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SEGURIDAD INTERIOR

Comisión Permanente

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Jefe LIC. FLEISCHER LUCIANO

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1121-D-2017

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS ACONTECIMIENTOS OCURRIDOS EN LA COMISARIA "SECCIONAL PRIMERA" DE PERGAMINO - PROVINCIA DE BUENOS AIRES EL 2 DE MARZO DE 2017 Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 23/03/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo a fin de solicitar que, a través del organismo que corresponda, brinde información precisa y detallada sobre los siguientes puntos relacionados con
acontecimientos ocurridos en la Comisaría "Seccional Primera" de Pergamino - Provincia de Buenos Aires, donde el día 2 de Marzo, fallecieron detenidas siete personas, incluído un joven de nacionalidad colombiana, todos ellos en circunstancias dudosas.
1) Informe sobre el estado y calidad en las condiciones físicas edilicias, materiales y socioambientales de esa dependencia, asimismo del material mobiliario, y elementos de limpieza, sanidad con que cuentan los recluidos.
2) Exhibición detallada de último informe de inspección correspondiente por Ley.
3) Hacer constar la capacidad y plazas disponibles en dicho establecimiento y relevamientos así como informe de clausuras y/o rehabilitaciones ordenadas para el mismo, con la correspondiente documentación habilitante.
4) Informe el tiempo de alojamiento cumplido por cada uno de los fallecidos y el total de personas detenidas en la actualidad con detalle de su condición judicial de acusación, a saber delito y grado del mismo, falta, o contravención.
5) Exhibición del informe pericial en el que resulten las condiciones físicas edilicias luego del siniestro o incendio.
6) Informe detallado de los heridos -si los hubiere- del personal de la Policía a cargo.
7) Informe sobre los protocolos de actuación ante incendios, en particular informar si existen los mismos, hacer constar si el procedimiento se llevó a cabo en este caso, y detallar su cumplimiento o perturbación.
8) Informe de los elementos existentes para protección y contra siniestros, medidas de seguridad contra incendios: Cantidad de matafuegos y estado de los mismos, así como su ubicación, con la debida documentación adjunta.
9) Que se Indique actualmente qué trámites, actuaciones y expedientes se han diligenciado para el esclarecimiento de los hechos.
10) Que conforme a la información preliminar disponible, se expliquen las posibles causas de lo ocurrido, y los motivos excusables por los cuales no hubiese sido posible la evitación de los graves hechos, habiendo cumplido con el deber de cuidado de los custodiados.
11) Exhibición documental y copia de todas las denuncias, de toda índole, y precisamente de tratos, penas cruele, s inhumanas o degradantes, allí ocurridas en los últimos dos (2) años, en relación a las condiciones de detención, y medidas de seguridad tomadas en el referido establecimiento, físicas, materiales, y/o administrativas.
12) En el particular fallecimiento del ciudadano de nacionalidad colombiana, John Mario Chillito Claros, indique y adjunte el informe entregado a las autoridades consulares, y qué pruebas periciales constan en la actualidad, en el estado de la causa.
13) Respecto a la situación de personas inmigrantes en Comisarías de la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires, informe y estadísticas que permitan conocer la situación procesal en la que se encuentran.
14) Hacer constar de acuerdo a los internos migrantes en el Servicio Penitenciario Federal, datos, cifras y estadística por países de origen, detallando si son procesados o cumplen condena; tipo de delito y detallar si es excarcelable; reincidencia si la hubiere, e indicar estadísticas sobre aquellos migrantes que cumplen arresto domiciliario.
15) Sírvase dar a conocer actualización del Sistema Nacional de Estadística sobre Ejecución de la pena. Refiera cifras de migrantes en la población carcelaria, diferenciando a los que tienen procesamiento señalando instancia, respecto a los condenados y también señale instancia, o cifras por condena firme.
16) Indique por nacionalidad de origen en la población migrante, cifras y estadísticas de los expulsados entre 2015 a la fecha, y detalle por nacionalidad, cifras por países de los que han accedido al “avenimiento” en todo el universo de casos.
17) Incluya para el punto 13. Y 14, tanto en comisarías como en el SPF informe de los migrantes que se encuentren detenidos por delitos por primera vez y refiera nacionalidad de origen, cifra y rango de edades.
18) Informe y estadística de inmigrantes que se encuentren en Centros de Recepción y contención de menores.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Resulta del mayor interés y preocupación de esta Honorable Cámara de Diputados, conocer las circunstancias por las que el día 2 de Marzo, ocurriera un aparente siniestro en la comisaría 1ª de la ciudad bonaerense de Pergamino, resultando el fallecimiento, en circunstancias dudosas, de 7 (siete) personas que se encontraban detenidas bajo custodia policial, entre ellos una persona de nacionalidad colombiana.
