.
La ley prevé también, que se deben celebrar acuerdos con colegios de abogados, instituciones académicas, y organizaciones de la sociedad civil para brindar la asistencia jurídica especializada en esta temática.
En este sentido, la provincia del Neuquén sancionó la ley 3106, de creación del Cuerpo de Abogadas y Abogados de las Personas Víctimas de Violencia de Género, cuyo principal objetivo es garantizar el patrocinio jurídico gratuito, y así paliar situaciones de desventaja económica en las que se encuentran en general las víctimas de violencia de género, propugnando la equiparación de las condiciones.
El proyecto que dio origen a la Ley fue presentado por el Poder Ejecutivo Provincial, fundamentando la importancia de fortalecer el “derecho humano” de acceso a la Justicia de las personas víctimas de violencia de género, en todos sus tipos y modalidades. Dando cumplimiento de esta forma a las recomendaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la causa Ivana Rosales.
Este mecanismo se halla en consonancia con las políticas públicas, implementadas desde una perspectiva de género, que viene desarrollando la Provincia en un todo de acuerdo con el artículo 45 de la Constitución de la Provincia del Neuquén y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer y las Leyes nacionales 26.485 y 27.210.
Distintas jurisdicciones del país presentaron en sus legislaturas provinciales, proyectos de similares características. Por ello resulta oportuno y necesario que se reglamente la ley nacional y se ponga en práctica, para lo que solicitamos a nuestros pares que acompañen con su voto la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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SAPAG, ALMA LILIANA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUSTICIA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 137 (2019), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |