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JUSTICIA

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DRA VILLARES MARIANA

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5031-D-2017

Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA DEMANDA JUDICIAL QUE INTERPUSO LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, PLANTEANDO LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA DISPOSICION ESTABLECIDA EN LA LEY 24621 QUE LIMITA EL FONDO DE FINANCIAMIENTO DE PROGRAMAS SOCIALES EN EL CONURBANO BONAERENSE, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 18/09/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 128

Proyecto
RESUELVE:
1. Expresar su preocupación por la demanda judicial interpuesta ante la Corte Suprema de Justicia por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, por la que plantea la inconstitucionalidad de la disposición establecida por Ley Nacional N° 24.621 que ponía límites al Fondo de Financiamiento de Programas Sociales en el Conurbano Bonaerense creado por Ley Nacional N° 24.073; y de las derivaciones que la requerida actualización del denominado Fondo del Conurbano implicaría sobre las transferencias de fondos federales coparticipables y el equilibrio fiscal en el conjunto de las jurisdicciones provinciales.
2. Dirigirse al Honorable Senado de la Nación a los efectos de solicitarle, en cumplimiento del mandato constitucional, el pronto debate en el seno de la Comisión de Coparticipación e Impuestos de la demanda presentada por la Provincia de Buenos Aires, tendiente a concretar una solución política que garantice los derechos adquiridos por el conjunto de las provincias argentinas.
3. Solicitar el pronto asesoramiento al Consejo Federal de Impuestos (CFI) en los términos establecidos en el art. 11, inc. f) de la Ley 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Fondo de Reparación Histórica del Conurbano se creó en 1992, financiado con el 10 por ciento de la recaudación del impuesto a las ganancias, con la intención de equilibrar lo que recibía la provincia de Buenos Aires en coparticipación. Pero en 1996 se impuso un tope de 650 millones pesos para ese fondo y el excedente de la recaudación de ganancias empezó a ser repartido entre el resto de las provincia, con excepción de la ciudad de Buenos Aires.
En estos veinte años la inflación registrada y las devaluaciones del peso hicieron que Buenos Aires se quede hoy con menos del 2 por ciento del Fondo del Conurbano, ya que el tope se mantuvo. Ante esta situación, el Ejecutivo bonaerense, con el aval de la Casa Rosada presentó recientemente una demanda contra el Estado nacional en la Corte Suprema por considerar "inconstitucional" el tope y solicitando la inmediata actualización del tope de $ 650 millones anuales del Fondo del Conurbano.
El reclamo ha suscitado en la mayoría de los gobernadores, incluidos muchos del oficialismo, una manifiesta oposición ya que si los distritos provinciales pierden fondos en una eventual reestructuración impositiva, el acuerdo de responsabilidad fiscal firmado recientemente será inviable y será necesario buscar una alternativa política por fuera de la vía judicial.
Este reclamo considerado justo pero inoportuno por gran parte de los gobernadores, los ministros de Economía y los fiscales de Estado provinciales derivó en un factor común de rechazo, aunque las posiciones legales varían, ya que algunas apuntan a señalar los subsidios extras que Buenos Aires recibió por años. Los funcionarios provinciales admiten que es ilógico que el Fondo del Conurbano esté congelado, pero entienden que es la Nación la que tiene que poner la diferencia.
Asimismo, la urgencia de los gobernadores se fundamenta en que en varias provincias la ley exige enviar a las legislaturas el proyecto de presupuesto 2018 en las próximas semanas y es crucial para armarlo saber si tendrán pérdidas de recursos.
Significativamente, el cálculo de actualización del Fondo alcanzaría hoy los $ 53.000 millones anuales. Un trabajo del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) indica que las provincias perderían recursos, entre el 2% y el 9% anual, según el esquema de cambios
En Catamarca, los intendentes han transmitido su preocupación al subsecretario de Asuntos Municipales, Dr. Gustavo Aguirre, ante el impacto que tendría la actualización del Fondo del Conurbano en los municipios, ya que en mi Provincia rige la ley de coparticipación y se distribuye el 25% de los recursos. Ante un fallo favorable a Buenos Aires, las provincias deberán afrontar esa merma, afectando los recursos fiscales de los municipios. El mencionado funcionario expresó que: "Todavía no tenemos un cálculo técnico realizado, porque hay una discusión en sede judicial. Si hablamos de $1.500 millones anuales de pérdida para la Provincia, para los municipios hablamos de casi 370 millones al año".
La demanda que plantea la gobernación de Vidal afecta a La Pampa en más de 750 millones de pesos. Córdoba, por ejemplo, resignaría $ 7000 millones anuales; San Juan dejaría de recibir unos $ 2000 millones anuales; La Rioja reclama recuperar el equivalente al punto de coparticipación, unos $ 5600 millones al año; o Santa Fe que dejaría de recibir unos $ 6500 millones al año.
Asimismo, muchos mandatarios provinciales, como el Gobernador de Salta Juan Manuel Urtubey, manifestaron que no se puede modificar "a través de un fallo judicial" la ley del Fondo del Conurbano, sino que se debe hacer en el Congreso. En la gobernación de Jujuy también coincidieron en que "resignar dinero" en una situación "complicada que se está ordenando" es "muy difícil; hay que buscar otras vías de solución". Para el chaqueño Domingo Peppo, directamente habría distritos en "emergencia".
En este contexto, los gobernadores tienen hasta el 26 de septiembre para responder a la Corte sobre el planteo de la Gobernadora Vidal, razón por la que revitalizaron la Comisión Federal de Impuestos (CFI), que, por ley, es una autoridad de aplicación de la distribución de la coparticipación.
El art 75 inciso segundo de la CN establece entre otras cuestiones, que: “La distribución entre la Nación, las provincias y la ciudad de Buenos Aires y entre éstas, se efectuará en relación directa a las competencias, servicios y funciones de cada una de ellas contemplando criterios objetivos de reparto; será equitativa, solidaria y dará prioridad al logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.”
Por las razones expuestas, señor Presidente, en pos de garantizar y consensuar un nuevo acuerdo de coparticipación y distribución que beneficie a todas las Provincias, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TOMASSI, NESTOR NICOLAS CATAMARCA JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
JUSTICIA