JUSTICIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3900-D-2016
Sumario: DESTINO DE BIENES RECUPERADOS DE DELITOS COMETIDOS POR CAUSAS DE CORRUPCION EN LA ADMINISTRACION PUBLICA. REGIMEN.
Fecha: 23/06/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 78
DESTINO DE BIENES RECUPERADOS DE DELITOS COMETIDOS POR CAUSAS DE CORRUPCION EN LA ADMINISTRACION PÚBLICA
Artículo 1.- Establécese con carácter de orden público irrenunciable, que los bienes recuperados por el Estado Nacional como consecuencia de procesos de extinción de dominio de bienes de origen ilícito, incluyendo dineros incautados, ingresos provenientes de la explotación de bienes recuperados bajo administración de una entidad pública o privada, o el producido de la enajenación de dichos bienes, serán destinados de manera directa a financiar obras de infraestructura en salud pública, educación pública, e infraestructura para actividades sociales y viviendas.
Artículo 2.- Establécese que las obras financiadas total o parcialmente con bienes recuperados mediante procesos de extinción de dominio deberán colocar a su ingreso una placa con la leyenda “Obra financiada con fondos recuperados por el Estado Nacional para el Pueblo Argentino según Ley N°…….. CORRUPCIÓN NUNCA MÁS”.
Artículo 3.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El proyecto tiene por finalidad establecer una afectación específica de los bienes recuperados, que se utilizarán para financiar obras de infraestructura para salud pública, educación pública, e infraestructura para actividades sociales y viviendas. Es fundamental recrear la memoria activa de la sociedad para desalentar en el futuro actos de corrupción en la función pública.
Tenemos que volver a lo básico, a los fundamentos más simples e indudables de toda organización social, al concepto base de JUSTICIA. En este sentido el presente proyecto es meramente un acto de Justicia, según su definición más antigua, en base a los tres principios base desde los primeros tiempos de la organización del vivir en sociedad. Son simplemente estos tres conceptos: “honeste vivere, alterum non laedere, et suum quique tribuere”... (vivir honestamente, no hacer daño a otros y dar a cada uno lo que le corresponde).
En estos tres simples preceptos está la simiente de esta iniciativa: devolver a quien es su verdadero dueño el dinero extirpado a los deshonestos, que han causado un daño, y que es urgente reparar. Los tres principios más básicos fueron violados, y es intención que mediante esta Ley se resarzan los daños ocasionados, y que esto que activo en la memoria colectiva para que nunca más vuelva a ocurrir.
En el mismo sentido de volver a lo más básico y fundamental para toda sociedad, y parafraseando el recordado discurso del Presidente Raúl Alfonsín, “con la democracia se come, con la democracia se educa, con la democracia se cura”, el signo de este tiempo es el reclamo de democracia con transparencia, porque la corrupción hambrea, la corrupción margina y no da oportunidades, la corrupción enferma y mata. Por eso debemos decir CORRUPCIÓN NUNCA MÁS y que este compromiso se haga carne en la sociedad y en cada uno de sus integrantes.
Es necesario tener mecanismos idóneos que permitan la recuperación en favor del Estado Nacional de los bienes de origen ilícito provenientes de la corrupción. Las iniciativas que en este sentido están bajo tratamiento parlamentario, que regulan el procedimiento de extinción de dominio, son un paso fundamental que debemos dar en pos de este objetivo, y estamos en ese camino.
Tan importante como desalentar la actividad ilícita, aplicando las normas penales, es de vital importancia atacar su renta, el producido de su actividad ilícita, y recuperar lo robado y devolvérselo a su verdadero y original dueño: el pueblo argentino en su conjunto.
En esa inteligencia, es deseable que los fondos recuperados no se diluyan en forma invisible en Rentas Generales sino que se vuelque a los sectores y actividades más postergados, aquellos a quienes mayor daño causó el obrar ilícito del delincuente ahora desapoderado.
Para ello se propone que con dichos fondos se financien obras de infraestructura necesarias en las áreas de salud, educación y asistencia social, y que en las mismas, hayan sido total o parcialmente financiadas con esos fondos, lleven una placa de suficientes dimensiones que permita difundir que la obra fue realizada con fondos recuperados por el Estado Nacional para el pueblo de la Nación culminando con la invocación “CORRUPCIÓN NUNCA MÁS.
Por las razones expuestas solicito a mis pares, el acompañamiento y aprobación del presente proyecto de ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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PRETTO, PEDRO JAVIER | CORDOBA | UNION PRO |
ROMA, CARLOS GASTON | TIERRA DEL FUEGO | UNION PRO |
WOLFF, WALDO EZEQUIEL | BUENOS AIRES | UNION PRO |
NUÑEZ, JOSE CARLOS | SANTA FE | UNION PRO |
MOLINA, KARINA ALEJANDRA | LA RIOJA | UNION PRO |
BESADA, ALICIA IRMA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
LOPEZ KOENIG, LEANDRO GASTON | NEUQUEN | UNION PRO |
ACERENZA, SAMANTA MARIA CELESTE | BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
MARTINEZ, ANA LAURA | SANTA FE | UNION PRO |
WISKY, SERGIO JAVIER | RIO NEGRO | UNION PRO |
RISTA, OLGA MARIA | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUSTICIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0040-D-18 |