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JUSTICIA

Comisión Permanente

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 2702-D-2018

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL DESPLAZAMIENTO DEL FISCAL JUAN PEDRO ZONI, POR PARTE DEL PROCURADOR EDUARDO CASAL.

Fecha: 08/05/2018

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 43

Proyecto
Su preocupación ante el desplazamiento del Fiscal Juan Pedro Zoni, quien interviene en la causa del Correo Argentino -entre otras-, por parte del señor Procurador Interino Eduardo Casal.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene como expresar preocupación por el desplazamiento del Fiscal Juan Pedro Zoni de su Fiscalía Federal Nº 8 de Comodoro Py, quien hasta su traslado actuaba en resonantes causas entre las que se encuentra la causa por el trunco acuerdo entre el Correo y el Estado Argentino, y por el vaciamiento del Correo, por parte del señor Eduardo Casal, Procurador Interino de la Nación.
El Fiscal federal Juan Pedro Zoni ganó un concurso para fiscal federal (Fiscalía Nº2) en Santiago del Estero pero su fiscalía nunca fue habilitada. Con 20 años de carrera judicial, fue designado por la anterior procuradora hace ya tres años (27 de agosto de 2015) a cargo de una fiscalía vacante en Comodoro Py, fiscalía sin concurso en marcha. Primero fue como subrogante y luego se le otorgó un traslado definitivo.
El procurador interino Eduardo Casal anuló la designación de su traslado definitivo y lo envió a una fiscalía criminal y correccional.
Entre las causas en las que intervenía el recientemente desplazado se encuentra el intento de condonación de la deuda del Correo Argentino en un acuerdo con el propio Estado y otra por las maniobras de vaciamiento posteriores. Zoni había imputado el año pasado al Presidente de la Nación y amplió recientemente imputaciones cuando la fiscal Boquín denunció maniobras de vaciamiento en medio de las negociaciones para el acuerdo por las cuales se habrían beneficiado con retiros de dinero Socma y Sideco. Entre los nuevos imputados esta la jueza del concurso, Marta Cirulli, quien habilitó retiros de dinero a lo largo de 2016 por cerca de 10 millones de pesos.
Días antes de su traslado Zoni pidió nuevas medidas de prueba para determinar –en parte- si hubo negociaciones incompatibles. Se basó en un informe de la PIA (Procuraduría de Investigaciones Administrativas), dependencia que conduce el fiscal Sergio Rodríguez, que enumeraba una serie de reuniones, diez al menos, entre funcionarios y directivos del Correo, y en algunas habría participado el propio presidente Macri.
Otra de sus causas renombradas es la que investiga la cuenta de Alberto Nisman en Estados Unidos en el Banco Merrill Lynch de Nueva York, donde están bajo sospecha de lavado de dinero su madre Sara Garfunkel y su hermana Sandra Nisman, además de Diego Lagomarsino.
También había impulsado pruebas en una de las causas contra el ministro de Finanzas, Luis Caputo, por la emisión del bono a cien años, aunque esta causa terminó unificada con otra en donde se investigan cuentas off shore del ministro.
Del Régimen de traslados de fiscales. La legalidad del nombramiento de Zoni en Comodoro Py
La facultad del/de la titular del Ministerio Público Fiscal de trasladar fiscales se encuentra legalmente reconocida desde hace aproximadamente 20 años. La ley 24.946, norma que regulaba el funcionamiento del Ministerio Público Fiscal antes de la entrada vigencia de la ley orgánica actual, establecía en su artículo 15 que:
“Los integrantes del Ministerio Público sólo con su conformidad y conservando su jerarquía, podrán ser trasladados a otras jurisdicciones territoriales […]”.
El Congreso de la Nación, en ocasión de discutir y aprobar en el año 2015 la nueva Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (ley 27.148), mantuvo incólume esta facultad en cabeza del/de la Procurador/a General de la Nación. En efecto, en el artículo 64 de esa ley se establece que:
“Traslados. Los magistrados, funcionarios y empleados del Ministerio Público Fiscal de la Nación no podrán ser trasladados sin su conformidad fuera de sus provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
La consagración legal de la potestad del/de la Procurador/a General de la Nación de trasladar fiscales responde al principio de unidad de actuación de este organismo y a la dinámica de funcionamiento propia del Ministerio Público Fiscal — en especial, su necesaria versatilidad para afrontar las labores concernientes a la persecución penal—.
Es por ello que esta atribución está expresamente prevista en la gran mayoría de las legislaciones del derecho comparado: Guatemala, decreto 18/2016, arts. 11, inc. 8, 71 y 72; Uruguay, ley 19.334, art. 5, inc. j; Bolivia, ley 260, arts. 30, inc. 10, y 23; Perú, decreto 052, art. 59; Paraguay, ley 1562/2000, art. 80; Costa Rica, ley 7442, modif. por ley 7728, art. 25, inc. g; Ecuador, Código Orgánico de la Función Judicial, art. 101; Colombia, decreto 16/2014, art. 4, inc. 26; Honduras, decreto 228/93, art. 24, incs. 13 y 14; Venezuela, Ley Orgánica, arts. 97 y 98; Chile, Reglamento Interno para Fiscales, arts. 21 y 98; República Dominicana, ley 133/11, art. 30, inc. 13 y art. 47, inc. 5; Nicaragua, ley 346, art. 14, inc. 8).
La causal de su traslado por parte del Procurador Casal pudo conocerse a través de los medios de comunicación: como la fiscalía de Santiago del Estero por la que concursó Zoni no está habilitada, entonces no existe, por lo tanto “mal podía invocarse la existencia o disponerse un traslado de ella hacia otra”. Esto acarrearía nulidad según el Procurador interino.
En primer término debemos decir, en consonancia con el “régimen de traslados” señalado, que los dos requisitos instaurados por el Procurador Casal –derivados de su nulidad-, a saber: 1) provenir de fiscalía habilitada y 2) haber ejercido un tiempo en el lugar para el que fuiste seleccionado, son dos requisitos por él inventados sin sustento legal. Si bien es cierto que aparecieron en anterior proyecto de ley, este proyecto no tuvo siquiera tratamiento en comisión, por lo cual no existen como tales y se encuentra así vedada su implementación. Ejemplo de ello es que ninguno de los procuradores anteriores los tuvo en cuenta, jamás.
Pasando ya a un análisis racional de las medidas adoptadas tanto por la Procuradora Gils Carbó como por el actual Procurador Interino Casal, la causal alegada por este último bien podría sopesarse con un contra argumento lógico que indica que mientras no se habilite la fiscalía concursada, quien ganara un concurso podrá cumplir funciones en otra fiscalía vacante, pues de lo contrario su único destino sería esperar sin posibilidad de objeción a que se abra la fiscalía concursada, lo cual podría durar años como en el presente caso. Incluso la aplicación de estos dos requisitos mencionados, habilita la realización de una posible maniobra fraudulenta que consiste en no abrir arbitrariamente una fiscalía por conocer de antemano quién ganó el concurso y no poder evitar su nombramiento en el juego de las mayorías en el Congreso. Así mismo entiendo que una salida racional para ocupar cargos de fiscalías vacantes es echar mano a quienes ya ganaron un concurso en similares condiciones, pues acreditaron idoneidad y solvencia para el cargo, todo mientras se realice el concurso pertinente para la fiscalía en vacancia.
Pero lo que poderosamente nos llama la atención es que el procurador interino no actuó en todos los casos de la misma forma, por lo que asoma -aún más- la posibilidad de arbitrariedad en la anulación de la designación de Zoni.
