SEGURIDAD INTERIOR

Comisión Permanente


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Jefe LIC. BUSTO ANDRES SEBASTIAN

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 3272-D-2006

Sumario: CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE ORDENES DE CAPTURA - RENOC - DENTRO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR.

Fecha: 15/06/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 72

Proyecto
Artículo 1º.- Crease el Registro Nacional de Ordenes de Captura (Re.N.O.C.) bajo la dependencia jerárquica de la Subsecretaría de Seguridad Interior, dependiente del Ministerio del Interior y dentro del marco del Convenio Policial Argentino.
Artículo 2º.- Corresponderá al Re.N.O.C.:
a) Llevar un listado actualizado de las personas buscadas con pedidos de capturas emitidas por las autoridades judiciales competentes de todo el país.
b) Interconectar dicho registro, a través de un sistema informático, a todas las Fuerzas de Seguridad y servicios penitenciarios del país.
c) Suministrar a solicitud de las Autoridades Judiciales o Policiales Nacionales o Provinciales competentes toda la información que obre en su poder.
d) Desarrollar todas las facultades que se le atribuyan expresamente.
Artículo 3º.- En el Re.N.O.C., se tomará razón de todas las órdenes de capturas emanadas de los juzgados competentes de las distintas jurisdicciones. En dichas órdenes deberá constar obligatoriamente la siguiente información mínima:
1. Los datos del Juzgado que emita la orden y del magistrado que la suscribe.
2. Los datos completos de la persona buscada.
3. Toda otra información complementaria, que sirva a los fines de la identificación de la persona buscada, como ser: Características físicas, alias, fotografías, señas o marcas que lo destaquen o le sean particulares, etc.
Artículo 4º.- Las órdenes de captura serán ingresadas para la toma de razón en el Re. N.O.C. por las Fuerzas de Seguridad, policiales y penitenciarias, correspondiéndoles a estas la responsabilidad de actualizar los datos que suministren a dicho Registro sin necesidad de solicitud previa.
Artículo 5º.- La aplicación de esta Ley corresponderá a la Subsecretaría de Seguridad Interior, dependiente del Ministerio del Interior y, a tal fin, corresponderá a la misma:
a) Brindar asesoramiento y velar por el cumplimiento de la presente ley por parte de las distintas fuerzas de seguridad, policiales y penitenciarias integrantes del sistema.
b) Fomentar la comunicación y la cooperación entre las distintas instituciones intervinientes.
c) Reglamentar las condiciones y procedimientos para la toma de razón y las consultas en el Re.N.O.C..
d) Establecer el vínculo de transmisión de datos como así, proveer los medios necesarios para su implementación a cada una de las instituciones intervinientes.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La inseguridad es hoy, uno de los temas más preocupantes para nuestra sociedad. Esto obliga a quienes tenemos la representatividad del pueblo, a tratar de que desde nuestra función, cual es la de legislar, acompañemos con medidas que coadyuven a mitigar tan difícil situación.
Hoy nos encontramos con la triste realidad, de que no existe un sistema unificado de registro de pedidos de capturas. Las distintas Fuerzas de Seguridad Nacionales y Policías Provinciales, intentaron en varias oportunidades crear él mismo y por distintas razones ese proyecto se fue demorando.
En la actualidad este tipo de requerimiento se registra por intermedio del Convenio Policial Argentino, quien distribuye la información a todas las Fuerzas de Seguridad nacional y Policías Provinciales, quienes a su vez incorporan en el banco de datos de cada una de estas instituciones, tales pedidos.
Evidentemente esta metodología hace que la información no llegue en tiempo rápido y muchas veces, hasta no se registre. Esto hace ineficiente cualquier acción preventiva, sobre todo sobre los ciudadanos que pesa un pedido de captura, como así facilita el desplazamiento de los mismos por todo el territorio nacional, sin temor a ser aprehendidos.
Como es sabido, la Ley de Seguridad Interior 24.059 establece las funciones de la Subsecretaria de Seguridad Interior, en cuyo marco se establece la coordinación de las fuerzas de seguridad y policiales del país, en lo referente al esfuerzo nacional de policía, considerándose por ello el ámbito adecuado para la implementación de este tipo de registro.
Por los motivos anteriormente expuestos, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
VANOSSI, JORGE REINALDO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
TONELLI, PABLO GABRIEL BUENOS AIRES PRO
ALCHOURON, GUILLERMO EDUARDO BUENOS AIRES ACCION REPUBLICA
BRILLO, JOSE RICARDO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
GALVALISI, LUIS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
SEGURIDAD INTERIOR
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA)
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0206-D-08