Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Vivienda y Ordenamiento Urbano »

VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 145

Jefe CPN. MAMBRIN RAMONA LUCIA

Miércoles 12.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2136 Internos 2136/34

cvyourbano@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 6458-D-2016

Sumario: CONSTRUCCION Y DISEÑO DE VIVIENDAS, FINANCIADO TOTAL O PARCIALMENTE POR EL ESTADO NACIONAL, UTILIZANDO PARAMETROS DE EFICIENCIA ENERGETICA. REGIMEN.

Fecha: 21/09/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132

Proyecto
Artículo 1º.- Las viviendas que se construyan a partir de la sanción de la presente ley, y que sean financiadas total o parcialmente por el Estado Nacional, deberán incorporar en su diseño y construcción parámetros de eficiencia energética, los cuales serán establecidos por la reglamentación que disponga el PEN.
Artículo 2º.- Se entenderá por parámetros de eficiencia energética a aquella que, por su diseño, y/o los materiales y artefactos utilizados, garanticen un menor consumo energético para su iluminación, climatización y calentamiento de agua para uso doméstico, y que implique el aprovechamiento de fuentes renovables de energía, y/o el ahorro del uso de energías provenientes de fuentes no renovables.
Artículo 3º.- A los efectos de la presente ley se entenderá por fuentes renovables de energía a aquellas definidas en el artículo 4º inciso a) de la Ley 26.190.
Artículo 4º.- La autoridad de aplicación determinará, para cada caso particular, los medios tendientes a cumplir con el objeto de la presente ley, basándose en los avances tecnológicos, los materiales más adecuados de acuerdo a la localización geográfica y el clima y las demás variables que deban ser tenidas en cuenta para la construcción de las viviendas que se edifiquen para ser otorgadas a través de programas de desarrollo habitacional financiados total o parcialmente por el Estado Nacional.
Artículo 5º.- El Poder Ejecutivo Nacional determinará a la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 6º.- Comuníquese, etc.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene como objetivo incorporar técnicas y materiales específicos al diseño y a la construcción de las viviendas sociales para tornarlas energéticamente eficientes. Esto significa que, mediante el aprovechamiento de energías provenientes de fuentes renovables, el empleo de material de construcción adecuado y la aplicación de diseños inteligentes, se podrá reducir el consumo de energía producida por fuentes tradicionales, generando un impacto positivo en toda la red energética del país.
El principal beneficio directo resultante del tipo de construcción de viviendas que aquí se propone lo gozarán sus residentes quienes experimentarán una reducción en los costos de mantenimiento de sus hogares y una mayor independencia de los servicios públicos.
Indirectamente, al reducirse el consumo de energía proveniente de combustibles fósiles, el dinero que hoy destina el Estado para adquirirlos y así producir electricidad, podrá ser utilizado para satisfacer otras necesidades de la sociedad.
No se debe dejar de tener en cuenta que la adopción de métodos de construcción energéticamente eficientes tendrá un impacto positivo en el medio ambiente. El mayor cuidado de los recursos naturales y la disminución de emisiones de gases de efecto invernadero producto de la combustión de combustibles fósiles ayudarán a disminuir la contaminación de los ecosistemas y a mitigar el cambio climático. Esto último es de suma relevancia cuando se considera que Argentina acaba de ratificar el acuerdo de Paris.
Para llevar adelante los objetivos propuestos en la presente norma se deberá recurrir a técnicas y métodos de diseño y construcción de viviendas orientados a eficientizar el consumo energético de modo tal que minimicen el impacto ambiental de los edificios sobre el medio ambiente. En dicho sentido, habrá que apuntar a la minimización del balance energético total de la edificación a través de cada una de las fases de su diseño, construcción, utilización y final de su vida útil.
Para los estos objetivos propuestos logren su mayor alcance, en cada caso particular habrá que tener en cuenta las condiciones climáticas, la hidrografía y los ecosistemas del entorno en que se construyen las viviendas, a fin de obtener el máximo rendimiento con el menor impacto.