Se detallan las identidades de los fallecidos:
Federico Perrotta, Alan Córdoba, John Mario Chillito Claros, Emanuel Latorre, Franco Pizarro, Juan Cabrera y Sergio Filibero.
En la versión oficial figura que hubo una riña entre personas detenidas y posteriormente un incendio de colchones, no precisando si aconteció un motín, o una pelea entre ellos. Sin embargo, por fuente allegada de los familiares de las víctimas, hacen constar el envío de mensajes por parte de los jóvenes detenidos dónde denuncian que la policía los estaba golpeando y que de no acudir de inmediato al lugar, la policía "los iba a matar".
Señalan testigos y familiares que, el cuerpo de bomberos de lla municipalidad -que se encontraba a 10 cuadras- registra que concurrió 40 minutos después de los mensajes de alerta que recibieran los familiares entre las 18:30 hs aprox.
Agregamos que no hay información científica que al momento haga presumir que sus muertes son causa de inhalación de carbono por el humo del incendio, o de quemaduras. La investigación se encuentra pendiente y pedimos que se realice con la pericia y diligencia necesarias habida cuenta que testimonios sobrevivientes nos han comunicado a cerca de un posible abuso del personal penitenciario durante los hechos, y que contrastan con las siguientes indicaciones que suscitan nuestra duda:
Los familiares de los presos muertos denunciaron que de los 19 recluidos en la comisaría (ex centro de detención de la última dictadura civico - militar) sobrepasaba la capacidad de las instalaciones, habiendo sólo 3 calabozos.
Señalan a su vez estos allegados y familiares, su sospecha de que el personal penitenciario haya generado el fuego para "tapar" las torturas y maltratos que recibían los reclusos en los calabozos, por previas declaraciones expresadas a ellos durante las visitas realizadas.
Cabe hacer mención importante a cerca de una de las personas detenidas de nacionalidad colombiana, no siendo menor el contexto actual que ha sido denunciado por reconocidas organizaciones de DDHH e instituciones de control tales como la PROCUVIN, La Defensoría del Pueblo, el Instituto contra la discriminación, CAREF, CELS, y los miembros de la Sociedad Civil, sobre la criminalización y foco de "sospecha" sobre migrantes en la Argentina, a partir de medidas institucionales, algunas no oficializadas como el Convenio entre Ministerio de Seguridad, Ministerio de Justicia y DNM para la ocupación de un predio con uso exclusivo de mantener en privación de libertad a Migrantes. Más recientemente la sanción del Decreto 70/17 en Febrero de este año, que prevé la expulsión "rápida" y expedita del migrante que cometa delitos en flagrancia, o aquellos que generen privación a la libertad, tengan o no condena firme, mas precisamente, tengan procesamiento firme o condena en primera instancia, otorgando facultades a la DNM para decidir sobre la permanencia, expulsión del territorio argentino, o revocación del trámite o residencia en cualesquier estado en que se encuentre.
John Mario Chillito Claros de 25 años de edad, detenido desde el 17 de Diciembre de 2016, por un delito excarcelable, había cumplido con la audiencia 168 bis, por la cual obtuvo la aceptación para tener arresto domiciliario, y que se haría efectivo entre el Lunes 6 y el Martes 7 de Marzo del corriente.
En circunstancias dudosas y que han suscitado la preocupación de colectividades migrantes respecto a la seguridad, y custodia que cumpla con las debidas garantías constitucionales y aquellas que refrendan en los pactos internacionales, sobre la política migratoria y los derechos de las personas que se encuentren detenidas en la órbita del SPF, en Comisarías, o en Institutos de Menores.
Por el gravísimo hecho ocurrido y su pronto esclarecimiento, solicito a mis pares su acompañamiento en el presente Proyecto de Resolución, destacando que esta iniciativa cuenta con el pedido de las organizaciones que presentan a continuación su adhesión.
- Defensoría del Inmigrante de la República Argentina.
- Familiares de las Víctimas.
- Colectivo colombiano "Tinto Mate y Resistencia".
- Familiares de las víctimas.
- Organización Patria Grande.
- Observatorio de Políticas Públicas, Legislativas y Comunicacionales OPPLEC.
- SOS Discriminación Internacional.
- La Cultura del Barrio.
- Sharp Buenos Aires.
- Comisión Organizadora del 8 de Noviembre, Día Nacional de los Afroargentinos, las Afroargentinas y todas las organizaciones que la integran.
- Sociedad Caboverdeana de Dock Sud.
- Todos con Mandela.
- Agrupación Xangó.
- ONIRA.
- Instituto de Investigación y Difusión de las Culturas Negras Ilé Asé Osún Doyo.
- Todo en Sepia.
- Asociación de Mujeres afrodescendientes en Argentina.
- Movimiento afroamericano.
-Campaña Nacional contra la Violencia Institucinal.
-Movimiento Evita.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERREYRA, ARACELI CORRIENTES PERONISMO PARA LA VICTORIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)