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SEGURIDAD INTERIOR

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 207

Jefe LIC. BUSTO ANDRES SEBASTIAN

Miércoles 10.00hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 4268-D-2013

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS AL OPERATIVO DE SEGURIDAD DESPLEGADO PARA EL PARTIDO DE FUTBOL JUGADO ENTRE EL CLUB ATLETICO BOCA JUNIORS Y EL CLUB ATLETICO RIVER PLATE EL 5 DE MAYO DE 2013.

Fecha: 28/05/2013

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos que correspondan, informe sobre los puntos que a continuación se detallan, en relación al operativo de seguridad desplegado para el partido de fútbol jugado entre el Club Atlético Boca Juniors y el Club Atlético River Plate, el pasado 5 de mayo de 2013:
1.- Datos del/los responsable/s de realizar la inspección previa a dicho espectáculo deportivo, a efectos de constatar la ausencia de elementos de pirotecnia u otros que pudieran ser utilizados para ejercer violencia, dentro del estadio "Alberto J. Armando".
2.- Remisión de la copia del acta levantada por el/los responsables de la inspección u otro documento en el que conste la fecha y hora en que se realizó, así como las dependencias e instalaciones alcanzadas.
3.- Detalle de los elementos y recursos utilizados para llevar adelante la inspección.
4.- Enumeración y evaluación de las medidas de control que se adoptaron para evitar que el público participante ingresara elementos de pirotecnia al estadio.
5.- Descripción de las sanciones aplicadas al Club Atlético Boca Juniors con motivo de los hechos de inseguridad que se registraron durante el partido y razones por las que se descartó disponer la clausura del estadio en los términos del artículo 49 de la Ley 23.184.
6.- Si los elementos de prueba reunidos a través de las cámaras de vigilancia, la transmisión televisiva y cualquier otro medio, permitieron identificar a las personas que provocaron los desmanes que derivaron en la suspensión temporaria del partido y que agredieron al arquero del Club Atlético River Plate.
En caso afirmativo, si se formalizó en su contra la correspondiente denuncia penal, conforme el artículo 7 de la Ley 23.184 y/u otros del Código Penal que pudieran resultar de aplicación.
7.- Remisión de los protocolos de prevención y seguridad vigentes en materia de espectáculos deportivos y si los mismos se encuentran en proceso de revisión producto de los reiterados hechos de violencia suscitados en las instalaciones e inmediaciones de los estadios de fútbol de nuestro país.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Como es de público conocimiento, cuando promediaba el segundo tiempo del partido de fútbol disputado entre el Club Atlético Boca Juniors y el Club Atlético River Plate, el pasado 5 de mayo de 2013, el árbitro mantuvo suspendido el encuentro durante siete minutos, como consecuencia de los incidentes provocados por personas ubicadas en la tribuna de la parcialidad local.
Todo comenzó con el despliegue de una bandera que excedía las medidas permitidas para ser exhibida dentro de un estadio, conteniendo mensajes ofensivos y discriminatorios.
Un importante número de inadaptados se trepó al alambrado y encendió cantidades inusitadas de pirotecnia, cuya utilización se encuentra prohibida, generando una situación de riesgo alarmante.
Como agravante, algunos arrojaron los denominados "tres tiros", directamente contra el arquero del Club Atlético River Plate, exponiéndolo a la posibilidad cierta de sufrir heridas serias.
La coordinación y simultaneidad con la que se llevaron adelante estas acciones, dan cuenta que se trató de una situación que fue planeada con anticipación al partido.
Por otra parte, la magnitud de los elementos pirotécnicos detonados, nos lleva a pensar que no pudieron ser introducidos al estadio sin la complicidad de autoridades del Club y/o de la Policía Federal.
Frente a estos acontecimientos, que lamentablemente distan de ser una novedad en el fútbol argentino, consideramos oportuno dirigir este pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional, relativo a diversos aspectos del operativo de seguridad que se implementó con motivo del superclásico.
En particular y atento las sospechas serias que existen respecto a que la pirotecnia habría sido ingresada al estadio con anterioridad al partido, la mayoría de los puntos se refieren a la inspección que debía necesariamente haberse realizado en esa oportunidad, incluyendo los datos del/los responsables, cuándo se realizó, con qué recursos y cuáles fueron sus alcances.
Ante las evidentes fallas de organización, control y vigilancia que tuvieron lugar, también se incorporan ítems relativos a las medidas de seguridad instrumentadas para evitar que se introdujeran elementos peligrosos al momento del ingreso del público.
Asimismo, se requiere información sobre las sanciones aplicadas al Club Atlético Boca Juniors, así como la identificación posterior de las personas intervinientes en los desmanes y la efectivización de las denuncias penales pertinentes, en los términos de los artículos 7 y 49 de la Ley 23.184 - Régimen Penal y Contravencional para la Prevención y la Represión de la Violencia en Espectáculos Deportivos.
Artículo 7°: "Será reprimido con prisión de un mes a tres años el que impidiere, mediante actos materiales, aunque sea momentáneamente, la realización de un espectáculo deportivo en un estadio de concurrencia pública."
Artículo 49°: "En jurisdicción nacional, el Poder Ejecutivo, por medio del organismo que resulte competente, podrá disponer la clausura temporaria o definitiva de los estadios, cuando los mismos no ofrezcan seguridad para la vida o integridad física del público o para el desarrollo normal del espectáculo, sea por deficiencias de los locales o instalaciones, sea por fallas de organización para el control o vigilancia, acorde a los propósitos de esta ley."
Finalmente, se indaga sobre la situación de los protocolos de prevención y seguridad vigentes en materia de espectáculos deportivos, toda vez que parece evidente que no se estarían aplicando o que el contenido de los mismos no es el adecuado y ameritaría su urgente revisión.
Conforme lo expuesto, con el objetivo de contribuir a terminar con la violencia en el fútbol de nuestro país y erradicar las prácticas corruptas que la favorecen, es que solicitamos la pronta aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/08/2013 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
23/09/2013
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2507/2013 CON MODIFICACIONES 23/09/2013