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VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 145

Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA

Miércoles 12.30hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0972-D-2007

Sumario: SUSPENSION DE REMATES Y DESALOJOS QUE AFECTAN A VIVIENDAS UNICAS Y FAMILIARES, LEY 26103: PRORROGASE A PARTIR DE SU VENCIMIENTO SU APLICACION POR EL PLAZO DE 90 DIAS HABILES.

Fecha: 23/03/2007

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 17

Proyecto
ART. 1: Prorrógase a partir de su vencimiento la Ley N° 26.103 en todos sus términos, y por el plazo de 90 ( noventa) días hábiles, la suspensión de las ejecuciones de sentencias que tengan por objeto el remate de la vivienda única y familiar originada en mutuos elegibles conforme lo prescripto por la Ley 25.798 y sus modificatorias.
ART. 2: Suspéndase por igual plazo los desalojos ordenados en los procesos por ejecuciones hipotecarias de vivienda única y familiar por mutuos elegibles, conforme lo dispuesto por la Ley 25.798 y concordantes.
ART. 3: En caso de haberse puesto en funcionamiento la unidad de reestructuración antes del plazo de los artículos precedentes, facultase a la autoridad de aplicación para que omita el cumplimiento de los mismos.
ART.4: La presente disposición es de orden público quedando comprendida dentro de la Ley. 25.561 (EMERGENCIA PUBLICA Y DE REFORMA DEL REGIMEN CAMBIARIO) y sus modificatorias.
ART.5: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La situación habitacional de los argentinos, se ve amenazada por inminentes ejecuciones de deudores hipotecarios de vivienda única y familiar, por ello éste parlamento dictó leyes de prórroga a la suspensión de ejecuciones hipotecarias.
La Ley 26.177, de fecha 29 de noviembre de 2006, busca la solución de fondo por la que atraviesan los deudores hipotecarios de vivienda única y familiar, por deudas contraídas con anterioridad a la convertibilidad.
Habida cuenta del inminente vencimiento de los plazos legales sin que se haya puesto en funcionamiento la Unidad de Reestructuración corresponde establecer una nueva prorroga en virtud que se dan los mismos supuestos que obligaron a los anteriores
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ya se ha pronunciado acerca de los mutuos entre particulares, avalando la teoría del esfuerzo compartido, pero los deudores con entidades bancarias siguen estando a la espera de una solución..
Por lo expuesto, más lo que ampliará oportunamente el miembro informante en el recinto, es que solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RUCKAUF, CARLOS FEDERICO BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
PRESUPUESTO Y HACIENDA