SEGURIDAD INTERIOR
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 0937-D-2016
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA DECLARAR LA EMERGENCIA Y EL DESASTRE CLIMATICO Y AGROPECUARIO EN EL DEPARTAMENTO ISLAS, PROVINCIA DE ENTRE RIOS.
Fecha: 22/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
Que el Poder Ejecutivo Nacional, a través
de los organismos correspondientes proceda urgentemente a declarar la emergencia
y el desastre climático y agropecuario a la zona delimitada por el DEPARTAMENTO
ISLAS, DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS, ello en los términos que establece la ley
Nº 26.509.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La situación de catástrofe en el
Departamento Islas de la Pcia. de Entre Ríos requiere una urgente intervención del
Estado Nacional y respuestas preventivas frente a la posibilidad de enfermedades
como ya se han advertido en el registro de casos de leptospirosis y psitacosis.
La gente vive junto a caballos y vacas
que han salido de las islas inundadas generando a cada paso peligro, todo lo que hace
que la provisión de alimentos sea cada vez mas escasa ya que los transportes no
acceden de manera cómoda a repartirlos.
Como es de público conocimiento en julio
de 2013, el puerto de gran calado de Ibicuy, se hundió literalmente sin que haya
responsables ni reconstrucción. Y ahora, el agua del rio que emerge por doquier
desplazando las actividades hasta la nada. Hay 2700 productores agropecuarios
afectados y para un pequeño productor en este momento las pérdidas llegan a miles
de pesos por hectárea..
La mitad de los pobladores de la localidad de Villa Paranacito, más de dos mil
habitantes, están siendo afectados desde fines del año pasado por la crecida de los
ríos Paraná y Uruguay.
El INTA ha precisado que "lo que se ve
en los primeros tres meses son campos improductivos, y hay sectores en los que
hemos estado midiendo la profundidad que tienen en este momento poco menos de
1,8 metro de agua". "Obviamente, no se puede llevar adelante la producción de
diferentes actividades, como la ganadería bovina y ovina; la forestación, la pesca, la
producción apícola y de turba subtropical, y también el turismo está muy afectado",
detalló el INTA.
Es necesaria la urgente e inmediata declaración de la emergencia y el desastre
climático y agropecuario a través de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentos de la Nación - Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de
Emergencias y Desastres Agropecuarios- para que de manera inmediata el Poder
Ejecutivo nacional proceda a aplicar las disposiciones de la ley 26.509.
De esta forma la zona afectada se vera
beneficiada, atento a que las previsiones de la mencionada ley, establecen que el
Poder Ejecutivo nacional deberá entre otras medidas:
a) Asignar y/o reasignar los recursos
humanos, financieros y otros que el estado de situación demande;
b) Gestionar ante la Jefatura de Gabinete
de Ministros los recursos presupuestarios complementarios;
c) Asistir técnica y financieramente a los
productores para restablecer la capacidad financiera, productiva y económica.
d) Asistir técnica y, financieramente a los
entes públicos durante el estado de emergencia y/o desastre agropecuario.
e) Coordinar con las provincias,
municipios, Banco de la Nación Argentina, agentes financieros provinciales o
municipales, la asistencia al productor agropecuario afectado por los fenómenos
adversos, facilitando, con sujeción a las condiciones que establezca la autoridad de
aplicación, la provisión de los recursos en tiempo y forma.
Asimismo la autoridad responsable ya sea
en forma directa y/o conjuntamente con la Pcia de Entre Ríos y los municipios del
Departamento Islas implementará acciones para:
a) Asistir financieramente a la
reconstitución del aparato productivo;
b) Control y monitoreo del sistema de
asistencia para que los recursos asignados sean destinados a los fines propuestos por
la presente ley;
c) Asistir a los productores agropecuarios
para reducir las pérdidas durante la emergencia y/o el desastre agropecuario,
recuperar la capacidad productiva de los sistemas de producción y reducir la
vulnerabilidad para eventos futuros.
d) eximir del 100 % el pago de los
tributos nacionales a quien acredite estar comprendido en la presente
declaración.
Por tales razones solicitamos a nuestros
pares el apoyo al presente proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
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D'AGOSTINO, JORGE MARCELO | ENTRE RIOS | UCR |
MONFORT, MARCELO ALEJANDRO | ENTRE RIOS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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