JUSTICIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 7993-D-2013
Sumario: DISPONER LA IMPLEMENTACION DE NUEVAS TECNOLOGIAS PARA LA EMISION DEL SUFRAGIO, IDENTIFICACION DEL ELECTOR Y ESCRUTINIO PROVISORIO, EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, PARA TODAS LAS ELECCIONES PRIMARIAS Y GENERALES QUE SE DESARROLLEN A PARTIR DEL AÑO 2015.
Fecha: 10/12/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 187
Artículo 1°: Dispóngase la implementación
de nuevas tecnologías para la emisión del sufragio, identificación del elector y escrutinio
provisorio, en todo el territorio nacional, para todas las elecciones primarias y generales,
que se desarrollen a partir del año 2015.
Artículo 2°: La implementación de las
nuevas tecnologías deberá realizarse en forma gradual y por etapas consecutivas y
progresivas, hasta alcanzar el total del padrón electoral nacional. La primera etapa
deberá implementarse a partir de la elección primaria a desarrollarse en el año 2015,
abarcando, como mínimo, un tercio del padrón electoral nacional. A tales fines, deberá
tenerse en cuenta aquellos distritos, secciones y circuitos, que posean la estructura
electrónica e informática suficiente para garantizar la inviolabilidad y eficacia del
sistema.
Artículo 3°: Las nuevas tecnologías a
implementarse deberán asegurar:
a- La implementación de un sistema de
voto electrónico con boleta única.
b- La identificación del elector y el registro
de la emisión de su voto, a través del código de identificación que posee el soporte
tarjeta del Documento Nacional de Identidad.
c- El recuento y/o escrutinio provisorio de
votos, garantizando la inviolabilidad e inalterabilidad del mismo.
d- Las garantías de individualidad, registro
y secreto del sufragio.
Artículo 4º: El Ministerio del Interior de la
Nación, tendrá a su cargo la elección e implementación de las tecnologías adecuadas
para garantizar el sistema previsto por la presente ley para lo cual podrá celebrar
convenios con Universidades, Organizaciones no gubernamentales, y demás entes
públicos o privados.
Artículo 5º: La Cámara Nacional Electoral,
tendrá a su cargo la auditoria del sistema a implementarse, debiendo garantizar el
cumplimiento gradual, consecutivo y progresivo del mismo. A tal fin se dará
participación a las agrupaciones políticas que intervengan en la elección
correspondiente.
Artículo 6: De forma. Comuníquese al
Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene la finalidad de
fortalecer los mecanismos de participación democrática, específicamente el acto de
emisión del sufragio, como máximo momento de expresión de los derechos políticos de
la totalidad de los ciudadanos.
En este sentido es necesario brindar al
ciudadano, a los candidatos y a los partidos políticos, que participan del acto electoral,
la máxima seguridad de que sus derechos no van a ser alterados.
Elección tras elección se agitan rumores de
fraude, se destinan millones de pesos y personas para el control y correcto
funcionamiento del sistema, tanto desde el Gobierno, a través de su competencia
electoral, como de los partidos políticos y candidatos a través de sus fiscales.
Lo que se pone en juego en ese momento
del acto eleccionario, es la fortaleza del sistema democrático de elección de candidatos,
ya que si las herramientas a través de las cuales se lleva a la práctica este
procedimiento de selección, no gozan de credibilidad, de seguridad, de transparencia, lo
que se debilita es la legitimidad de las autoridades electas y con ello se debilita el
respeto del ciudadano por las instituciones y el interés por participar.
Abundan, hoy en nuestro Congreso,
proyectos referidos a este tema que se explayan en aspectos concretos como boleta
única, voto electrónico, documentación exigible, etc, que detallan todos los problemas
que el actual Código Electoral presenta, con una calidad y precisión que pone de
manifiesto el alto conocimiento técnico con que contamos hoy, en nuestro País, para
llevar adelante, exitosamente, un proyecto de este tipo.
Por ello este proyecto apunta a exigir
inmediatamente la aplicación de las últimas tecnologías a la totalidad del proceso
electoral, ya que aplicando herramientas informáticas, de probado funcionamiento en
otras partes del mundo y del País (caso Salta y Santa Fé), avanzamos hacia este
objetivo de devolver la credibilidad en los sistemas de participación y hacer más
eficiente la asignación del gasto público, con mecanismos de control y recuento electoral
más ágiles y de mayor precisión.
Este proyecto tiene clara factibilidad de ser
aplicable, en este momento, gracias la exitosa política llevada a cabo por el Ministerio
del Interior de la Nación en el Registro Nacional de las Personas respecto de su
informatización, modernización del documento nacional de identidad y captación de
datos biométricos a través de sistemas informáticos.
A partir de esa base tecnológica y de
datos, que ya cuenta con más de 14 millones de argentinos documentados bajo el
nuevo sistema, es que consideramos oportuno ampliar esta política hacia la totalidad del
proceso electoral.
Por los motivos expuestos, solicito a mis
pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
JUSTICIA |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1666-D-15 |