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Comisión Permanente

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Reunión del día 04/06/2015

- CONJUNTA

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Queda abierta la reunión conjunta de las comisiones de Justicia, de Legislación Penal y de Presupuesto y Hacienda.

Tiene la palabra el señor diputado Garrido.

SR. GARRIDO Señora presidenta: no sé si se va a abrir el debate luego de que hable el señor diputado Feletti ni cuál es el orden de la discusión sobre los dos proyectos que están pendientes.

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Teniendo en cuenta que respecto de la implementación del Código Procesal Penal de la Nación ustedes hicieron la fundamentación conjunta con el resto de los temas...

SR. GARRIDO Perdón, señora presidenta, pero yo quisiera hacer mínimamente una referencia a ese proyecto. Con anterioridad dejé a salvo el tema de la jurisdicción, pues entendiendo que esa cuestión había quedado diferida para este momento, no opiné al respecto.

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Tiene la palabra el señor diputado Tonelli.

SR. TONELLI Señora presidenta: cuando analizamos hoy los otros proyectos, en una reunión previa, la fundamentación que hicimos estaba referida al proyecto de ley de organización y competencia de la Justicia Federal y Nacional Penal, no al de implementación del Código Procesal. Y por supuesto, tampoco hablamos respecto del proyecto por el que se crea la ley orgánica del Ministerio Público de la Defensa. De manera tal que mínimamente quisiera emplear unos minutos para decir algo al respecto.

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO La Presidencia se disculpa, pero en el momento en que preguntamos si se trataban todos los proyectos en bloque o solamente alguno de ellos, yo no escuché ninguna reserva de su parte.

En consecuencia, le otorgaré primero el uso de la palabra al señor diputado Garrido, quien me la pidió previamente, y luego se la concederé a usted.

A continuación escucharemos la presentación del señor diputado Feletti y luego pasaremos a la ley de implementación.

SR. FELETTI Señora presidenta: yo no tengo mucho para decir porque no es de mi expertise. Solamente, como corresponde a la Comisión de Presupuesto y Hacienda, voy a citar los impactos fiscales.

La implementación del Ministerio Público Fiscal implica una erogación anual de 655,5 millones de pesos y abarca una cantidad de 2.154 cargos, en tanto que la implementación del Ministerio Público de la Defensa involucra una erogación fiscal de 211,9 millones de pesos y abarca 1.407 cargos. De manera que el monto total anual que se invierte en la implementación del Código es de 867,4 millones de pesos. Gracias, señora presidenta.

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO A continuación, escucharemos en primer lugar al señor diputado Garrido, que se referirá a la ley de implementación, y después al señor diputado Tonelli.

SR. GARRIDO Voy a ser muy breve, señora presidenta.

Aprovechando que estamos en una reunión conjunta de la que participa la Comisión de Presupuesto y Hacienda, quiero hacer dos comentarios que también tienen que ver con el impacto presupuestario.

Por un lado, quiero referirme a la creación de cargos previstos por la ley del Ministerio Público de la Defensa. Advertimos que el proyecto de ley orgánica del Ministerio Público de la Defensa prevé la creación de cargos en número similar a la que en su momento se aprobó como Anexo 2 de la ley de Ministerio Público. No advertimos cuáles son las razones por las que tienen que ser estos números y si esta cantidad de cargos son necesarios para la implementación del nuevo código en el ámbito de la defensa pública. Entiendo que es una reacción que puede tener sentido pero no advertimos los fundamentos debidamente explicitados.

Con respecto a la implementación, al margen de lo que ya dijimos sobre las oficinas judiciales, quiero detenerme en un tema que por un lado es institucional y, por el otro, tiene un impacto presupuestario. Me refiero a la decisión de implementar esto en el ámbito de la Justicia nacional y no en el ámbito de la Justicia federal.

Por un lado, esto tiene una inconsecuencia con el texto constitucional, que establece que la Justicia nacional tiene que ser transferida a la Ciudad de Buenos Aires, y por otra parte es una Justicia con muchas más estructuras que la Justicia federal.

Entonces, por una parte hay una decisión que va en sentido contrario a la previsión constitucional, dado que se incurre en el absurdo de aprobar un Código Procesal que es federal que no se va a aplicar a la Justicia federal sino a la Justicia nacional de la Capital Federal, que tiene que ser transferida a la Ciudad de Buenos Aires, que además es mucho más numerosa y va a insumir un costo más significativo.