Es que en el mes pasado, Casal firmó el traslado de Santiago Marquevich que paso de Rosario a Hurlingham, de similares características al caso Zoni. Tampoco puso en duda otros tantos traslados anteriores, de la misma época que el de Zoni y en el mismo Comodoro Py. Otro que juró para un cargo pero ocupa otro, es Ignacio Mahiques, hermano del representante del Poder Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura e hijo de Carlos Mahiques, camarista que fue trasladado por Mauricio Macri de la Casación ordinaria a la federal. Fuentes cercanas a Casal le trasmitieron al diario “La Nación”, que la situación de Ignacio Mahiques es diferente porque su traslado de la fiscalía de Victoria, Entre Ríos, para la que concursó, a la de Capital Federal, no fue definitiva sino transitoria. Ignacio Mahiques tiene hoy a su cargo una fiscalía de instrucción porteña, pero además colabora con el fiscal federal Gerardo Pollicita en el fuero federal, donde juntos pidieron la indagatoria de la expresidenta Cristina Kirchner.
Incluso su argumento de que no se trataría de “un auténtico traslado” lo que conllevaría a una nulidad de la resolución que lo dispuso, deviene contradictoria con su actuar, pues él mismo –Casal- realiza un traslado de Zoni a otra fiscalía de otro fuero menor.
Nos preguntamos ¿el traslado de Zoni a Comodoro Py deviene nulo pues nunca fue habilitada su fiscalía concursada pero cuando el mismo Casal lo traslada al fuero nacional correccional se subsanaría el vicio? Necesitamos que se nos aclare.
Entendemos que la única medida legal que pudo haber tomado el Procurador Casal para trasladar al fiscal Zoni es haber posibilitado la habilitación de la fiscalía por este concursada.
No podemos desconocer ni hacernos los distraídos de que el hoy fiscal desplazado imputó a varias personas luego de conocer el intento del Correo de lograr una condonación de 4000 millones de pesos por parte del Gobierno Nacional, entre ellas al mismísimo presidente Mauricio Macrí, quien luego designo al procurador Casal como interino. También imputó al entonces ministro de Comunicación, Oscar Aguad, a su representante jurídico en el acuerdo, Juan Moccoroa, que había reconocido seguir “instrucciones” del ejecutivo para aceptar la oferta del Correo.
Quien también sufre persecución es la fiscal de Cámara Gabriela Boquin, quien fuera la denunciante del acuerdo Correo-Gobierno Nacional al cual tildó de “abusivo” y “ruinoso” para las arcas públicas, y que también detectó intentos de vaciamiento en favor de Socma y Sideco Americana, las empresas controlantes del Correo. Recordemos que el acuerdo establecía un irrisorio uno por ciento de interés y un cómodo plan de pagos hasta el 2033.
El expediente del concurso del Correo lleva 17 años en trámite y nunca se decretó la quiebra, la cual arrastraría a las controlantes SOCMA y Sideco, empresas de los Macri. A Boquin también el Correo ha intentado sacarla de la causa y se le ha cuestionado en todo momento su facultad probatoria. En especial desde que denunció presuntas maniobras de vaciamiento de la empresa. Sobre esta discusión, la Cámara Comercial debe resolver si hace lugar a un recurso extraordinario del Correo Argentino para que sea la Corte quien opine sobre las potestades de Boquín. Si la Cámara hiciera lugar, quedará suspendida toda investigación sobre el vaciamiento hasta que los supremos decidan.
Por la denuncia del acuerdo se abrió una causa en Comodoro Py, y por la denuncia del vaciamiento, el fiscal Zoni amplió imputaciones y solicitó nuevas pruebas, entre ellas los balances de Socma y Sideco.
El nuevo fiscal para la causa del Correo será Gerardo Pollicita, quien durante los últimos años impulsó casos que dieron satisfacción al actual Gobierno, como las imputaciones contra Cristina Fernández de Kirchner por la obra pública en Santa Cruz, Hotel Alto Calafate y el Memorándum con Irán, y a Cristóbal López por la deuda de Oil Combustibles.
Por todo lo expuesto, expreso preocupación por lo sucedido e invito a mis pares, Señores Diputados y Diputadas de la Nación, a que me acompañen en el presente proyecto de declaración, con su tratamiento y aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CONTIGIANI, LUIS GUSTAVO SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
DE PONTI, LUCILA MARIA SANTA FE PERONISMO PARA LA VICTORIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA DE PONTI (A SUS ANTECEDENTES)