JUSTICIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2791-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA SITUACION DEL FUERO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 18/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 51
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional en los
términos de los artículos 100, inciso 11, de la Constitución Nacional y 204 del Reglamento
para que por intermedio del Ministerio Justicia y Derechos Humanos, informe a esta Cámara
de Diputados de la Nación diversos aspectos relacionados con la situación del fuero federal
de la seguridad social, de acuerdo con los puntos siguientes:
1. Cantidad de causas en trámite -y
pendientes aún de sentencia definitiva de primera instancia- radicadas ante los juzgados
nacionales del fuero federal de la seguridad social.
2. Número total de empleados del Poder
Judicial de la Nación que prestan servicios en los juzgados y salas de la Cámara Federal de
la Seguridad Social.
3. Plazo promedio que transcurre en los
procesos entre que se interpone la demanda y hasta que se obtiene, en los juicios apelados,
sentencia definitiva de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
4. Cantidad de prórrogas otorgadas a la
Cámara Federal de la Seguridad Social para resolver las causas elevadas a su
conocimiento.
5. Cuáles han sido las medidas adoptadas
durante los últimos diez años por el Estado Nacional para reducir los efectos negativos de la
demora en el dictado de la sentencia definitiva de la Cámara Federal de la Seguridad
Social.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente pedido de informes tiene por
objeto conocer en profundidad la realidad que atraviesa actualmente la justicia federal
previsional.
Lamentablemente, desde hace ya largos años,
quienes tenemos un mandato popular para promover y sancionar leyes que tiendan a
satisfacer el bien común de toda la sociedad, escuchamos los justos reclamos del conjunto
de las personas afectadas por los retardos en los que inexorablemente incurre la justicia del
fuero federal de la seguridad social.
Situación ésta que por supuesto, no es posible
endilgar únicamente a los funcionarios judiciales encargados de resolver tales
controversias.
Es harto sabido en ese sentido, que el fuero
federal previsional se encuentra colapsado desde hace más de veinticinco años tal como lo
manifestara en su oportunidad, la Corte Suprema a través de la acordada 14/2014.
Ahora bien, de acuerdo con los tratados
internacionales a los que la Nación ha otorgado jerarquía constitucional conforme artículo
75 inciso 22 de la Constitución Nacional, los retardos señalados constituyen una flagrante
violación reiterada a los artículos 8 (inciso 1°) y 25 de la Convención Americana de
Derechos Humanos a la que la Republica Argentina se comprometió a su estricto
cumplimiento al adherir a la misma.
Por todo lo expuesto, solicito de mis pares
acompañen el presente proyecto de resolución en miras de buscar respuestas efectivas a la
situación descripta y por todos conocida.
Firmante | Distrito | Bloque |
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TONELLI, PABLO GABRIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUSTICIA (Primera Competencia) |