Como dije, se decide no implementar este Código en el ámbito de la Justicia federal, lo cual también supone otra inconsecuencia. Estamos de acuerdo en que es necesario reformar el Código Procesal porque el sistema acusatorio es más eficaz, resguarda mejor los derechos y va a hacer que la Justicia sea más rápida, pero estamos decidiendo aplicarlo en el ámbito de la Justicia que no aborda la criminalidad más compleja.

Explíquenme, entonces, cuál es la lógica de hacer este esfuerzo presupuestario y esta transformación para los juzgados que se ocupan de delitos que no implican criminalidad organizada, narcotráfico ni corrupción. Es decir que en lugar de hacer más eficiente la Justicia que se ocupa de la criminalidad y afecta más gravemente la convivencia social, estamos modificando la Justicia que se ocupa de los delitos contra la propiedad, en su mayor medida.

Entonces, me parece que acá hay una decisión que es inconstitucional, que políticamente me cuesta entender más allá del acuerdo implícito y evidente con los jueces federales, que no quieren ceder su poder, y además no se justifica ni económicamente, ni constitucionalmente ni políticamente.

Por lo expuesto, no vamos a acompañar la iniciativa.



SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Tiene la palabra el señor diputado Tonelli.

SR. TONELLI Señora presidenta: respecto de la implementación del Código Procesal Penal, simplemente quiero reiterar la observación que formulé más temprano al proyecto de organización de la Justicia Federal y Nacional Penal, en el sentido de que se trata de una iniciativa que claramente viola la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, consagrada en el artículo 129 de la Constitución Nacional. En este caso se hace más evidente, porque como acaba de señalar el señor diputado Garrido, el proyecto fija fecha para que comience a regir el nuevo Código en la Justicia ordinaria, es decir, la Justicia local de la Ciudad de Buenos Aires, y en cambio no fija fecha para que comience a ser aplicado en la Justicia Federal, que en definitiva es aquella a la cual está destinado. Porque en algún momento -más temprano que tarde- la Justicia local ha de ser transferida a la ciudad, y por supuesto va a dejar de aplicar el Código aprobado por la ley 27.063.

De manera tal que, reitero, el proyecto viola la autonomía de la Ciudad, y además, resulta difícil entender por qué no se fija fecha para que comience a regir respecto de la Justicia Federal, en la que este Código debería aplicarse lo antes posible.

Respecto del proyecto por el que se crea la ley orgánica del Ministerio Público de la Defensa, lo primero que quiero señalar es que después de la reforma de la Constitución llevada a cabo en 1994, con la introducción del artículo 120, por el cual se creó el Ministerio Público, el Congreso reglamentó el funcionamiento del Ministerio Público Fiscal -la Procuración General- y el Ministerio Público de la Defensa, es decir, la institución que comanda el Defensor General. Esto lo hizo mediante una sola ley, la 24.096, que se ha aplicado a ambas instituciones.

Ahora se propicia la sanción de dos leyes distintas para esas instituciones, siendo notable las diferencias que existen entre ambas. Es decir, dos instituciones que hasta ahora estaban regidas por la misma ley pasarán a estar regidas por dos leyes que ostentan llamativas diferencias entre una y otra.

Casualmente, las marcadas diferencias que se observan entre ambos proyectos de ley se vinculan con lo que hace un rato, cuando analizamos el proyecto de ley orgánica del Ministerio Público Fiscal, observé como excesivas atribuciones en cabeza del titular del organismo, es decir, del procurador general.

El proyecto de creación de la ley orgánica del Ministerio Público de la Defensa es mucho más adecuado y respetuoso de la cláusula constitucional, porque no concede al titular del organismo esas atribuciones exorbitantes y desmedidas.

De manera tal que, con algunas pocas disidencias, vamos a acompañar esta iniciativa.

Asimismo, quisiera hacer un par de observaciones respecto de cuestiones que me parece que merecerían ser corregidas, sin perjuicio de otras menores que figurarán en los fundamentos de nuestra disidencia.

En el artículo 10, por ejemplo, se autoriza al defensor general a crear todo otro órgano que resulte necesario para el cumplimiento de los fines institucionales. Esta atribución, expresada así, sin ningún tipo de limitación ni cortapisa, parece exagerada, porque permitiría al defensor general hasta crear una Defensoría General paralela e igual a la existente. Por lo tanto, considero que esa facultad debería ser suprimida del proyecto, o al menos precisada.

