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MERCOSUR

Comisión Permanente

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Jefe LIC. REY YANINA

Miércoles 11.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0435-D-2016

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO REALIZAR LOS ACTOS DE EJECUCION PRESUPUESTARIA Y ADMINISTRATIVOS DISPUESTOS POR EL ARTICULO 16 DE LA LEY 27120 - ELECCION DE PARLAMENTARIOS DEL MERCOSUR -.

Fecha: 08/03/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, de manera urgente, realice todos los actos de ejecución presupuestaria y administrativos tendientes a dar cabal cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 16 de la ley 27.120 y respetar la expresión de soberanía popular expresada en la elección directa de los Parlamentarios de Mercosur celebrada el día 25 de octubre de 2016.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los parlamentarios de Mercosur, legítimamente electos en las elecciones del 25 de octubre de 2015 y la mayoría de ellos en funciones desde diciembre de 2015, se encuentran en una situación de absoluta precariedad para desempeñar la función que les ha sido encomendada por el pueblo argentino: la representación de la República Argentina en el Parlamento del Mercosur, ámbito fundamental de representación política de los pueblos y ciudadanos del Mercosur. En violación de lo dispuesto expresamente por el artículo 16 de la Ley N° 27.120 no cuentan al día de hoy con remuneración, régimen previsional, reconocimiento de gastos de transporte y alojamiento, disponibilidad de espacios físicos para el cumplimiento de sus funciones, etc. Del mismo modo, la Delegación Argentina carece de la infraestructura y recursos indispensables para una adecuada representación del país en el Parlamento de Mercosur.
El Poder Ejecutivo Nacional mantiene una indiferencia que raya con el desprecio de la voluntad popular expresada democráticamente en las urnas y por la responsabilidad que los parlamentarios de Mercosur han asumido ante el electorado.
La primera regla de la vida en democracia es el respeto por lo que expresa la ciudadanía con su voto. No creemos ser redundantes al afirmar que la voluntad popular es la razón de ser del estado de derecho, la que en nuestro país se expresó con meridiana claridad en las elecciones PASO y las Elecciones Nacionales Generales que se desarrollaron el 25 de octubre de 2015. En esos comicios se incluyó, además de otras categorías de cargos electivos, la elección de los 43 Parlamentarios de Mercosur, tanto regionales como de distrito único, que fueron sometidos al veredicto de las urnas por aplicación de la ley 27.120.
Una breve reseña cronológica y normativa mostrará la legalidad y legitimidad de quienes hoy detentan el rol de Parlamentarios del Mercosur. El día 29 de diciembre del año 2014 el Congreso Nacional Argentino sancionó la ley N° 27120 que estableció la elección directa de 43 parlamentarios del MERCOSUR, dando cumplimiento así a lo establecido en el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR firmado en 2005 por los presidentes del momento de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. En el Artículo 6° de dicho Protocolo se señala que los Parlamentarios serán elegidos por los ciudadanos de los respectivos Estados Partes, a través de sufragio directo, universal y secreto.
Por tal motivo, el gobierno de la República Argentina convocó a la ciudadanía a elecciones de Parlamentarios del Mercosur en los términos de la Ley N° 26.571 y el Código Electoral Nacional aprobado por la Ley N° 19.945 (t.o. por el Decreto N° 2135 del 18 de agosto de 1983) y sus modificatorias entre ellas la Ley 27120.
