SEGURIDAD INTERIOR
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 2991-D-2017
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL INGRESO DE LA POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN AL COMEDOR UNIVERSITARIO DEL COMPLEJO DEPORTIVO "EL PALOMAR", PERTENECIENTE A LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN JUAN.
Fecha: 06/06/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
Expresar su preocupación y rechazo al ingreso de la Policía de la provincia de San Juan al Co-medor Universitario del Complejo Deportivo “El Palomar”, perteneciente a la Universidad Nacional de San Juan, en evidente violación del artículo 31 de Ley N° 24.521 de Educación Superior.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la tarde del martes 30 de mayo, las autoridades de la Universidad Nacional de San Juan informaron que dos agentes de la Policía de San Juan ingresaron en el Comedor Universitario del Complejo Deportivo “El Palomar”, perteneciente a dicha Universidad Nacional, mientras se desarrollaba una asamblea informativa de la CICUS (Comisión Interna del Comedor Universitario Sanjuanino).
Según dichos de los alumnos, los uniformados preguntaron si se realizaría alguna manifestación en la vía pública y luego se retiraron. Aunque no se produjo hecho de represión alguno, la Universidad Nacional de San Juan rechaza de plano este singular acontecimiento de presencia policial, sin haber mediado requerimiento alguno de esta Casa de altos estudios y, especialmente, considerando que se trataba de una reunión más como otras tantas que realizan sus estudiantes en los predios universita-rios.
Ante esto, el rector de la UNSJ, Dr. Oscar Nasisi, se comunicó con autoridades de las Fuerzas de Segu-ridad de la Provincia para conocer de qué manera se sucedieron los hechos. Las autoridades le co-mentaron que tomaron conocimiento mediante las redes sociales de la posibilidad de cortes de calles cercanas a la Casa de Gobierno. Por tal motivo, el Dr. Nasisi les recordó que en una eventual próxima vez la Policía debe esperar afuera del predio universitario, además de avisar a las autoridades de la UNSJ.
El pedido del Rector de esta Universidad se funda en la defensa férrea de la autonomía de la Univer-sidad Pública que se ampara en dos Artículos de la vigente Ley de Educación Superior Nº 24.521. Por un lado, su Artículo 30 dice que “las instituciones universitarias nacionales sólo pueden ser intervenidas por el Honorable Congreso de la Nación, o durante su receso y ad referéndum del mismo, por el Poder Ejecutivo nacional por plazo determinado -no superior a los seis meses- y sólo por alguna de las siguientes causales: a) Conflicto insoluble del o de la institución que haga imposible su normal funcionamiento; b) Grave alteración del orden público; c) Manifiesto incumplimiento de la presente ley. La intervención nunca podrá menoscabar la autonomía académica”.
Y, sobre todo, la UNSJ recuerda y recurre al Artículo 31, el cual señala que “la fuerza pública no puede ingresar en las instituciones universitarias nacionales si no media orden escrita previa y fundada de juez competente o solicitud expresa de la autoridad universitaria legítimamente constituida”.
Por todo lo expuesto, solicito a mis colegas que me acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
COUSINET, GRACIELA | MENDOZA | LIBRES DEL SUR |
MASSO, FEDERICO AUGUSTO | TUCUMAN | LIBRES DEL SUR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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