El diseño de las edificaciones eficientes debe considerar los aspectos de ahorro de energía, por ejemplo poniendo ventanales amplios mirando al norte para que en los días de invierno la radiación solar que pasa a través de ellos caliente los recintos (calefacción pasiva); aislamiento de superficies para que no existan fugas de calor (vidrios dobles, pocas aberturas hacia el sur, bloqueadores de luz en el verano y utilización de materiales con aislantes térmicos); aprovechamiento de fuentes renovables de energía (colocación de paneles solares, generadores eólicos, colectores solares, aprovechamiento de cursos de agua cercanos, etc.). Cuanto mayor sea la utilización y la combinación de los aspectos precedentemente citados, mayor será la eficiencia energética de una edificación.
Dado que el mayor consumo de energía de un hogar se destina a su climatización, es menester alcanzar una temperatura interior confortable se logre de la manera más eficiente posible. Como alternativa a los mecanismos activos como los son los paneles solares, las células fotovoltaicas y los generadores eólicos, se puede recurrir a la climatización pasiva. De ese modo, son el diseño de la vivienda y la elección de sus materiales de construcción los factores que autorregulan su temperatura, sea permitiendo que el calor exterior ingrese al tiempo que se asegura que la temperatura interior se mantenga estable dentro de los parámetros deseados.
Por otro lado, el tamaño y la posición de las ventanas son clave para mantener la temperatura deseada en el hogar. Las ventanas se utilizan para maximizar la entrada de la luz y energía del sol al ambiente interior mientras se busca reducir al mínimo la pérdida de calor a través del cristal. En el hemisferio sur implica generalmente instalar mayor superficie vidriada al norte para captar el sol en invierno y restringir al máximo las superficies vidriadas al sur. Esta estrategia es adecuada en climas templados a muy fríos.
También, el uso del doble vidriado reduce a la mitad las pérdidas de calor aunque su costo es sensiblemente más alto. Contrariamente, si se quiere mantener la vivienda fresca, será recomendable evitar el uso de vidriados en el techo, e incluso colocar materiales reflejantes en las ventanas.
Igualmente, es importante evitar diseños de viviendas amplias y abiertas, buscando preferentemente construir edificios que sean compactos (valiéndose de techos bajos y ambientes de tamaño medio).
Otra alternativa es la incorporación de materiales reciclados o de segunda mano. La reducción del uso de materiales nuevos genera una reducción en el uso de la energía propia de cada material en su proceso de fabricación, además de abaratar costos. Así, escombros, hormigón triturado, cortes desechados de maderas, cañerías metálicas, placas de chapa, etc., pueden volver a ser aprovechados.
Finalmente, la plantación de árboles y plantas alrededor de la vivienda la protegen de las inclemencias climáticas, mantienen la humedad y proporcionan reparo del viento y proporcionan sombra en verano.
Debido a que los elementos a considerar al momento de construirlas variarán según su ubicación, dejamos en manos del Poder Ejecutivo Nacional la elección del método que más eficazmente pueda aplicar según el caso. Por ejemplo, no será lo mismo instalar paneles o colectores solares en Tierra del Fuego, donde el ciclo diurno es corto, que en el Chaco, donde el ciclo diurno es más largo. O utilizar materiales que son más adecuados para climas fríos y húmedos que para climas cálidos y áridos.
De igual modo, dado que este proyecto impone una obligación al Poder Ejecutivo Nacional, ella se acota al diseño, construcción y entrega de la vivienda, quedando fuera de consideración el consumo energético que elijan mantener sus propietarios, sea por la administración que hagan de la energía como por el consumo que demanden los electrodomésticos que instalen.
Iniciativas similares existen en nuestro país y a nivel internacional. Por ejemplo, en la Provincia de Buenos Aires, la ley 13.059/03, con su decreto reglamentario 1030/10, hace de cumplimiento obligatorio a las normas IRAM 11.604 y 11.659-2 en todas las construcciones públicas y privadas de la provincia destinadas al uso humano. Ellas establecen el valor admisible de pérdidas de calor de un edificio en función de utilizar varios indicadores.