En este sentido cabe subrayar el hecho que los parlamentarios del Mercosur electos por el pueblo argentino están plenamente legitimados con los 8.922.638 de sufragios obtenido por el Frente Para la Victoria; los 8.105.371 de votos conseguidos por la Alianza Cambiemos y los 4.723.224 alcanzados por la Alianza "Unidos por una Nueva Alternativa", a los que hay que adicionar los votos del resto de las fuerzas políticas que no alcanzaron el 3% del Padrón Electoral Nacional (art. 164 quater CEN). Fueron un total 23.817.876 los argentinos que han dado legitimidad a este nuevo cuerpo de representantes. No hay que olvidar también los sufragios obtenidos por los 23 parlamentarios regionales, también elegidos por el voto directo del cuerpo lectoral de cada distrito federal.
Es importante destacar que el Poder Judicial de la República Argentina, específicamente sus órganos electorales, han refrendado todo este proceso. La Acordada Extraordinaria Nº 150 de la Cámara Nacional Electoral, del 1 de diciembre de 2015 da cuenta de este cronograma y de sus resultados. En su artículo 4º expresa que, " (...) Efectuado el procedimiento de distribución conforme lo previsto por el Código Electoral Nacional, se determina que corresponde asignar ocho (8) cargos a la lista oficializada por la alianza "Frente para la Victoria" (número 131), siete (7) a la propuesta por la alianza "Cambiemos" (número 135), y cuatro (4) a la presentada por la alianza "Unidos por una Nueva Alternativa" (número 138), conforme las nóminas detalladas en los Anexos I.A, I.B, I.C y I.D del presente Acta."
A continuación presentamos la nómina de parlamentarios electos por distrito nacional como también regional en base a la Acordada Extraordinaria Nº 150 de la Cámara Nacional Electoral, del 1 de diciembre de 2015.
Anexo I-A. Detalla que fueron electos como "Parlamentarios del Mercosur Por distrito nacional Parlamentarios titulares: 1-Taiana, Jorge Enrique, Alianza "Frente para la Victoria"; 2-Zuvic, Mariana de Jesús, Alianza "Cambiemos" 3-Vanossi, Jorge Reinaldo Agustín, Alianza "Unidos por una Nueva Alternativa" 4-Sellarés, Teresa Adelina, Alianza "Frente para la Victoria" 5-Rodríguez Simón, Fabián Jorge, Alianza "Cambiemos" 6-Rossi, Agustín Oscar, Alianza "Frente para la Victoria" 7-Puig, Lilia Jorgelina Guadalupe, Alianza "Cambiemos" 8-Asseff, Alberto Emilio, Alianza "Unidos por una Nueva Alternativa" 9-Filmus, Daniel Fernando, Alianza "Frente para la Victoria" 10-Nostrala, Walter Norberto Alianza "Cambiemos" 11-Sala Leiton, Milagro Amalia Ángela, Alianza "Frente para la Victoria" 12-Mercuri, Osvaldo José, Alianza "Cambiemos" 13-Olivero, Herman Pedro, Alianza "Unidos por una Nueva Alternativa" 14-Valdes, Eduardo Félix, Alianza "Frente para la Victoria" 15-Storani, María Luisa Alianza "Cambiemos" 16-Santa María, Víctor, Alianza "Frente para la Victoria" 17-Gil Lozano, Claudia Fernanda, Alianza "Unidos por una Nueva Alternativa" 18-Ramundo, Daniel Oscar, Alianza "Cambiemos" 19- Perié, Julia Argentina, Alianza "Frente para la Victoria".
Anexo I-B - Parlamentarios del Mercosur por distrito regional: 1- Mariotto, Juan Gabriel, Buenos Aires; 2 - Avelluto, Alejandro Pablo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; 3- Molina, Manuel Isauro, Catamarca; 4 - Sotelo, Julio René, Chaco; 5 - Béliz Pereira, Carlos Alfredo, Chubut; 6- Roulet, Néstor Eduardo, Córdoba - 7- Karlen, Alejandro Hernán, Corrientes; 8 Bello, Cristian Alberto, Entre Ríos; 9- Oviedo, Ricardo Cristóbal, Formosa; 10- Fiad, Mario Raymundo, Jujuy; 11-Nicoletti Eduardo Nelson, La Pampa;12-Crabbe, Marcela Alejandra, La Rioja; 13 Fidel,Gabriel Alejandro, Mendoza;14- Britto, Cecilia Catherine, Misiones;15- Rioseco, Ramón Solano, Neuquén;16- Cejas, Jorge Alberto, Río Negro; 17 - Cornejo, Hernán Hipólito, Salta; 18- Strada, Tomas José, San Juan; 19-Sosa, Justo Marco, San Luis; 20- Metaza, Mario Alfredo, Santa Cruz; 21- Mansilla, Diego Martín, Santa Fe; 22- Zamora, Gerardo, Santiago del Estero; 23- Cusi Cruz, Miguel Ángel, Tierra del Fuego; 24- López, José Francisco, Tucumán.
