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MERCOSUR

Comisión Permanente

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PROYECTO DE DECLARACION

Expediente: 1952-D-2007

Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA EFECTUAR LA DISTRIBUCION DE LOS CUPOS PARA LA PRESENTACION DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO DE LA COMPETITIVIDAD DEL "FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR".

Fecha: 03/05/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42

Proyecto
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos que estime corresponder, efectúe la distribución de los cupos para la presentación de proyectos del Programa de Desarrollo de la Competitividad del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM), otorgando prioridad a las Provincias del Norte Grande Argentino, a los efectos contribuir a la concreción de proyectos de reconversión productiva y laboral que faciliten la creación de comercio intra MERCOSUR y de proyectos de integración de cadenas productivas y de investigación y desarrollo de nuevos productos y procesos productivos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 19 de Julio del año 2005, el Consejo de Mercado Común, máxima autoridad del
MERCOSUR, aprueba la Decisión CMC 18/05 que dispone la creación del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM), con el objeto prioritario de atenuar y disminuir las condiciones de asimetría existentes entre las diferentes regiones del MERCOSUR y así garantizar que los beneficios resultantes de la ampliación de los mercados sean plenamente aprovechados.
El FOCEM opera en el ámbito de la Secretaría del MERCOSUR y está destinado a
financiar proyectos que favorezcan el crecimiento de las regiones menos desarrolladas del mencionado bloque económico.
En Diciembre del año 2005, el Consejo de Mercado Común aprueba la Decisión CMC 24/05 que reglamenta los aspectos básicos del funcionamiento del FOCEM, estableciendo que ambas decisiones deben ser ratificadas por los órganos legislativos de cada país.
Con ese objeto, este H. Congreso de la Nación, sanciona el día 27 de Septiembre de 2006, la Ley Nro. 26.147, mediante la cual se incorpora al ordenamiento jurídico nacional, a los efectos previstos en el artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto, la Decisión del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR Nº 18/05 sobre INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL Y FORTALECIMIENTO DE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL MERCOSUR.
El FOCEM, se crea con una vigencia de diez años con los objetivos de financiar programas para promover la convergencia estructural; desarrollar la competitividad; promover la cohesión social, en particular de las economías menores y regiones menos desarrolladas, y apoyar el funcionamiento de la estructura institucional y el fortalecimiento del proceso de integración.
En base a tales objetivos se crean cuatro Programas:
I. Programa de Convergencia Estructural
II. Programa de Desarrollo de la Competitividad
III. Programa de Cohesión Social
IV. Programa de Fortalecimiento de la Estructura Institucional y del Proceso de Integración.
Los proyectos del Programa I deberán contribuir al desarrollo y ajuste estructural de las economías menores y regiones menos desarrolladas, incluyendo el mejoramiento de los sistemas de integración fronteriza y de los sistemas de comunicación en general.
Los proyectos del Programa II deberán contribuir a la competitividad en el ámbito del MERCOSUR, incluyendo procesos de reconversión productiva y laboral que faciliten la creación de comercio intra MERCOSUR, y proyectos de integración de cadenas productivas y de fortalecimiento de la institucionalidad pública y privada en los aspectos vinculados a la calidad de la producción (estándares técnicos, certificación, evaluación de la conformidad, sanidad animal y vegetal, etc.); así como a la investigación y desarrollo de nuevos productos y procesos productivos.
Los proyectos del Programa III deberán contribuir al desarrollo social, en particular, en las zonas de frontera, y podrán incluir proyectos de interés comunitario en áreas de la salud humana, la reducción de la pobreza y el desempleo.
Los proyectos del Programa IV deberán atender la mejora de la estructura institucional del MERCOSUR y su eventual desarrollo. Una vez cumplidos los objetivos de los proyectos, las estructuras y actividades que pudieran resultar, serán financiadas en partes iguales por los Estados Partes.
Se establece que el el FOCEM se integrará con aportes anuales de los Estados Partes, efectuados en cuotas semestrales, teniendo el carácter de contribuciones no reembolsables, pudiendo, no obstante ello, considerarse alternativas para la concesión de préstamos reembolsables.
El monto total anual del aporte de los Estados Partes al FOCEM será de cien millones de dólares y será integrado conforme a los siguientes porcentajes, que han sido establecidos teniendo en cuenta la media histórica del PBI del MERCOSUR:
• Argentina: 27%
• Brasil: 70%
• Paraguay: 1%
• Uruguay: 2%
No obstante ello, se estipula que el FOCEM podrá recibir aportes provenientes de terceros países, instituciones u organismos internacionales para el desarrollo de proyectos.
Los Recursos destinados al financiamiento de los proyectos de los Programas I, II y III, se distribuirán entre los Estados Partes, de acuerdo con los y siguientes porcentajes:
• A los proyectos presentados por Paraguay: 48%
• A los proyectos presentados por Uruguay: 32%
• A los proyectos presentados por Argentina: 10%
• A los proyectos presentados por Brasil: 10%
Los recursos no asignados durante cada año presupuestario se sumarán a los recursos del año siguiente, y serán distribuidos de igual forma a la explicitada en el párrafo anterior.
Por lo expuesto, los abajo firmantes propiciamos que el Poder Ejecutivo Nacional, efectúe la distribución de los cupos para la presentación de proyectos del Programa de Desarrollo de la Competitividad del Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM), otorgando prioridad a las Provincias del Norte Grande Argentino, a los efectos contribuir a la concreción de proyectos de reconversión productiva y laboral que faciliten la creación de comercio intra MERCOSUR y de proyectos de integración de cadenas productivas y de investigación y desarrollo de nuevos productos y procesos productivos.
Ello así, en consonancia con los fundamentos de la creación de los programas respectivos, que justamente se establecen para asegurar la consolidación del proceso de convergencia hacia el Mercado Común, impulsando el proceso de integración y reforzando el principio de solidaridad; resultando prioritario desarrollar acciones destinadas a promover la competitividad de los Estados Partes y la convergencia estructural, resaltando que los beneficios resultantes de la ampliación de los mercados no podrán ser plenamente aprovechados por las economías menores, mientras subsistan marcadas condiciones de asimetría.
Por ello, entendemos que la prioridad dentro de los Estados Partes, debe ser otorgada, justamente, a la Provincias que, en el caso de nuestro país, padecen los índices de medición económicos y sociales más desfavorables, como son las del Norte Grande Argentino, poniendo de relieve la asimetría existente, en este caso no entre los países que conforman el bloque, sino dentro de los mismos.
Además, resulta evidente que el territorio del norte de nuestro país, por su ubicación geográfica privilegiada limitante con casi todos los países del bloque (a excepción de Uruguay), debe ser el destinatario de la mayoría de los programas cuyo objeto sea mejorar, entre otros aspectos, la infraestructura de transportes y caminos y los sistemas de integración fronteriza y de comunicación en general.
Es por todo lo expuesto y por las ampliaciones que serán vertidas en el Recinto de Sesiones durante el tratamiento en particular, que se solicita a los Sres. y Sras. Diputados/as a acompañar con su apoyo el texto de la declaración que se anexa a los presentes fundamentos.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SNOPEK, CARLOS DANIEL JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DAZA, HECTOR RUBEN JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
URTUBEY, JUAN MANUEL SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MOISES, MARIA CAROLINA JUJUY FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MERCOSUR (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
24/05/2007 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
15/06/2007
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2404/2007 15/06/2007
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA