Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Libertad de Expresión »

LIBERTAD DE EXPRESION

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 134

Jueves 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2167 Internos 2135/2139/2167

clexpresion@hcdn.gov.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1625-D-2010

Sumario: EXPRESAR REPUDIO Y PREOCUPACION POR LA AGRESION A LA PERIODISTA ADELA GOMEZ.

Fecha: 31/03/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 25

Proyecto
Declarar repudio y preocupación ante los actos de agresión sufridos por la periodista Adela Gómez y expresar solidaridad para con ella.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la ciudad de Caleta Olivia, en horas de la madrugada del domingo 28 de marzo pasado, la periodista Adela Gómez cronista de la emisora Radio 21 de su ciudad, sufrió un violento ataque en el que su automóvil fue rociado con un líquido inflamable y posteriormente incendiado, en las puertas de su casa.
Las pericias realizadas la madrugada del domingo determinaron que la Policía provincial investigue los hechos bajo la figura de "daño intencional". Este tipo de episodios son totalmente repudiables en el marco de una sociedad democrática, cualquiera sea la ocupación de las víctimas de este tipo de violencia. Sin embargo, esta situación grave de por sí, se torna más preocupante cuando el destinatario es una periodista, que -según manifestó públicamente- vincula el ataque con su ejercicio profesional, e indica que la lleva a pensar en abandonar su labor por sentirse atemorizada, por su integridad y la de sus hijos.
Adela Gómez ya había sido víctima de una deplorable agresión cuando en septiembre del 2007 recibió siete balazos de goma por parte de la Gendarmería Nacional, mientras cubría una manifestación de trabajadores petroleros en reclamo de mejoras salariales a la empresa Empasa.
Este tipo de hechos violentos, no sólo constituyen un ataque a la libertad de expresión de la periodista y sus colegas, pues tienden a propiciar situaciones de intimidación y autocensura, que tornan muy dificultosa la práctica profesional de una periodista de investigación que ha venido siendo crítica del gobierno de la provincia de Santa Cruz, sino que atentan contra su vida y su integridad personal.
Es el Estado el que debe velar por la vida y la seguridad de sus ciudadanos, como también garantizar su libertad de expresión y de prensa, según lo expresa nuestra Constitución Nacional en su artículo 14°, y Convención Americana sobre derechos Humanos en su artículo 13° inc. 1, y la Declaración Universal de los Derechos del Humanos en su artículo 19°, introducidos estos últimos dos por la reforma de 1994 al texto constitucional. Cabe destacar que el respeto a estas libertades no sólo atañen a quien busca, produce o difunde informaciones, sino que también implica preservar el derecho que tienen todos los miembros de nuestra sociedad a estar informados. Es por eso que considero necesario que la Honorable Cámara se exprese frente a esta situación repudiándola.
Por ello solicito a los/as señores/as diputados/as que me acompañen con el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FORTE, ULISES UMBERTO JOSE LA PAMPA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
LIBERTAD DE EXPRESION
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
20/04/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como Proyecto de Declaración
03/05/2010 DICTAMEN Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración
29/05/2010 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
Dictamen
12/05/2010
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0277/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1556-D-2010, 1603-D-2010, 1582-D-2010, 1625-D-2010, 1655-D-2010 y 2062-D-2010 CON MODIFICACIONES 12/05/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 17/06/2010 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 1556-D-2010, 1603-D-2010, 1582-D-2010, 1625-D-2010, 1655-D-2010 y 2062-D-2010 APROBADO