Siguiendo este orden de cosas, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rige la ley 4458, que incorpora a su Código de Edificación una serie de normas IRAM relativas a las aptitudes de aislamiento de los materiales de construcción, como así también la eficiencia energética del edificio. No obstante, su ámbito de aplicación es a las construcciones nuevas de más de 1.500 metros cuadrados, correspondientes a edificios públicos o privados.
A nivel internacional, podemos mencionar a la Directiva de eficiencia energética en edificios (EPBD: Energy Performance of Buildings Directive), que es la principal norma europea dirigida a garantizar el cumplimiento de los objetivos de la UE, respecto a la edificación, en lo referente a contención de emisiones de gases de efecto invernadero, del consumo energético y eficiencia energética y de generación de energía a partir de fuentes renovables.
Esta directiva fomenta la construcción de edificios bioclimáticos encargados de aprovechar la energía del entorno, y obliga a expedir un certificado de eficiencia energética para los edificios o unidades de estos, que se construyan, vendan o alquilen.
En España, el 13 de abril de 2013 se publicó en el BOE1 el Real Decreto 235/2013, por el que se aprobó el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, que obliga a toda vivienda en venta o en alquiler a disponer de dicho certificado de calificación energética a partir del 1 de junio de 2013. La valoración se hace en función del CO2 emitido por el consumo de energía de las instalaciones de calefacción, refrigeración, agua caliente e iluminación del edificio en unas condiciones de uso determinadas.
En Estados Unidos de Norteamérica, existe el índice HERS. Es un índice relativo de energía que posee un máximo de 100 cuando se corresponde al estándar de la "American Standard Building" y un índice de 0 (cero) cuando el edificio no consume energía de la red.
Por otro lado, al establecer la obligación de construir viviendas energéticamente eficientes también estamos siendo coherentes con nuestra ratificación del Acuerdo de París (COP21), en el que nos comprometemos a disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero al reducir progresivamente el uso de combustibles fósiles.
Argentina genera el 0,88% de las emisiones de gases de efecto invernadero de todo el mundo, colocándose en el puesto número 21 en relación con el resto de los países, de acuerdo a la Tercera Comunicación Nacional sobre Cambio Climático. De ella y del Primer Reporte Bienal de Actualización ante la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) , al analizar las emisiones según el sector, también se desprende que el 42,7% de las emisiones totales de GEI fueron generadas por el sector energía, siendo éste el de mayor nivel de emisiones dentro de la República Argentina.
Aún más, indica que aproximadamente el 50 % del consumo de gas natural residencial es utilizado para calefacción. Las olas de frío pueden incidir en los picos de la demanda para este uso.
Por todas las razones expuestas, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de aquellos que tienen una mayor dificultad para acceder a una vivienda, y con el anhelo de cuidar el medio ambiente en el que nos desenvolvemos, a fin de legarles a nuestros hijos un planeta sano y equilibrado, solicitamos se apruebe el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOPEZ KOENIG, LEANDRO GASTON NEUQUEN UNION PRO
BUIL, SERGIO OMAR BUENOS AIRES UNION PRO
WISKY, SERGIO JAVIER RIO NEGRO UNION PRO
GARRETON, FACUNDO TUCUMAN UNION PRO
BALBO, ELVA SUSANA MENDOZA UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
LOPARDO, MARIA PAULA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
NUÑEZ, JOSE CARLOS SANTA FE UNION PRO
ROMA, CARLOS GASTON TIERRA DEL FUEGO UNION PRO
URROZ, PAULA MARCELA BUENOS AIRES UNION PRO
GONZALEZ, ALVARO GUSTAVO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SORGENTE, MARCELO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
AMADEO, EDUARDO PABLO BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO (Primera Competencia)
ENERGIA Y COMBUSTIBLES
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA URROZ (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO GONZALEZ ALVARO GUSTAVO (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SORGENTE (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO AMADEO (A SUS ANTECEDENTES)