JUSTICIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 4089-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS RESOLUCIONES N° 121 Y 122 AMBAS DE FECHA 9 DE JUNIO DE 2015, MEDIANTE LAS CUALES SE DISPUSO LA CONVOCATORIA A CONCURSO DE ANTECEDENTES PARA CUBRIR NUEVE - 9 - CARGOS DE VOCALES DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACION, SEIS - 6 - CON COMPETENCIA IMPOSITIVA Y TRES - 3 - ADUANERA.
Fecha: 27/07/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 93
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por intermedio del
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y de los organismos y dependencias
que correspondan, informe a esta H. Cámara de Diputados sobre diversas
cuestiones relacionadas con las Resoluciones N° 121 y 122 ambas de fecha 9 de
junio de 2015 de la Secretaría de Hacienda de la Nación, mediante las cuales se
dispuso la convocatoria a concurso de antecedentes para cubrir nueve (9) cargos de
vocales del Tribunal Fiscal de la Nación, seis (6) de ellos con competencia
impositiva y los restantes tres (3), aduanera.
1.- Aclarar si la selección de los
nuevos vocales se efectuará mediante una orden de mérito, conforme al puntaje y
calificaciones obtenidos en las evaluaciones que rindan.
2.- Precisar quienes conforman la
Comisión de Evaluación de antecedentes e idoneidad y cuáles son las
responsabilidades que le caben en el mismo a la Secretaría de Hacienda,
Subsecretaría de Ingresos Públicos, Dirección General de Recursos Humanos,
Dirección de Carrera y Relaciones Laborales y Departamento de Selección y
Evaluación, conforme art. 9 de la Resolución S.H. 94 de 19/09/2003.
3.- Indicar cuál es el mecanismo
previsto y órgano facultado, para que los concursantes puedan ejercer el derecho de
impugnar y / o reparar posibles errores en las evaluaciones de sus respectivos
antecedentes.
4.- Establecer cómo se evalúan
objetivamente las condiciones exigidas por el artículo 146 primer párrafo de la Ley
11.683, texto ordenado 1998 y acreditar las condiciones exigidas por el artículo 4°
del Anexo a la Ley 25.164 y de qué manera se le aplicarán las prohibiciones del
artículo 5° del mismo texto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Diversas instituciones cuestionaron el
llamado a concurso para cubrir 9 vacantes en el Tribunal Fiscal de la Nación, el
único especializado en materias impositiva y aduanera.
En efecto, el Instituto Argentino de
Estudios Aduaneros y la Asociación Argentina de Estudios Fiscales impugnaron el
procedimiento formalmente y por escrito ante el Secretario de Hacienda Dr. Juan
Carlos Pezoa, ante la falta de claridad del llamamiento que no precisa de manera
explícita que la selección de los nuevos vocales se realizará por orden de
mérito.
El art. 147 de la ley 11683 exige "el
previo concurso de antecedentes que acrediten competencia en cuestiones
impositivas o aduaneras". Empero, la convocatoria materializada por las
resoluciones N° 121 y 122 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía
y Finanzas Públicas, hace referencia sólo a los arts. 146 y 149 de la ley de
procedimiento fiscal.
Las entidades que reclaman
recordaron, que en el concurso precedente del año 2010, tampoco se publicó el
orden de mérito para designar a los vocales del Tribunal Fiscal de la Nación,
organismo encargado de resolver las apelaciones administrativas ante decisiones
de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Al ocultarse el orden de mérito, se les
impidió a los concursantes la posibilidad de impugnar y/o reparar posibles errores
en la evaluación de los respectivos antecedentes (Fuente: diario Clarín).
En esta oportunidad, podemos
sospechar prima facie que se ha procedido de la misma manera con la
intencionalidad manifiesta de preferir a aquellos candidatos que además de los
requisitos de idoneidad exigidos por la ley, compartan la ideología del gobierno
saliente.
Es por ello, que ante la posible
irregularidad detectada solicito el acompañamiento de mis pares a fin de aprobar el
presente pedido de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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