Señalo también que en el artículo 31 del proyecto se establecen los requisitos que deben cumplir quienes vayan a ser designados para integrar las distintas áreas que componen la estructura del Ministerio Público de la Defensa. Ahora bien, las distintas áreas que lo integran se encuentran establecidas en el artículo 15 de la iniciativa, que cuenta con tres incisos referidos a tres estamentos distintos. Sin embargo, el artículo 31 solo establece los requisitos para el ingreso a los estamentos del inciso a), y nada dice respecto de los otros estamentos previstos en los incisos b) y c). De manera que la iniciativa no establece requisito alguno para el acceso a los cargos de esos dos estamentos de la Defensoría General.

Me parece que el vacío debería ser cubierto y reparado.

Reitero que entre las diferencias notorias entre este proyecto y el de la Procuración General se destaca que en este caso, cuando se regula el posible traslado de los funcionarios se requiere, además del acuerdo, la antigüedad mínima en el cargo de dos años, requisito que no existe en el proyecto referido a la Procuración General y que debería ser incorporado.

En definitiva, más allá de algunas pocas salvedades, vamos a acompañar con una disidencia parcial este proyecto regulatorio o regulador orgánico del Ministerio Público de la Defensa.

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Tiene la palabra el señor diputado Cabandié.

SR. CABANDIÉ Señora presidenta: en relación con la primera observación que acaba de hacer el señor diputado Tonelli, me parece que es importante hacer un poco de historia reciente sobre lo que sucedió en las competencias de la Ciudad de Buenos Aires, la aceptación de los distintos delitos penales de la Justicia Penal nacional y cuál ha sido el rol de la Ciudad en virtud de esto. Para eso nos tenemos que remontar a diciembre de 2000, donde se produce el primer convenio de transferencia de la Justicia Penal nacional, aprobado por el Congreso de la Nación y después refrendado y aprobado también por la Legislatura porteña.

En junio de 2004 -es decir, durante nuestro gobierno- hubo un segundo convenio de transferencia por el que se transfirieron una serie de delitos que también están en el mismo marco de la Justicia Penal nacional, como lesiones en riña, abandono de personas, exhibiciones obscenas, matrimonio ilegal, amenazas, violación de domicilio, usurpación, etcétera.

Después hubo un tercer paquete de transferencia de delitos del mismo fuero que fue aprobado por este Congreso en el año 2011.

Sin embargo, la Ciudad de Buenos Aires todavía no ha aprobado la aceptación de esas transferencias judiciales que fueron aprobadas por el Congreso de la Nación. Y no se trata de delitos menores sino de mucha trascendencia, como todos. Podemos mencionar algunos que me parece que son de vital importancia, que incluso tienen que ver con algo que cada tanto ponemos en discusión. Me refiero a los delitos contra la libertad de trabajo y la asociación, desarmado de autos sin autorización, delitos en el marco de actividades deportivas, etcétera.

Me parece que lo que podría hacer el diputado Tonelli es hablar con el jefe del bloque del PRO, que tiene un número importante en la Ciudad de Buenos Aires, y recomendarle que aprueben el tercer paquete de delitos que fue transferido a la Ciudad. De esa manera se podrían resolver muchas cuestiones pendientes de la transferencia de la Nación a la Ciudad.

SR. TONELLI Solicito la palabra por haber sido aludido, señora presidenta.



SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Tiene la palabra el señor diputado Tonelli.

SR. TONELLI Señora presidenta: todo lo que dijo el diputado Cabandié es cierto, pero quiero hacer una mínima aclaración.

La razón por la cual se ha demorado la aprobación del tercer convenio en la Legislatura es que la Nación nunca cumplió con las transferencias de fondos pactadas en los acuerdos primero y segundo. Esa es la razón por la cual se ha demorado el tercer acuerdo hasta el día de hoy.

De todas maneras, puedo anticiparle al diputado Cabandié que en los próximos meses va a ser aprobado el tercer convenio, a pesar de que la Nación no transfiere los fondos comprometidos, y se va a efectivizar la transferencia de los delitos previstos en el tercer convenio.

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Tiene la palabra el señor diputado Pitrola.

SR. PITROLA Señora presidenta: desde luego resulta particular para el bloque del Frente de Izquierda y de los Trabajadores, que integra el Partido Obrero, discutir un paquete de leyes de implementación de una reforma que rechazamos. Es decir que, de entrada, estamos ubicados en un terreno crítico.

