SEGURIDAD INTERIOR

Comisión Permanente


Of. Administrativa: Piso P02 Oficina 207

Jefe LIC. BUSTO ANDRES SEBASTIAN

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2172 Internos 2172/2209 /2264/

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 6815-D-2006

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA HABILITADAS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 13/11/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 172

Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos que correspondan, se sirva informar:
1. Número total empresas de seguridad privada habilitadas en el territorio nacional e inscriptas en los distintos registros de direcciones de servicios de seguridad privada de cada jurisdicción;
2. Nómina de las mismas y de sus titulares;
3. Nómina de empresas de seguridad privada cuya habilitación hubiera caducado, con indicación de fecha y motivo que originó tal caducidad, en dicho caso indicar también titularidad de las mismas;
4. Cantidad total de personal en relación de dependencia y contratado declarado por las agencias de seguridad privada detalladas en el punto 1;
5. Total de credenciales de legítimo usuario de armas emitido al personal de las empresas de seguridad privada detalladas en el punto 1, otorgadas por el Registro Nacional de Armas (RENAR) en los últimos 2 (DOS) años;
6. Cantidad de cursos teórico - prácticos implementados para capacitar al personal de dichas agencias de seguridad desarrollados a la fecha, porcentaje de agencias participantes sobre el total de agencias habilitadas y total de certificaciones o constancias emitidas;
7. Nómina de empleados, directores, o titulares de esas empresas que sean personal en actividad o retirado de fuerzas policiales o de seguridad, y durante qué períodos formaron o forman parte de dichas fuerzas;
8. Total de seguros de responsabilidad civil contratados por las agencias de seguridad privada detalladas en el punto 1 con compañías aseguradoras sujetas a la fiscalización de la Superintendencia de Seguros de la Nación, indicando riesgo que cubren y vigencia de la póliza;
9. Si se han aplicado multas en los últimos 2 (DOS) años a las empresas de seguridad privada, en caso afirmativo indicar fecha y causa de la misma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Cuando concurrimos a oficinas públicas, entidades bancarias, empresas, podemos observar la presencia de personal de entidades privadas dedicadas a la actividad de la seguridad, asimismo los medios de comunicación exponen una creciente oferta mediante publicidad grafica y televisiva de empresas de investigaciones, vigilancia y custodia de personas o bienes, rastreo de unidades móviles a través de seguimiento satelital.
Este fenómeno tiene su origen en dos aspectos que podrían sintetizarse en la sensación de inseguridad que percibe nuestra sociedad , fundamentalmente en los grandes centros urbanos por una parte y por la otra en el hecho de que el Estado no brinda una protección eficaz y efectiva a esta creciente demanda de seguridad. Con relación a ello la sociedad ha adoptado soluciones de las mas diversas, quien no compra un arma para su defensa personal, coloca sistemas de alarma, defensas en puertas y ventanas o contrata un servicio privado de seguridad.
Ahora bien, el crecimiento de empresas de seguridad y vigilancia privada se debe no sólo a la problemática de la seguridad, sino que además surge por que la inseguridad, se transformó en un excelente negocio; razón por la cual resulta prioritario conocer los mecanismos a través de los cuales el Estado efectúa el el control y seguimiento respecto de dicha actividad.
“La Cámara Argentina de Empresas de Seguridad e Investigación (CAESI) fue creada en 1971 y, en la actualidad, agrupa a unas 200 empresas que tienen entre 85.000 y 90.000 vigiladores en todo el país. "En la seguridad privada hay un grado de informalidad similar al que se registra en el resto de las actividades laborales en el país. Todos los que actúan al margen de la ley no cumplen con sus obligaciones fiscales, no pagan cargas sociales y eluden otros costos. Claramente, esto constituye una competencia desleal", dice Marcelo Durañona, director ejecutivo de la entidad.” (1)
El 10 de Septiembre de 1999 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1002/99, que reglamentó los Servicios Privados de Seguridad y Custodia.
La citada norma estableció la regulación de las actividades que integran los servicios de seguridad privada determinó autoridad de aplicación y las funciones, obligaciones, condiciones para ser habilitadas, capacitación, prohibiciones y eventualmente las sanciones que pudieran corresponder a los prestatarios de tales servicios.
Por las razones expuestas, resulta necesario conocer como se ejercen efectivamente los controles sobre la actividad solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RIOS, MARIA FABIANA TIERRA DEL FUEGO ARI
GARCIA, SUSANA ROSA SANTA FE ARI
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES ARI
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA BUENOS AIRES ARI
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES ARI
MAFFEI, MARTA OLINDA BUENOS AIRES ARI
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 125 (2007), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996