SEGURIDAD INTERIOR
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6843-D-2017
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR LA DETENCION ARBITRARIA E ILEGAL DE INTEGRANTES DEL GRUPO DE "TRANSPORTISTAS DE GRANOS AUTOCONVOCADOS - TGA -", EL 9 DE FEBRERO DE 2018.
Fecha: 21/02/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 190
Declarar su repudio por la detención arbitraria e ilegal de 12 trabajadores del grupo de Transportistas de Granos Autoconvocados (TGA), ejecutada por la Gendarmería Nacional el 9 de febrero del corriente año, en un operativo ordenado por el Juez Federal de la Ciudad de Junín Héctor Plou, con motivo de una manifestación pacífica y legítima que los trabajadores realizaban en la localidad bonaerense de Carlos Casares para que se cumpla con el valor fijado para la Tarifa de Referencia en la Carta de Porte.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los métodos que las autoridades nacionales vienen empleando en estos tiempos aciagos para contrarrestar la protesta social que indefectiblemente se produce frente a la quita sistemática de derechos, no entrañan únicamente el uso de las fuerzas represivas del Estado –con renovados dispositivos y tácticas más violentas. Es evidente que a la pata armada se le suma un aparato mediático cuidadosamente orquestado, pero hoy, más que nunca, se observa un sistema de administración de justicia federal que lejos de administrar ese valor axiológico, no muestra ni el más mínimo pudor en subvertir lineamientos elementales de legalidad para ponerse al servicio de los intereses del poder y ofrecerse como fachada legal para los objetivos espurios de esos intereses.
Estas políticas del Gobierno Nacional, cualquiera sea el ángulo que se analice, están abiertamente contrapuestas a los principios, derechos y garantías de nuestra Constitución Nacional (garantías judiciales, libertad de expresión y derecho a ser informado, entre otros), a su contenido orgánico (división de poderes, independencia judicial), y a la base programática que ella misma dispone (prohibición de regresividad de los derechos adquiridos)
Señor Presidente, la situación que este proyecto de resolución repudia se origina en el reclamo legítimo de los transportistas de granos de que
se haga cumplir la Tarifa de Referencia establecida en la Disposición 171-E/2017 del Ministerio de Transporte, en el valor fijado en la Carta de Porte, para el transporte de cargas pesadas en vehículos de gran porte de Cereales y Oleaginosas, no pudiendo oscilar el precio en más de un 10% para proteger a los pequeños y medianos empresarios del transporte.
Este derecho de los transportistas existe, existía, y no reconocerlo, aplicarlo y respetarlo, más allá del fino análisis legalista, es regresivo y vulnera el principio de progresividad de los derechos reconocidos en nuestra Constitución Nacional. Pero acá se ve que se prioriza la posición de ciertos grupos concentrados de la economía agrícola en desmedro de estos transportistas. Y cuando éstos se manifiestan pacíficamente, se recurre al aparato judicial y policial para resolver el conflicto de cuajo. Se los arresta, se les colocan esposas, se los incomunica, se los agrede físicamente (según denuncias algunos recibieron golpes), y se les echa encima acusaciones criminales de lo más inverosímiles como privación ilegal de la libertad y homicidio en grado de tentativa.
Cabe aclarar que cuando decimos que era una manifestación pacífica afirmamos que no existió violencia, lo que no empece de ninguna manera a que la protesta se desarrolle con las formas y modalidades que los manifestantes consideren más adecuadas. Es que en una manifestación se combinan una serie de derechos y garantías constitucionales que incluyen no solamente la de peticionar a las autoridades, sino también la libertad de expresión.
Pero no obstante la Gendarmería, una fuerza federal, hace el trabajo sucio de calle y en las condiciones arriba descriptas envía a 12 de estos transportistas, 12 genuinos trabajadores, a las garras del sistema de la
Justicia Federal Criminal y Correccional que en forma vergonzosa actúa en función de las directivas del poder, en vulneración al principio de intervención mínima de la ley penal. Los 12 transportistas fueron detenidos el 9 de febrero y luego de ser llevados ante el Juez Federal Plou, al día de la presentación de este Proyecto continúan detenidos y han sido enviados a la Unidad Carcelaria Alcaldía 49 de la Ciudad de Junín.
Debemos repudiar todo este accionar, debemos repudiar que no se reconozca el reclamo de los trabajadores, debemos repudiar que no se les respete el derecho a manifestarse pacíficamente, y debemos repudiar que se los reprima y se los haga caer en las arenas movedizas de la justicia federal criminal y correccional.
Para concluir, y como reivindicación de estos trabajadores, creo necesario hacer mención de sus nombres:
Gustavo Bilbao, Alberto Collado, Franco Simeonato, Pedro Fascioli, Daniel Dalmazo, Pablo Iriazabal, Cristian Valente, Guillermo Verao, José Yedro, César Cingolani, Eloi Dalmazo, Roddolfo Bao (detenidos en Junín), Marcelo Díaz, Gonzalo Macías, Carlos Suárez, Claudio Brites (detenidos en Dudignac).
Firmante | Distrito | Bloque |
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FERREYRA, ARACELI | CORRIENTES | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
DE PONTI, LUCILA MARIA | SANTA FE | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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