SEGURIDAD INTERIOR
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 4776-D-2017
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL ACCIONAR POLICIAL LUEGO DE LA MOVILIZACION POR LA APARICION CON VIDA DE SANTIAGO MALDONADO, OCURRIDO EL DIA 1 DE SEPTIEMBRE DE 2017 EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES.
Fecha: 07/09/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
Expresar repudio por el accionar policial desatado luego de la movilización por la aparición con vida de Santiago Maldonado el pasado viernes 1 de septiembre, que implicó una violenta e indiscriminada represión, plagada de irregularidades y que culminó con la detención de más de 30 personas, que permanecieron detenidas e incomunicadas durante 36 horas a pesar de las escasas evidencias en su contra.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El viernes 1 de septiembre, a un mes de la desaparición de Santiago Maldonado, familiares de la víctima y organizaciones de derechos humanos convocaron a una masiva movilización a Plaza de Mayo reclamando su aparición con vida. La jornada, en la que participaron más de 250.000 personas, se desarrolló pacíficamente hasta el momento de su desconcentración.
De acuerdo a las versiones oficiales, una vez finalizado el acto, alrededor de las 20, un grupo de manifestantes intentó derribar las vallas que se levantaron delante de la Casa Rosada y arrojaron piedras a la policía. La respuesta a estas agresiones fue una feroz e indiscriminada represión.
En los videos disponibles se puede observar que la policía llevó adelante una verdadera cacería, deteniendo violenta y arbitrariamente a quienes se encontraban en la zona, aislados y desprotegidos luego de que la movilización se había dispersado, lejos del lugar en donde se iniciaron los incidentes y sin ninguna evidencia de haber participado en los mismos.
En el marco del operativo, la policía utilizó balas de goma, disparadas hacia delante, a pesar de que su uso está prohibido para disolver movilizaciones y de que sólo se permite como último recurso cuando la integridad de las fuerzas policiales o de terceros se encuentra en peligro. Como consecuencia de este accionar, varias personas resultaron heridas en el rostro, con impacto de balas en la boca, nariz y ojos.
En las filmaciones y los registros fotográficos, se observa también que la policía actuó sin identificación reglamentaria, persiguiendo y golpeando a manifestantes y transeúntes. Los videos muestran claramente cómo los agentes de civil se colocaban las pecheras sólo al momento de efectuar la detención, para quitárselas luego y volver a efectuar nuevos arrestos. La intervención de policías sin uniforme ni identificación está prohibida explícitamente por la Ley 5.688 de la ciudad.
En el transcurso de la represión, la policía también agredió y detuvo a los trabajadores de prensa y a las personas que intentaban registrar los hechos, mostrando un especial ensañamiento contra quienes de este modo permiten cierto control ciudadano de las prácticas de las fuerzas de seguridad.
Como saldo del violento e irregular accionar policial, resultaron detenidas treinta y un personas, que fueron trasladadas a distintas comisarías de la ciudad de Buenos Aires. A pesar de que las primeras detenciones se efectuaron alrededor de las 21, hasta las 2 de la mañana no había información sobre cuántas eran las personas detenidas, dónde se encontraban, por órdenes de qué juez o fiscal ni qué delito se les imputaba.
Luego se informó que la acusación formal a los detenidos fue por el delito federal de intimidación pública y atentado y resistencia a la autoridad, sin especificar por qué hechos concretos se los acusaba. La decisión de aplicar esta figura penal fue tomada por el poder ejecutivo de la ciudad de Buenos Aires y luego convalidada por el juez Marcelo Martínez de Giorgi, sin mediar más evidencia que las producidas por la propia policía, y a la cual que los defensores de los detenidos no pudieron acceder.
Es importante destacar que existe una notable discrepancia entre las actas labradas por la policía, que adjudican a varias personas el mismo hecho - derribar el vallado frente a la Casa Rosada y agredir a personal policial con botellas y piedras y quemar tachos de basura- y los relatos de los detenidos, que afirman no sólo no haber participado en los hechos que les adjudican, sino que sostienen que ni siquiera se encontraban en el momento y lugar en el que supuestamente fueron detenidos. Se dieron a conocer los casos de dos periodistas de la Red de Medios Alternativos, que figuran detenidos en Plaza de Mayo, pero que se encontraban en Avenida de Mayo y San José. Del mismo modo, un joven aparece detenido a las 20.18 pero a las 20.50, instantes antes de que lo detuvieran, le había mandado un mensaje a su pareja diciéndole que estaba bien. A un docente lo acusaron de tirar piedras en Plaza de Mayo y quemar tachos de basura, aunque lo detuvieron en Avenida de Mayo y 9 de Julio cuando salía de cenar. Este detenido tenía entre sus pertenencias el ticket de la pizzería con el que se constata que salió de comer a las 22, mientras que en el acta de su detención la policía sostiene que lo detuvieron a las 20.18.
Aun cuando no existía ninguna razón para suponer que hubiera vínculos entre los detenidos, o que la comunicación con sus familiares o abogados pudiese entorpecer la investigación, el juez decidió incomunicar a todos los detenidos. Esta decisión implicó que no pudieran resolver los problemas que se derivaban de las malas condiciones de detención, con consecuencias particularmente sensibles para quienes padecían dificultades de salud, que no pudieron ser atendidos de manera adecuada. Asimismo, varios de los detenidos denunciaron públicamente situaciones de maltratos, intimidación y amenazas con frases alusivas a la desaparición de personas.
Esta medida, arbitraria y desproporcionada parece no tener otro efecto que intimidar a quienes están privados de la libertad, así como a todas las personas que salen a las calles a protestar.
En un comunicado, el Centro de Estudios Legales y Sociales expresa con claridad las consecuencias de estas prácticas policiales y decisiones judiciales.
“En síntesis, más de treinta personas fueron detenidas con violencia mientras participaban de una protesta, estuvieron privadas de su libertad e incomunicadas por más de 36 horas y ahora están imputadas por el delito federal de ‘intimidación pública’. Si esta imputación prospera enfrentarán un proceso penal que puede durar años por el solo hecho de haber participado de una manifestación, haber intentado registrar la violencia policial o, simplemente, haber estado caminando por la ciudad un viernes a la noche”.
Si bien no caben dudas de que no se debe permitir que grupos violentos agredan a la policía y destruyan el patrimonio público y privado, la represión desproporcionada desatada por las fuerzas de seguridad y las detenciones arbitrarias no se dirigieron a desalentar este tipo de prácticas. El único fin de un accionar de estas características parece ser infundir temor en la ciudadanía y desincentivar las formas pacíficas, legales y legítimas de protesta social. Es necesario que el Poder Ejecutivo repudie este tipo de prácticas por parte de las fuerzas policiales en lugar de celebrar, defender y justificar sistemáticamente sus conductas. Del mismo modo, es imperioso que el Estado ejerza un férreo control sobre las fuerzas de seguridad, para evitar que el autogobierno de las mismas siga erosionando derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional. Es por eso que solicito a los señores diputados que acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MOYANO, JUAN FACUNDO | BUENOS AIRES | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia) |