JUSTICIA
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Secretario Administrativo DRA VILLARES MARIANA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 8287-D-2016
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA FALTA DE CREACION DEL CUERPO DE ABOGADAS Y ABOGADOS PARA VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO, NORMADO EN LA LEY 27210.
Fecha: 23/11/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 175
Expresar preocupación atento la falta de creación del Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género establecido por la Ley 27.210 promulgada el 23 de noviembre de 2015, cuyo artículo 1 establece “Créase el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género, en el ámbito de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el que tendrá como misión garantizar el acceso a la justicia de las personas víctimas de violencia de género en consonancia con las prescripciones de la ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales y hacer efectivo el ejercicio y goce de los derechos consagrados en ésta y otras normas relacionadas con la problemática.”
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con fecha 23 de noviembre del año 2015 se promulgó la ley 27.210 que crea el Cuerpo de Abogadas y Abogados para Víctimas de Violencia de Género, en el ámbito de la Secretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el que tendrá como misión garantizar el acceso a la justicia de las personas víctimas de violencia de género en consonancia con las prescripciones de la ley 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales y hacer efectivo el ejercicio y goce de los derechos consagrados en ésta y otras normas relacionadas con la problemática.
Que hasta la fecha la mencionada norma no ha sido reglamentada ni ha sido creado el cuerpo de abogadas y abogados, herramienta fundamental para que las mujeres víctimas de violencia puedan denunciar a sus agresores y lograr romper con el violento.
En nuestro país una mujer es muerta cada 30 horas a causa de la violencia machista y según las esta-dísticas brindadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 20% de los casos tuvo denuncia previa por parte de la víctima.
Al momento de llevar adelante una denuncia, la mujer se enfrenta a numerosos problemas, la re victimización que sufre por parte de las fuerzas de seguridad, el periplo que atravesar en los tribunales, la burocracia que conllevan ciertos procedimientos, entre otros.
Es por ello que la creación de un cuerpo de abogadas gratuitas es fundamental para garantizarles el acceso a la justicia a las mujeres que sufren violencia.
Por todo lo expuesto, solicito a mis colegas que me acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
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