JUSTICIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 7776-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DESTINO DE LOS FONDOS CADUCOS DE LAS QUIEBRAS, PREVISTO EN EL ARTICULO 224 DE LA LEY DE CONCURSOS Y QUIEBRAS.
Fecha: 02/10/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 137
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional para que a través del Jefe de Gabinete Cr. Jorge M. Capitanich, del
Director General de Rentas o de quien corresponda, informe a esta Honorable
Cámara sobre el destino de los fondos caducos de las quiebras, previsto en el
artículo 224, 2º parte de la Ley de Concursos y Quiebras en general y en
particular sobre los siguientes puntos:
- Informe si se da
cumplimiento efectivo a la norma mencionada, en cuanto establece "... que
el destino de los importes no cobrados se dirigen al patrimonio estatal, para el
fomento de la educación común".
- Determine cuáles son los
criterios de asignación de esos fondos.
- Informe el sistema de
distribución de esos fondos.
- Detalle si el patrimonio
estatal al que se refiere la norma se refiere al Estado nacional o resulta
incluidos también los Estados provinciales.
- Si el fomento de la
educación común se vincula a las universidades nacionales -que son
financiadas por el Estado Nacional- o al sistema educativo nacional, de cuya
financiación son responsables el Estado nacional, las provincias y la Ciudad
Autónoma de buenos Aires (conf. Art. 12 Ley 26206)
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hemos tomado conocimiento
referencial que los dividendos vacantes en las quiebras no se destinan siempre
conforme a lo establecido en la ley, sino que son dirigidos a Rentas
Generales.
Es de destacar que se han
presentado en distintas oportunidades, proyectos de modificación al artículo
224 de la ley 24522, proponiendo la modificación en lo que se refiere al
destino de los fondos vacantes en quiebras.
En distintas oportunidades se ha
planteado la inconstitucionalidad del artículo mencionado.
Es por ello que es necesario y
urgente, en virtud del deficiente sistema educativo argentino, y con
fundamento en el deber republicano de informar los actos de gobierno,
conocer los criterios de asignación de los fondos caducos, con la convicción
de que son distribuidos con un criterio de ecuanimidad para una mejor
educación y cumpliendo el mandato legal.
Teniendo en cuenta lo
manifestado, es que solicitamos Sr. Presidente la aprobación del presente
pedido de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN | SANTA FE | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUSTICIA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |