SEGURIDAD INTERIOR
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3213-D-2017
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE ENTREGA VOLUNTARIA DE ARMAS DE FUEGO. NUEVO PLAZO DE EJECUCION.
Fecha: 15/06/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 70
ARTÍCULO 1º- Dispónese un nuevo plazo de ejecución, a partir del 1º de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019, del Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, creado por ley 26.216, prorrogado por decreto 560 de fecha 3 de abril de 2008 y por las leyes 26.520, 26.644, 26.792, 26.919 y 27.286.
ARTÍCULO 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 26.216 declaró la emergencia nacional en materia de tenencia, fabricación, importación, exportación, transporte, depósito, almacenamiento, tránsito internacional, registración, donación, comodato y compraventa de armas de fuego, municiones, explosivos y demás materiales controlados, registrados o no registrados. Asimismo, creó el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, con el objetivo de reducir el circulante de armas de fuego y concientizar sobre el peligro de las mismas.
En el marco del Programa, las armas pueden entregarse a través de un proceso voluntario y anónimo, sin consecuencias legales para las personas que efectivicen la entrega, quienes reciben a cambio un incentivo económico cuyo monto actual va desde los $1200 hasta los $3000 (según el tipo de arma y calibre). Al momento de la entrega, las armas son identificadas, registradas fotográficamente e inutilizadas en el momento con una prensa hidráulica. Finalmente, la ANMaC destruye y funde el material de las armas en una planta siderúrgica. La política de destrucción tiene como objetivo la eliminación total del arma de fuego y la imposibilidad de que la misma vuelva al circuito y pueda ser utilizada ante situaciones conflictivas y violentas.
De este modo, el plan se ha constituido como una exitosa política pública, que logró la entrega de más de 175.000 armas de fuego y que ha superado las diferencias partidarias, convirtiéndose en una verdadera política de Estado, apoyada constante y unánimemente a lo largo de diez años por todos los sectores políticos.
Sin embargo, por tratarse de una política pública prevista en el marco de una ley de emergencia, el Programa requiere ser prorrogado periódicamente. La vigencia inicial del Plan – de ciento ochenta días - fue prorrogada de acuerdo con lo que preveía el artículo 5° la ley 26.216 por otros ciento ochenta días adicionales a través del decreto 560 del 3 de abril de 2008. Con posterioridad se lo volvió a prorrogar por medio de las leyes 26.520, 26.644, 26.792, 26.919 y 27.286, cuyo plazo vence el 31 de diciembre próximo.
Más allá de los efectos directos que tiene el Programa en la reducción del circulante de armas y su consecuente destrucción, el mismo es a la vez uno de los ejes de la política de prevención y sensibilización de la ciudadanía. En ese sentido, vale resaltar que según las estadísticas del Ministerio de Salud de la Nación 8 personas mueren por día a causa de armas de fuego, muertes que se producen mayoritariamente en conflictos interpersonales y no en situaciones delincuenciales. El Programa permite concientizar y sensibilizar respecto a los peligros de la violencia con armas de fuego: las armas no colaboran en la seguridad ni resuelven problemas, por el contrario, potencian las probabilidades de que un conflicto se resuelva de modo violento y conlleve consecuencias letales.
La política de destrucción tiene como objetivo la eliminación total del arma de fuego y la imposibilidad de que la misma vuelva al circuito y pueda ser re-utilizada ante situaciones conflictivas y violentas. El método argentino, que consiste en la inutilización, destrucción y fundición de las armas, es pionero en la región y ha sido premiado por las Naciones Unidas. En el marco de la celebración de la Semana del Desarme, la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA), el Consejo Mundial del Futuro y la Unión Interparlamentaria (UIP) distinguieron al Plan Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego argentino con el premio "Future Policy Award 2013", que reconoce políticas de desarme que contribuyen a la paz, el desarrollo sostenible y la seguridad humana.
Este programa de alcance nacional forma parte de una política integral de control y prevención de la violencia armada, que incluye medidas de control del mercado legal y medidas de persecución del mercado ilegal de las armas de fuego. Es de público conocimiento el riesgo que deriva de la tenencia de armas de fuego por particulares, en los hechos se revelan como productoras de accidentes, transmisoras de violencia familiar, de género, derivando en consecuencias generalmente fatales. Asimismo, lejos de brindar mayor seguridad al individuo, lo coloca en un alto nivel de riesgo personal.
Por último, vale señalar que la Ley 27.192 de creación de la Agencia Nacional de Materiales Controlados –en reemplazo del viejo RENAR– establece entre las funciones del organismo la realización de programas de concientización y sensibilización sobre desarme y control de la proliferación de armas de fuego en la sociedad, que promuevan la cultura de la no violencia y la resolución pacífica de los conflictos.
El plan de desarme promueve la cultura de la no violencia y la resolución pacífica de conflictos. Dado que el Plan ha tenido aceptación generalizada por parte de la sociedad civil, contando con un fuerte apoyo de la Red Argentina para el Desarme, y considerando que sin perjuicio del éxito notorio y de todo el trabajo hecho aún no se han logrado los objetivos de desarme planteados en el mismo, es que resulta necesario otorgarle continuidad a través de una nueva prórroga.
Con el convencimiento que éste es un aporte necesario para la lucha por la erradicación de las violencias, solicito a mi pares me acompañen con su voto en la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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COPES, ANA ISABEL | SANTA FE | DEMOCRATA PROGRESISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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