Nosotros hemos rechazado oportunamente la reforma al Código Procesal Penal, no por razones de procedimiento legislativo ni por el versículo ahora tan usado del consenso, y tampoco por el tema de designaciones -que le preocupa a cierta oposición, que parece esperar su turno para las designaciones. Lo hemos rechazado en función de que no consideramos, como se dijo aquí, que el sistema acusatorio vaya a ser más ágil sino que entendemos que puede darle más arbitrariedad al Estado. Esto lo desarrollamos en su momento.

En relación con este paquete de leyes queremos decir lo siguiente. Respecto de la primera de ellas, sobre implementación del Código Procesal Penal, queremos poner el foco en una cuestión en particular que, como de costumbre, tiene vinculación con un problema de los trabajadores de la Justicia, en este caso.

En la República Argentina nosotros venimos batallando contra todas las formas de precarización laboral y contra todas las formas de precarización laboral en el Estado nacional.

Acá tenemos el caso de que después de una gran lucha de los compañeros del fuero penal, que han parado nueve veces solamente por este tema -han realizado convocatorias, marchas y movilizaciones de todo color y pelaje-, se logró que en el artículo 31 se incorpore la garantía de los puestos de trabajo, mediante readjudicaciones o de distintas maneras, a los trabajadores efectivos, interinos o contratados. Esto es interesantísimo, porque en una ley estamos reconociendo la existencia del sistema de precarización laboral en la propia Justicia.

Este es un tema muy de fondo, porque tenemos un presidente de la Corte que exhibe galardones republicanos permanentes en su discurso pero en su casa, su propia Justicia, ejecuta la violación de las leyes laborales. Esto pasa en la Justicia, que justamente debería estar para defender los derechos laborales de los trabajadores que sean violados en la actividad privada, pública o de cualquier otro carácter.

Se ejecuta la precarización laboral en la propia Justicia. Particularmente en la última década, se ha creado un sistema por el cual al secretario lo nombran interino y de ahí para abajo hay interinos y contratados de todo tipo.

Esto tiene consecuencias terribles, porque entonces los jueces tienen de rehén al trabajador del juzgado. Pueden hacerlo trabajar en tareas personales, violentar los horarios de trabajo, cambiar las condiciones de convenio, y además carecen de estabilidad, porque el contrato hoy está pero no sabemos si mañana seguirá estando.

Sin embargo, hoy tenemos que estar aprobando una ley que establece que van a ser reconocidos en su condición de precarizados.

Nuestra bancada ve bien esta incorporación en los artículos 31, 32 y 33 porque son garantías de las carreras judiciales y de los puestos de trabajo de los compañeros. Pero junto con la Comisión Interna y el Cuerpo de Delegados del fuero Penal hemos elaborado un proyecto de resolución -que tienen todos, de manera que convoco a todos los bloques y a todos los diputados sin excepción a que lo lean- por el cual exhortamos a la Corte, que no recibió a la Comisión Interna del fuero Penal para dialogar, a pesar de su discurso de consenso republicano. No recibió a esa Comisión Interna que lleva este problema, que no es el de la carrera judicial sino el de la efectivización de los trabajadores y su pase a planta, muchos de los cuales llevan años como contratados.

Se trata de centenares de personas del fuero Federal, en toda la República Argentina, y también muchísimos del fuero Penal.

Promovemos asimismo un proyecto de resolución por el que se exhorta a la Corte Suprema a efectivizar a los compañeros y a dialogar con ellos respecto de todos sus reclamos, pasen o no al Ministerio Público o al Ministerio de la Defensa.

De manera que este es el primer gran punto que queríamos subrayar, y tenemos que debatirlo, pero creo que esto que se ha incorporado a favor de la carrera judicial, oportunamente nos va a llevar a dar nuestro voto afirmativo respecto de la implementación de una reforma de la que estamos en contra.

En segundo lugar, y siguiendo en esta temática, quiero manifestar una objeción respecto de la ley orgánica del Ministerio Público de la Defensa, cuyo artículo 37 establece la posibilidad de firmar convenios con las universidades con el fin de que los estudiantes de cursos superiores puedan realizar actividades voluntarias dentro de los ministerios públicos como práctica profesional. Esta es una variante de los viejos meritorios de la Justicia, de los que trabajan ad honórem en la universidad y de las benditas pasantías, que desde los años 90 han sido una forma de manifestación de la precarización laboral de la cual estamos hablando y a la cual nos oponemos.

Por su parte, en el artículo 8° encontramos otro tema que para nosotros es crucial y que lo denunciamos en la reforma del Código Procesal Penal. Me refiero a las investigaciones genéricas, que jurídicamente hablando constituyen una suerte de cheque en blanco. En el marco de la existencia de leyes antiterroristas como las que tenemos vigentes en la Argentina, estas investigaciones genéricas en manos de los fiscales, por hipótesis, pueden dar origen a investigaciones de los servicios de inteligencia sobre las organizaciones populares. Con el debate que se abrió en nuestro país desde el 18 de enero, creo que tenemos bastante con los servicios de inteligencia y lo que sufren las organizaciones populares como para habilitar este tipo de investigaciones por hipótesis genéricas de figuras jurídicas, que violentan la tradición de nuestro sistema jurídico de juzgar hechos.

Por último, quiero referirme al artículo 40 del proyecto, en lo referido a los recursos propios. En general estamos en contra de esta cuestión de los recursos propios en los hospitales públicos y en las universidades, que terminan conformando "quioscos" y que provienen de los sistemas de privatización de los años 90. Son los caminos intermedios o puentes para los contratos y negociados con los privados en organismos públicos. Acá volvemos a la idea de los recursos propios, en este caso para el Ministerio Público.

De los cuatro incisos del artículo 40, el inciso b) en particular contempla la posibilidad de transferencias de organismos internacionales en el marco de la implementación de políticas de colaboración a cargo de éstos, vinculadas con la actuación del Ministerio Público Fiscal de la Nación.

Nos da la impresión de que de esta manera podría existir una injerencia por parte de organismos adscriptos, paralelos o pertenecientes a potencias extranjeras, como ya hemos visto también, ante el debate público de toda la República Argentina, luego del 18 de enero.

Nosotros estamos en contra de ello y queríamos poner muy de relieve este cuestionamiento en particular.

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Tiene la palabra el señor diputado Javkin.

SR. JAVKIN Señora presidenta: en la reunión previa de la comisión tuvimos esta misma discusión, por lo que solamente quiero dejar constancia de que presentaremos un dictamen propio, excepto en lo que tiene que ver con la ley del Ministerio Público de la Defensa y la modificación del Código Procesal Penal.

Nuestras objeciones, y el consecuente llamado que planteamos para el debate, tienen que ver con que nos parece que hay una suerte de empate en la ley, ya que por un lado se establece todo un sistema de Colegio, de jueces y de oficina judicial, propio de un sistema como el que fija el Código Procesal Penal que se ha votado, y por el otro lado tenemos una organización del sistema judicial que responde exactamente igual a lo que hoy existe.

A nuestro entender, la ley de implementación presenta una contradicción que va a generar complicaciones, lo que vamos a detallar en nuestros dictámenes junto con algunas cuestiones vinculadas con el Ministerio Público Fiscal.

Sí queremos marcar que, a nuestro entender, en la mayoría de las provincias del país tenemos una experiencia probada de paso de sistemas inquisitivos a sistemas acusatorios. Hay muchos ejemplos; varios de ellos responden a gobiernos del oficialismo, donde esto se resolvió de mejor manera. Creemos que hay muchas diferencias entre cómo se resuelve en las provincias y cómo lo estamos resolviendo en el orden federal.

El resto de las cuestiones las dejaremos planteadas en los dictámenes y seguramente las discutiremos en el recinto.

SRA. PRESIDENTA GIANNETTASIO Si no hay otros expositores, vamos a pasar a la firma el dictamen del plenario.

Les recuerdo que el horario para presentar los dictámenes vence hoy a las 20. Como aclaré anteriormente -lo repito porque a lo mejor en este momento se encuentran presentes diputados que no estaban cuando hice la aclaración-, no se trata de falta de voluntad, ya que la Secretaría estaba dispuesta a esperar hasta más tarde, sino que ese plazo obedece al paro del martes, pues si no lo entregamos a esa hora, no se llega a imprimir para el día de la sesión.

Entonces, si están de acuerdo, vamos a pasar el dictamen a la firma, y si el diputado Feletti y la diputada que me acompaña no desean hacer ninguna otra intervención, daremos por concluido este plenario de comisiones.

Muchas gracias. Queda finalizada la reunión.

- Es la hora 17 y 22.