La solemnidad de este proceso se perfeccionó con la proclamación de los parlamentarios electos por parte de la Asamblea Legislativa y la toma de compromiso de los mismos en la sede del Parlamento del Mercosur XXXV, Sesión Ordinaria del Parlasur el 14 de diciembre de 2015.
Otro aspecto no menos reprochable del gobierno de Mauricio Macri es el vinculado a la esfera de las relaciones exteriores. Esta conducta que busca desconocer la existencia del Parlamento del Mercosur, se traduce en un grosero incumplimiento de un compromiso internacional asumido por la República Argentina. La sanción de la Ley 26.146 que aprueba el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR, suscripto en Montevideo -República Oriental del Uruguay- el 9 de diciembre de 2005, ha generado una responsabilidad para el Estado nacional, al haber asumido este un deber jurídico de ordenar sus decisiones de acuerdo a lo que establece dicho Protocolo, obligándose así a cumplir acabadamente las exigencias que allí se establecen. Esta responsabilidad internacional está siendo incumplida y en consecuencia, la situación debe ser rápidamente reparada. Para ello es necesario que el poder ejecutivo nacional realice todos los actos de ejecución presupuestaria y administrativa tendiente a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 27120.
Por otro lado, el ejercicio de la representación política, legítimamente alcanzada, no puede lograr sus objetivos si no se cuenta con medios económicos, humanos y físicos suficientes para ejercer, con independencia y eficiencia, la tarea legislativa. Quitar el financiamiento a estos nuevos organismos es, no solo impedir su funcionamiento, sino negar uno de los instrumentos que integra estructuralmente la formación de la voluntad popular.
Hoy, el gobierno nacional, violando fundamentales responsabilidades públicas, obliga a los parlamentarios del Mercosur a comprometer su propio patrimonio para cumplir sus responsabilidades y obligaciones. Esta situación se torna particularmente injustificable y dificultosa cuando se trata de asambleístas electos que provienen del interior de la República Argentina.
Este escenario, intolerable desde el punto de vista institucional y político, debe ser reparado en forma inmediata para evitar un derrotero de desprestigio internacional y de violación de las más elementales y fundantes normas de la vida democrática: acatar la voluntad del pueblo expresada a través del voto universal, igual, secreto y obligatorio.
El proceso de integración regional es un proyecto sin retorno. Así lo han definido los gobiernos y los pueblos de América Latina. Esta orientación estratégica ha sido convalidada por el voto de una abrumadora mayoría de ciudadanos argentinos que adhieren a las más diversas ideologías y fuerzas políticas.
Tenemos confianza que estos obstáculos interpuestos por quienes pretenden reemplazar la voluntad popular, serán pronto superados por la razón que otorga el derecho y la fuerza de las convicciones.
Señor Presidente, por todo lo expuesto es que solicitamos a nuestros pares, nos acompañen en la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARMONA, GUILLERMO RAMON MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
SOLANAS, JULIO RODOLFO ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GAILLARD, ANA CAROLINA ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CASTRO, SANDRA DANIELA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CIAMPINI, JOSE ALBERTO NEUQUEN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BASTERRA, LUIS EUGENIO FORMOSA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PEDRINI, JUAN MANUEL CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MERCOSUR (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA